Cómo cancelar la hipoteca en el Registro de la Propiedad

Cómo cancelar la hipoteca en el Registro de la Propiedad

Daniel Caballero

Terminar de pagar la hipoteca despierta todo tipo de sensaciones, la mayoría buenas. Sin embargo, una vez pones fin a este sufrimiento, sigue quedando algo más que resolver. Aunque no es obligatorio, el Banco de España recomienda llevarlo a cabo: se trata de cancelarla en el Registro de la Propiedad.

Por más que uno se piense que, con el último pago de la hipoteca, todos esos años de estés y de limitar gastos han llegado a su fin, lo cierto es que queda pendiente un trámite adicional. En buena parte de los casos no es obligatorio, aunque sí resulta recomendable, como nos recuerda el Banco de España. Aunque hayas pagado por completo la hipoteca, la deuda seguirá apareciendo en el Registro de la Propiedad, y ese sería el trámite al que dar solución, que además no es gratis.

Si te interesa o no resolver este trámite lo antes posible dependerá de tus condiciones particulares y del tiempo que tengas pensado continuar utilizando la vivienda. Si tienes previsto que sea tu lugar de residencia para siempre, puede que ni siquiera necesites plantearte este gasto, pero deberías conocer en qué casos se convertirá para ti en una obligación.

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¿Cuánto dinero cuesta?

Cuando se trata de trámites administrativos no todos tienen un coste fijo. De hecho, en función de su naturaleza, te pueden salir gratis como es solicitar un volante en el Padrón Municipal o algo más como este caso en el que vas a cancelar tu hipoteca. Lo que vas a pagar pueden ser unos 120 y 150 euros por los gastos del notario y el registrador. Esto sin contar con lo que se conoce como aranceles del Registro de la Propiedad que salen por unos 35 euros. Esto sin contar con la cuantía del préstamo que hará que los gastos de la cancelación sean más o menos. Debes saber que esta variación dependerá de lo estipulado en el Real Decreto-ley 18/2012, del 11 de mayo que puedes consultar en Internet para hacerte una idea de lo que tendrás que pagar.

Como curiosidad, una vez pagada toda hipoteca pagada se cancela después de 20 años. Será el Registro de la Propiedad el que se hará cargo de realizar este trámite de manera automática por una cuestión tan sencilla como es la caducidad.

En sí, no es necesario realizar la cancelación de la hipoteca. Básicamente, porque una vez que se pague el préstamo, el simple hecho de que figure en el registro no tiene ninguna implicación ni supone ningún perjuicio considerable para los propietarios, al menos a corto y medio plazo. En términos generales y para una mayoría, no es necesario llevar a cabo este trámite, pero deberías conocer un caso en concreto en que sí necesitarás cancelarla.

¿Vas a vender el inmueble?

En caso de que quieras vender la casa o el inmueble, entonces sí es necesario que canceles la hipoteca. Básicamente, porque la vivienda no queda de forma automática libre de cargas. Al venderla, tendrás la necesidad de cancelarla en el Registro de la Propiedad si han transcurrido menos de 20 años desde que te libertaste de la carga del pago.

Por supuesto, existe la posibilidad de vender una casa cuya hipoteca sigues pagando. Para ello, deberás pedirle a tu banco un certificado de saldo pendiente. Después entregarás una copia de ese certificado al comprador que llevará dos cheques a la firma de la hipoteca. El primero servirá para cancelarla y el segundo será el dinero que nos quedaremos.

Y es que, por si no lo sabías, se puede vender un piso con una hipoteca que aún sigues pagando. Hay dos vías: cancelar la hipoteca con el dinero de la venta que has realizado, la opción más recurrida, o también se tiene la vía de cambiarla titularidad del préstamo a nombre del comprador. Aunque esta alternativa es más difícil de conseguir, ya que hay que llegar a un mutuo acuerdo entre el titular actual y la entidad bancaria con la que firmaste el préstamo en su día. Y todo porque el banco debe estudiar el caso y analizar si el comprador tiene solvencia.

Los trámites que hay realizar

Para cancelar el préstamo en el Registro puedes llevar a cabo esta serie de pasos:

  • Solicita a la entidad bancaria con la que firmaste la hipoteca el certificado de deuda cero. Deberá facilitarte este documento de manera gratuita.
  • Puedes acudir a una notaría para presentar el certificado para la firma de la escritura pública de cancelación.
  • Luego, hay que solicitar y cumplimentar el documento de Actos Jurídicos Documentados (AJD). Es obligatorio y está exento de pago.
  • Por último, con la copia del impuesto, el certificado de deuda cero y la escritura, en el caso de que hayas realizado este trámite por tú cuenta, tendrás que acudir al Registro de la Propiedad para hacer efectiva la cancelación.