Así nos afectará la recién aprobada reforma de la Ley de Propiedad Intelectual

Así nos afectará la recién aprobada reforma de la Ley de Propiedad Intelectual

Claudio Valero

La reforma de la Ley de Propiedad Intelectual ha sido aprobada definitivamente en el Congreso de los Diputados y entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2015. A continuación, analizamos como nos afectará esta nueva Ley que redefine muchos de los conceptos actuales de Internet.

Después de un largo y criticado periplo, la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual ha sido aprobada de forma definitiva con los votos a favor únicamente del Partido Popular y en poco más de dos meses, en enero de 2015 entrará en vigor. En ADSLZone hemos seguido muy de cerca todo el proceso, destacando su vergonzosa aprobación en el Congreso en el mes de julio a través de la Comisión de Cultura hasta el visto bueno del Senado, el penúltimo paso para que se pueda aprobar una Ley o reforma de esta clase.

La reforma incluye algunas medidas que todos conocemos y que afectarán en mayor o menor medida a todos los usuarios de Internet. Una de las más polémicas ha sido la tasa Google o canon AEDE, que puede incluso precipitar el cierre de Google News en nuestro país, algo que no ha ocurrido en ningún otro lugar. Tampoco nos podemos olvidar de los 600.000 euros de multa por infracciones graves de piratería.

Ya que la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual es muy amplía, vamos a repasar los puntos más polémicos para ver cómo afectan a los ciudadanos, las instituciones, los medios online y cualquier que participe en el mundillo de la Red, que pueden verse expuestos a bloqueos y multas desproporcionadas.

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Casi cualquiera con una web puede ser infractor

La reforma de esta Ley amplía el concepto de infractor a casi cualquiera que cuente con una página web y facilite enlaces a contenidos no autorizados, sin importar que no los haya puesto el mismo y sí un participante en su web (comentarios, foros, etc). La eliminación de la coletilla que exigía la existencia de “daños significativos” hace que cualquier mínima cosa sea una infracción. Aunque la Ley sí contempla considerar la audiencia y cantidad de contenidos ilícitos a la hora de emprender acciones contra la página.

Además, para iniciar el proceso administrativo contra el supuesto infractor, sólo será necesario que se haya intentado el contacto con el mismo. Aunque este no conteste, se entenderá que se da por notificado, incluso a través de un correo electrónico. En caso de que este no facilite una cuenta de correo, este paso ni siquiera será necesario. La Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual será encargada de admitir a trámite o no las reclamaciones.

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Este organismo está formado por el Secretario de Estado de Cultura, dos vocales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, un vocal del Ministerio de Industria, un vocal del Ministerio de Justicia, un vocal del Ministerio de Economía y un vocal del Ministerio de la Presidencia.

Actuar contra los usuarios y las webs de enlaces

Ninguna de las legislaciones anteriores contra la piratería ha buscado el castigo de los usuarios de la Red, mientras que esta reforma abre la puerta a la posibilidad de identificar a un usuario por la vía civil, para poder reclamarle los daños y perjuicios económicos que ha causado su actividad de compartir. El máximo castigo que se prevé por estos conceptos puede llegar hasta los 600.000 euros de multa , con un mínimo de 150.000 euros e incluso llegar al bloqueo del sitio infractor por parte de las operadoras de Internet. En caso de dominios .es, será posible incluso cancelar esa dirección.

El disparate de la copia privada

En la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual se establece que la copia privada es aquella que se realiza directamente de un soporte original comprado, excluyéndose las copias digitales sin soporte, las alquiladas y las prestadas por un tercero. En concreto señala que el soporte deberá ser “comercializado y adquirido en propiedad por compraventa mercantil”. En cuanto a la compensación de los autores como compensación de la copia privada, la reforma establece que será irrenunciable.

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El canon AEDE o tasa Google

Llegamos a uno de los puntos más calientes de la reforma, que en su artículo 32.2 establece que: «La puesta a disposición del público por parte de prestadores de servicios electrónicos de agregación de contenidos de fragmentos no significativos de contenidos, divulgados en publicaciones periódicas o en sitios Web de actualización periódica y que tengan una finalidad informativa, de creación de opinión pública o de entretenimiento, no requerirá autorización, sin perjuicio del derecho del editor o, en su caso, de otros titulares de derechos a percibir una compensación equitativa. Este derecho será irrenunciable».

Leyendo el artículo surgen multitud de dudas sobre que se entiende en cada uno de los puntos, quienes están obligados a pagar y quienes no. Además, no sabemos quién debe pagar ni en que forma deberá hacerlo, por no hablar de la cantidades que se deberán pagar como “compensación”. Se entiende que el dinero irá a la AEDE (Asociación de Editores de Diarios Españoles) por lo que se conoce como canon AEDE.

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En definitiva, una reforma que sólo cuenta con el apoyo del partido en el poder y que oposición y colectivos culturales están en contra. Sólo queda esperar para ver como se empieza a aplicar una Ley que a grandes rasgos sancionará a dueños de páginas web que enlacen, impondrá multas de hasta 600.000 euros, perseguirá las retransmisiones por Internet y aplicará un canon para compensar a la AEDE.

Por su parte, la compañía de Mountain View ha querido manifestar su opinión de la siguiente forma:

“Estamos decepcionados con la nueva ley porque creemos que servicios como Google News ayudan a los editores a llevar tráfico a sus sitios web. Por lo que se refiere al futuro, continuaremos trabajando con los editores españoles para ayudarles a incrementar sus ingresos mientras valoramos nuestras opciones en el marco de la nueva regulación».

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  • Un importante fabricante de acuarelas quiere realizar una campaña publicitaria en Internet para dar a conocer su última gama de acuarelas con la finalidad de llegar tanto a artistas aficionados como a profesionales y, a su vez, se evite mostrar el anuncio junto a otro contenido no relacionado (por ejemplo, artículos sobre cómo pintar una casa). Se detectará y limitará el número de veces que se ha presentado el anuncio a fin de no mostrarlo demasiadas veces.

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  • En una plataforma de redes sociales has leído varios artículos sobre cómo construir una casa en un árbol Esta información podría añadirse a un perfil determinado para indicar tuinterés en el contenido relacionado con la naturaleza, así como en los tutoriales de bricolaje (con el objetivo de permitir la personalización del contenido, de modo que en el futuro, por ejemplo, se te muestren más publicaciones de blogs y artículos sobre casas en árboles y cabañas de madera).
  • Has visualizado tres vídeos sobre la exploración espacial en diferentes aplicaciones de televisión. Una plataforma de noticias sin relación con las anteriores y con la que no has tenido contacto en el pasado crea un perfil basado en esa conducta de visualización marcando la exploración del espacio como un tema de tu posible interés para para otros vídeos.

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  • Has leído unos artículos sobre comida vegetariana en una plataforma de redes sociales. Posteriormente has usado una aplicación de cocina de una empresa sin relación con la anterior plataforma. El perfil que se ha creado sobre tu persona en la plataforma de redes sociales se utilizará para mostrarte recetas vegetarianas en la pantalla de bienvenida de la aplicación de cocina.
  • Has visualizado tres vídeos sobre remo en páginas web diferentes. Una plataforma de video, no relacionada con la página web en la que has visualizado los vídeos sobre remo, pero basandose en el perfil creado cuando visistaste dicha web, podrá recomendarte otros 5 vídeos sobre remo cuando utilices la plataforma de video a través de tu televisor .

La información sobre qué publicidad se te presenta y sobre la forma en que interactúas con ella puede utilizarse para determinar lo bien que ha funcionado un anuncio en tu caso o en el de otros usuarios y si se han alcanzado los objetivos publicitarios. Por ejemplo, si has visualizado un anuncio, si has hecho clic sobre el mismo, si eso te ha llevado posteriormente a comprar un producto o a visitar una página web, etc. Esto resulta muy útil para comprender la relevancia de las campañas publicitarias./p>

  • Has hecho clic en un anuncio en una página web/medio de comunicación sobre descuentos realizados por una tienda online con motivo del “Black Friday” online y posteriormente has comprado un producto. Ese clic que has hecho estará vinculado a esa compra. Tu interacción y la de otros usuarios se medirán para saber el número de clics en el anuncio que han terminado en compra.
  • Usted es una de las pocas personas que ha hecho clic en un anuncio que promociona un descuento por el “Día de la madre”de una tienda de regalos en Internet dentro de la aplicación de una web/medio de comunicación. El medio de comunicación quiere contar con informes para comprender con qué frecuencia usted y otros usuarios han visualizado o han hecho clic en un anuncio determinado dentro de la aplicación y, en particular, en el anuncio del “Día de la madre” para así ayudar al medio de comunicación y a sus socios (por ejemplo, las agencias de publicidad) a optimizar la ubicación de los anuncios.

La información sobre qué contenido se te presenta y sobre la forma en que interactúas con él puede utilizarse para determinar, por ejemplo, si el contenido (no publicitario) ha llegado a su público previsto y ha coincidido con sus intereses. Por ejemplo, si hasleído un artículo, si has visualizado un vídeo, si has escuchado un “pódcast” o si has consultado la descripción de un producto, cuánto tiempo has pasado en esos servicios y en las páginas web que has visitado, etc. Esto resulta muy útil para comprender la relevancia del contenido (no publicitario) que se te muestra.

  • Has leído una publicación en un blog sobre senderismo desde la aplicación móvil de un editor/medio de comunicación y has seguido un enlace a una publicación recomendada y relacionada con esa publicación. Tus interacciones se registrarán para indicar que la publicación inicial sobre senderismo te ha resultado útil y que la misma ha tenido éxito a la hora de ganarse tu interés en la publicación relacionada. Esto se medirá para saber si deben publicarse más contenidos sobre senderismo en el futuro y para saber dónde emplazarlos en la pantalla de inicio de la aplicación móvil.
  • Se te ha presentado un vídeo sobre tendencias de moda, pero tu y otros usuarios habéis dejado de visualizarlo transcurridos unos 30 segundos. Esta información se utilizará para valorar la duración óptima de los futuros vídeos sobre tendencias de moda.

Se pueden generar informes basados en la combinación de conjuntos de datos (como perfiles de usuario, estadísticas, estudios de mercado, datos analíticos) respecto a tus interacciones y las de otros usuarios con el contenido publicitario (o no publicitario) para identificar las características comunes (por ejemplo, para determinar qué público objetivo es más receptivo a una campaña publicitaria o a ciertos contenidos).

  • El propietario de una librería que opera en Internet quiere contar con informes comerciales que muestren la proporción de visitantes que han visitado su página y se han ido sin comprar nada o que han consultado y comprado la última autobiografía publicada, así como la edad media y la distribución de género para cada uno de los dos grupos de visitantes. Posteriormente, los datos relacionados con la navegación que realizas en su página y sobre tus características personales se utilizan y combinan con otros datos para crear estas estadísticas.
  • Un anunciante quiere tener una mayor comprensión del tipo de público que interactúa con sus anuncios. Por ello, acude a un instituto de investigación con el fin de comparar las características de los usuarios que han interactuado con el anuncio con los atributos típicos de usuarios de plataformas similares en diferentes dispositivos. Esta comparación revela al anunciante que su público publicitario está accediendo principalmente a los anuncios a través de dispositivos móviles y que es probable que su rango de edad se encuentre entre los 45 y los 60 años.

La información sobre tu actividad en este servicio, como tu interacción con los anuncios o con el contenido, puede resultar muy útil para mejorar productos y servicios, así como para crear otros nuevos en base a las interacciones de los usuarios, el tipo de audiencia, etc. Esta finalidad específica no incluye el desarrollo ni la mejora de los perfiles de usuario y de identificadores.

  • Una plataforma tecnológica que opera con un proveedor de redes sociales observa un crecimiento en los usuarios de aplicaciones móviles y se da cuenta de que, en funciónde sus perfiles, muchos de ellos se conectan a través de conexiones móviles. La plataforma utiliza una tecnología nueva para mostrar anuncios con un formato óptimo para los dispositivos móviles y con un ancho de banda bajo a fin de mejorar su rendimiento.
  • Un anunciante está buscando una forma de mostrar anuncios en un nuevo tipo de dispositivo. El anunciante recopila información sobre la forma en que los usuarios interactúan con este nuevo tipo de dispositivo con el fin de determinar si puede crear un nuevo mecanismo para mostrar la publicidad en ese tipo de dispositivo.

El contenido que se presenta en este servicio puede basarse en datos limitados, como por ejemplo la página web o la aplicación que esté utilizando, tu ubicación no precisa, el tipo de dispositivo o el contenido con el que estás interactuando (o con el que has interactuado) (por ejemplo, para limitar el número de veces que se te presenta un vídeo o un artículo en concreto).

  • Una revista de viajes, para mejorar las experiencias de viaje en el extranjero, ha publicado en su página web un artículo sobre nuevos cursos que ofrece una escuela de idiomas por Internet. Las publicaciones del blog de la escuela se insertan directamente en la parte inferior de la página y se seleccionan en función de la ubicación no precisa del usuario (por ejemplo, publicaciones del blog que explican el plan de estudios del curso para idiomas diferentes al del país en el que este te encuentras).
  • Una aplicación móvil de noticias deportivas ha iniciado una nueva sección de artículos sobre los últimos partidos de fútbol. Cada artículo incluye vídeos alojados por una plataforma de streaming independiente que muestra los aspectos destacados de cada partido. Si adelantas un vídeo, esta información puede utilizarse para determinar que el siguiente vídeo a reproducir sea de menor duración.

Se puede utilizar la localización geográfica precisa y la información sobre las características del dispositivo

Al contar con tu aprobación, tu ubicación exacta (dentro de un radio inferior a 500 metros) podrá utilizarse para apoyar las finalidades que se explican en este documento.

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