Cómo se puede dar de baja un vehículo para llevarlo al desguace y cobrar la ayuda de los eléctricos

Cómo se puede dar de baja un vehículo para llevarlo al desguace y cobrar la ayuda de los eléctricos

David Soriano

Todo en esta vida tiene un final y alguno de nuestros vehículos puede tener los días contados, bien sea por causas de fuerza mayor como averías que no merezca la pena reparar, siniestros provocados por algún accidente o simplemente porque queremos deshacernos de nuestro coche para comprar el siguiente con descuento.

Vamos a ahondar en este último escenario para ver qué tienes que hacer para achatarrar y dar de baja un vehículo, uno de los requisitos para cobrar el 100% de las ayudas a la compra del coche eléctrico.

Qué necesitas para achatarrar un vehículo

En los últimos años, cambió la legislación y se unificaron en cierta medida el proceso de llevar el coche al desguace y la baja del mismo en las bases de datos de la Dirección General de Tráfico. Desde el pasado 23 de junio de 2017, según lo estipulado en la Orden Ministerial 16/V-122, la tramitación de la baja definitiva de todos los vehículos sólo puede llevarse a cabo en los Centros Autorizados de Tratamiento (CAT) que son en su mayoría los antiguos desguaces.

Estos han adaptado sus instalaciones y sus procesos para así poder cumplir con lo establecido en la normativo sobre vehículos al final de su vida útil. Los CATs son autorizados por los órganos competentes en materia de Medio Ambiente en las Comunidades Autónomas. La normativa vigente establece que la tramitación de bajas definitivas en las Jefaturas Provinciales de Tráfico, queda exclusivamente restringida a los siguientes supuestos:

  • Bajas definitivas de los vehículos por traslado a otro país.
  • Bajas definitivas de los vehículos de época o históricos, con valor de colección o destinados a museos, en funcionamiento o desmontados por piezas.
  • Bajas definitivas de vehículos que materialmente no existan. No cabe dar de baja definitiva un vehículo en estos supuestos con la simple aportación de una declaración jurada. De este modo, deberá adjuntarse siempre algún documento que justifique suficientemente la no entrega del vehículo al CAT.

El desguace deberá emitir el «Certificado de Destrucción» del vehículo. Para ello, el propietario deberá entregarlo en uno de estos centros de tratamiento junto con documentación como la solicitud de Baja definitiva de vehículos por CAT, identificación del interesado (personas físicas o jurídicas) y documentación reglamentaria del vehículo, tanto la tarjeta de inspección técnica como el permiso de circulación.

Los desguaces cumplimentarán junto con el usuario la solicitud de baja del vehículo y el certificado de destrucción (el usuario debe quedarse con una copia de este documento) y tramitarán directamente la baja definitiva del vehículo en el Registro General de Vehículos de la Dirección General de Tráfico evitando que el usuario tenga que desplazarse posteriormente.

Ayudas de hasta 7.000 euros

La opción de achatarrar un vehículo antiguo y sacarlo de la circulación tramitando su correspondiente baja puede ser una opción muy interesante si tenemos en cuenta que esto nos permite acceder al tope de las ayudas del Plan MOVES III.

Estas ayudas para la compra de un vehículo eléctrico se dirigen por varias líneas. Por ejemplo, los particulares podrán obtener hasta 7.000 euros de subvención si además de adquirir un eléctrico achatarran un vehículo antiguo (de más de siete años). Las mismas condiciones se aplican a los modelos de hidrógeno.

Plan Moves III 2023 ayudas coche eléctrico

Para los híbridos enchufables, el plan asigna 5.000 euros de apoyo (siempre que se desguace otro modelo) a aquellos PHEV que homologuen entre 30 y 90 kilómetros de autonomía eléctrica. Sin achatarramiento, la cifra baja a 2.500 euros. Asimismo, en caso de que la persona no disponga de un vehículo para entregar, la ayuda máxima será de 4.500 euros.

La compra de furgonetas eléctricas se subvencionará con hasta 9.000 euros en caso de que el usuario achatarre su viejo vehículo y con hasta 7.000 en caso de que no lo haga. Además, y a parte de la subvención, la persona recibirá un descuento adicional de al menos 1.000 euros por parte del concesionario para la adquisición de turismos y furgonetas, algo que también sucedía en la anterior edición. En la actualidad, y pese a la demora de algunas comunidades autónomas, ya es posible, en todo el territorio nacional, acercarse a un concesionario y solicitar la ayuda formalmente, sin demora, para la compra de un 100% eléctrico o híbrido.

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