El Gobierno planea afrontar una reforma del Código Penal en la que se incluyan fuertes multas e incluso llegar a la pena de cárcel para los casos de delitos de apología de la violencia e insultos a través de las redes sociales. La legislación actual ya contempla multas y penas por este tipo de conductas.
A principios de año lanzábamos el debate sobre si podíamos decir lo que quisiéramos en las redes sociales, a raíz de la detención de un usuario de Facebook por atentar contra el honor del agente de la Policía Nacional, Javier Ortega, tristemente fallecido a causa de un trágico suceso en el Metro de Madrid. Ahora, el Gobierno buscaría reducir aún más este tipo de conductas a través de las redes sociales e Internet, según una nueva batería de enmiendas sobre el Código Penal que han presentado desde el PP, tal y como informa El Confidencial Digital.
El Ejecutivo se ha marcado la meta de castigar de forma más severa el enaltecimiento de esta clase de conductas, endureciendo las sanciones económicas e incluso en los casos más graves, las penas provocarían la entrada en prisión del autor de los comentarios vertidos a través de aplicaciones como Twitter, Facebook o en cualquier foro de Internet. El anonimato se confunde en muchas ocasiones como una carta blanca tras la cual proferir insultos y amenazas a otros usuarios o personalidades públicas sin miedo a represalias. Con este nuevo marco legal se pretenden evitar las conductas de xenofobia, violencia o discriminación de cualquier tipo.
Distintas penas dependiendo de la gravedad
El Partido Popular entiende que deben fijarse diferentes niveles de gravedad basándose en las declaraciones vertidas, algo que en este tipo de ofensas o blasfemias, puede llegar a ser complicado de determinar. Sin ir más lejos, la ciudadanía se halla inmersa en el debate sobre el brutal atentado contra Charlie Hebdo, con un sector defendiendo la libertad de expresión y otro proclamando la defensa del honor sobre determinadas cuestiones.
Uno de los puntos más polémicos de la propuesta, es el que puntualiza sobre la inhabilitación del sujeto para tareas educativas, entiendo el Ejecutivo que una persona condenada por estos delitos no estaría capacitada para ejercer de docente. En otra de las enmiendas incluidas en la reforma del Código Penal se incluye este tipo de penas para las personas condenadas por terrorismo.
Se plantea por tanto una nueva patata caliente para Justicia que tendrá que seguir lidiando con el siempre complejo mundo de Internet y las redes sociales como altavoz para declaraciones donde se enaltezca la violencia o se insulte a otras personas. No obstante, las condenas de este tipo ya vienen aplicándose en España, aunque la introducción de estos cambios supondría un mayor castigo a los infractores.
¿Pensáis que este tipo de medidas están justificadas?