Multan a Telefónica por no dar acceso a números SMS Premium

Multan a Telefónica por no dar acceso a números SMS Premium

Redacción

Telefónica ha sido objeto de sanción por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por dos infracciones que considera «muy graves». Una de ellas se refiere al impedimento a la empresa NVIA del acceso a 11 números de SMS Premium.

La CNMC ha informado de las sanciones contra el operador histórico, que tendrá que pagar 500.000 euros. En uno de los dos expedientes que ha dado a conocer el regulador, se fijan 250.000 euros de multa por impedir el acceso a 11 números SMS de tarificación adicional a la compañía NVIA.

Telefónica y ésta mantenían un conflicto que resolvió la propia CNMC obligando al operador a mantener el servicio de numeración SMS Premium a NVIA con una medida cautelar hasta la resolución definitiva. En ella se exigió al operador la reapertura de 26 números de este tipo. Sin embargo, Telefónica solo le dio acceso a una quincena, lo que ahora ha sido considerado por la CNMC -antigua CMT- como una infracción «muy grave».

NVIA es una de las múltiples empresas que operan en España dentro del negocio de los SMS Premium. En su página web defiende la existencia de esta vía como canal idóneo para «la comunicación empresarial, para la comercialización de todo tipo de productos, para la interactividad, la creatividad, etc».

Otra infracción «muy grave»

Por otro lado, Telefónica también ha sido sancionada por la Comisión «por no haber notificado en tiempo y forma a la CNMC sus ofertas Movistar ADSL y Movistar TV Familiar sobre ADSL«. El regulador se ampara en que ambas ofertas estuvieron disponibles para su contratación en la web de la compañía en el periodo en el que la CNMC estudiaba la viabilidad de las mismas y si estas podían resultar lesivas para la competencia.

Como resalta en su explicación, dado el el «poder significativo en el mercado de la banda ancha, Telefónica está obligada a comunicar a la CNMC los precios y condiciones aplicables a sus servicios, con un mínimo de un mes de antelación a su aplicación o comercialización efectiva». La infracción también ha sido considerada como «muy grave» y por ello ha sido multada con 250.000 euros.

Fuente > CNMC

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