La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones ha solicitado a las operadoras de telefonía fija, móvil e Internet que revisen los textos de los contratos a favor de los clientes, ya que «los principales fallos» de sus contratos se encuentran en las cláusulas de permanencia, en los plazos para darse de baja y para comenzar a dar servicio, y en las formas de pago previstas.
Respecto al plazo para darse de baja, Industria indica que el usuario tiene derecho a ello avisándolo quince días antes al operador. «Están prohibidas las cláusulas que establecen un preaviso con plazo superior». Aunque todavía no se recogen penalizaciones a los proveedores que retienen al cliente e impiden que pueda contratar un servicio con otro operador, como pasa actualmente con varios proveedores de ADSL que todos conocemos.
Además las cláusulas de permanencia deben cumplir un doble requisito: que no constituyan una penalización por darse de baja y que las consecuencias estén expresamente previstas en el contrato. ( Actualmente Ya.com y Superbanda tienen permamencia, conviene repasar nuestra comparativa ADSL )
El Ministerio explica que la normativa reconoce al usuario el derecho a elegir la forma de pago entre las más usuales en el tráfico comercial. Por lo tanto, se requerirá a los operadores que sólo incluyen la domiciliación bancaria que admitan otras que posibiliten el ejercicio del derecho a elegir el medio de pago.
Acerca de los plazos para comenzar a dar el servicio, Industria resalta que debe figurar obligatoriamente en el contrato. «Se va a obligar a que todos los operadores lo incluyan, ya que en ocasiones no figura o lo hace de manera muy indeterminada», advierte.
Vía: El Mundo