Si te has llevado tu coche de ruta por Europa o has alquilado uno en el extranjero, puede ser que te haya saltado un radar de velocidad, sobre todo si es en alguno de los países cuyos límites de velocidad difieren de los nuestros. ¿Puede acabar esto en multa?
Aprende cómo funcionan las multas de radar en Europa y qué hacer si recibes una. ¡No te imaginarás lo que revela la letra pequeña!
Multas por radar en Europa
Desde 2011, en una medida promovida por Francia, se fijó la cooperación entre departamentos de Tráfico de la Unión Europea en materia de infracciones mediante la Directiva 2011/82/UE. Esta fijas las estipulaciones que rigen la actuación frente a la comisión de una infracción de tráfico en cualquier país miembro.
A efectos, igual que hay libre circulación entre países de la UE, también hay cooperación para sancionar al conductor que la comete. También esta Directiva refleja que la multa se impone y se envía al infractor, pese a no residir en este país.
Desde el Comisariado Europeo del Automóvil (CEA), detallan que las sanciones que no entienden de fronteras y sí suelen llegar a nuestro domicilio las impuestas por los siguientes motivos: exceso de velocidad, no usar el cinturón de seguridad, no detenerse en los semáforos, conducir bajo los efectos del alcohol o drogas (atendiendo a la tasa límite del país en cuestión), no utilizar el casco de seguridad en la moto, utilizar un carril prohibido o conducir utilizando el móvil o cualquier otro dispositivo. Otras como las de aparcamiento se suelen quedar en el país de origen.
Es por eso que, en el caso de que hayamos hecho saltar un radar y nos haya multado por exceso de velocidad, la institución competente del país donde estemos va a acabar identificándonos y haciéndonos llegar dicha sanción económica.
Si alquilaste un coche también te llega la multa
Aunque es verdad que todos los que viajan en coche lo hacen más cómodos en su vehículo propio no hay que olvidarse de la opción a alquiler. Y es que si te pilla un radar en estas condiciones ten por seguro que la multa también te va a llegar. Al fin y al cabo, cuando retiras el coche de la agencia lo haces siendo tú el titular del vehículo y, por lo tanto, el responsable de todas las infracciones asociadas al coche.
Esto es algo que debes tener en cuenta al desplazarte por el extranjero, ya que estas empresas te van a poner ciertos requisitos para que puedas llevarte uno de sus vehículos. Por ejemplo, necesitas ser mayor de 21 años en algunos casos y también que hayan pasado entre uno y dos años desde que te sacaste el permiso.
Esto varía dependiendo de cada una, pero al final son datos que pueden ver cuando facilitas los documentos que te requieren y que pueden facilitar a las autoridades competentes en caso de infracción. De hecho, generalmente en los contratos de alquiler es habitual que se añada una cláusula en la “letra pequeña” por la que la agencia cobra una cantidad al cliente para poder facilitar sus datos personales.
Pero debes saber una cosa y es que no todas las multas del alquiler las tienes que pagar tú. Estas tienen que ver con el mantenimiento del coche, una labor que le compete a la compañía de alquiler. El caso más claro es pasar la ITV en el plazo establecido, una sanción por la que se pueden pagar entre 200 y 500 euros dependiendo del tiempo que lleve el vehículo sin pasar la inspección y hasta 3 puntos del carnet.
No pagar también es una opción
En la notificación vas a encontrar instrucciones sobre los pasos a seguir para su pago. Sin embargo, actualmente no hay ningún estado miembro de la Unión Europea puede embargar una cuenta extranjera por una cuestión de este tipo.
Es decir, que si cometo una infracción en Italia y soy español y no tengo ni bienes ni cuentas en Italia no hay forma legal para que un organismo italiano pueda recaudar el importe de la multa pendiente de pago de forma forzosa, dado que ningún miembro de la Unión Europea puede embargar una cuenta extranjera.
Según advierte el abogado Thomas Mentucci, de Pyramid Consulting, en declaraciones a Autobild, «la mayoría de los países encarga a empresas privadas recaudar el importe de cada sanción (sea cual sea el país) que operan a lo largo de toda Europa y que realizan la tarea de traducir y enviar las ‘multas extranjeras’. Sin embargo, no existen leyes vigentes que les permitan obligar al pago de una multa a un ciudadano de la UE, por lo que es necesario aclarar que, salvo las molestias de recibir dichas cartas que de alguna forma podrían parecer amenazadoras, no pueden generar nada de lo que dicen -acción legal para recaudar, costas procesales-. Por tanto, es muy importante saber y conocer las normativas vigentes para saber qué derechos tenemos frente a este tentativo de cobro realizado por parte de empresas privadas Ya que no existen leyes vigentes que les permitan obligar al pago a un ciudadano de la Unión», explica el abogado.