Manu nos cuenta: Leo en hispamp3 sorprendido que El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla ha aceptado un vídeo de un banquete de boda como prueba legal contra Doma Catering SL por el uso de las obras musicales en los bailes de bodas vulnerando lo que llaman ellos «Derechos de Autor». Ya han condenado a una zapatería por poner música, ahora un banquete… ¿Hasta donde quieren llegar?
La $GA€ se congratula de esta determinación judicial después de que algunos medios de comunicación hubieran manifestado semanas atrás que «La SGAE aporta un video pirata (o un video robado en un banquete) para defender los derechos de propiedad intelectual«.
La entidad de gestión siempre ha considerado que la licitud de las prueba la debían determinar no los medios de comunicación sino los tribunales de justicia, que son los realmente capacitados para determinar sobre la pertinencia, licitud y valor de los medios probatorios que las partes van a presentar en los procedimientos judiciales.
En la vista celebrada hoy también se determinó la fecha para el juicio, que ha quedado fijado para el 30 de enero de 2006. El procedimiento de la SGAE contra La Doma Catering SL está motivado por el uso del repertorio de la SGAE en los bailes de boda celebrados en los establecimientos de esta empresa, sin la pertinente autorización de la entidad de gestión. La SGAE quiere recabar de la empresa demandada la documentación pertinente para poder cuantificar el importe de los daños y perjuicios ocasionados a los autores. Entre las pruebas presentadas por la SGAE ( y hoy aceptadas por el juzgado sevillano) se encuentra un informe de los investigadores mercantiles de una empresa del sector, en el que se acompaña un vídeo que registra ese hecho; una actuación absolutamente lícita y conforme a derecho.