Operadoras pueden bloquear la portabilidad de clientes con deudas

Operadoras pueden bloquear la portabilidad de clientes con deudas

Claudio Valero

El pasado 26 de mayo se publicaba el Real Decreto-ley 19/2020 que volvía a permitir las portabilidades entre operadoras, un derecho de los usuarios de telecomunicaciones que había estado limitado desde el 17 de marzo. Además, en este último Real Decreto se introdujo la posibilidad de que los clientes puedan pagar facturas impagadas en 6 meses mediante un fraccionamiento. Sin embargo, el gobierno también aprovechó para “colar” una cláusula con la que las operadoras pueden bloquear portabilidades de clientes con deudas. Ahora, las asociaciones en defensa del usuario empiezan a protestar.

El Artículo 3 del último Real Decreto publicado por el gobierno explica que “los operadores de comunicaciones electrónicas deberán conceder a sus abonados, previa solicitud de estos, un fraccionamiento y, en consecuencia, aplazamiento de la deuda correspondiente a las facturas presentadas al cobro desde la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y sus prórrogas, y, en todo caso, hasta el 30 de junio de 2020, ambos inclusive”.

Suspensión del derecho a la conservación del número (portabilidad)

El apartado 2 de este artículo señala que:

“La aceptación de la solicitud del fraccionamiento y aplazamiento de la deuda determinará la suspensión del derecho de los abonados a la conservación de los números que les hayan sido asignados en caso de cambio del operador que preste el servicio, hasta el momento en el que el abonado esté al corriente de la deuda aplazada o, en todo caso, durante el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de este real decreto-ley.

Aquellos abonados que no soliciten o que no acepten el fraccionamiento y aplazamiento de la deuda en los términos indicados en el apartado anterior, tendrán suspendido el derecho de conservación de numeración por cambio de operador hasta que el abonado salde la deuda contraída con el operador y, en todo caso, por un período de tres meses a contar desde el día en que finalice la vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus prórrogas”.

FACUA-Consumidores en Acción ha comenzado a alertar de este recorte de los derechos que permite a las operadoras bloquear portabilidades argumentando que los usuarios mantienen deudas. Por ello, se han puesto en contacto con la ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, el ministro de Consumo, Alberto Garzón, y el vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias, para exigirles una modificación.

La ley española y europea apoya la conservación de número

El problema es que este artículo sería contrario a otras legislaciones, tanto nacionales como comunitarias, que ya están en vigor. Por ejemplo:

Artículo 47 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones:

“derecho al cambio de operador, con conservación de los números del plan nacional de numeración telefónica”

“las condiciones y procedimientos para la resolución de los contratos no deberán constituir un factor disuasorio para cambiar de operador”

Artículo 21 de la Ley anterior:

“los abonados con números del plan nacional de numeración telefónica puedan conservar, previa solicitud, los números que les hayan sido asignados, con independencia del operador que preste el servicio”

Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo:

“el derecho a celebrar contratos y a rescindirlos, así como a cambiar de operador de forma segura y rápida, con conservación del número telefónico”

Artículo 44 del Real Decreto 2296/2004:

“todos los operadores de redes telefónicas públicas, y los del servicio telefónico disponible al público, deberán facilitar a los abonados que lo soliciten la conservación de sus números”.

Seguiremos muy de cerca al tema para ver si el gobierno termina reculando y restableciendo un derecho de los usuarios de telecomunicaciones que viene recogido en varias leyes de ámbito nacional y de la Unión Europea.

Fuente > FACUA

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