El canon digital definitivamente es historia

El canon digital definitivamente es historia

Claudio Valero

El Tribunal Supremo ha decidido rechazar el recurso presentado contra la sentencia de la Audiencia Nacional que anulaba el canon digital por estar derogado previamente. Con esta sentencia se confirma que el canon digital fue un completo abuso. Los efectos de la sentencia ya son firmes.

Según podemos leer en la Asociación de Internautas, el Tribunal Supremo rechaza resolver el recurso contra la Sentencia de la Audiencia Nacional que anuló el canon digital. La norma, como han explicado, no cumplía con los requisitos formales necesarios para poder entrar en vigor. Se ha declarado que era un acto administrativo nulo de pleno derecho y sus efectos deben retrotraerse al momento en que entró en vigor. Esto invalida todo lo que se haya realizado al amparo de esta norma ilegal.

La Asociación de Internautas no ha dudado en afirmar que judicialmente se confirma que el canon digital era un completo abuso, esta vez, por cuestión de forma. Según este colectivo, se demuestra que todo da igual y que las millonarias cantidades cobradas en su momento siguen en manos de quienes lo exigían a favor de la cultura. Estos, prosiguen, son los mismos que ahora quieren sustituirlo por un cargo a los Presupuestos Generales del Estado, algo que consideran como un disparate aún mayor.

Recordemos que las entidades que presentaron este recurso son las siguientes: Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI), Artistas, Intérpretes o Ejecutantes (AIE), Artistas Intérpretes Sociedad de Gestión (AISGE), Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO), Derechos de Autor de Medios Audiovisuales Entidad de Gestión (DAMA), Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA) y Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos (VEGAP).

Devolución del canon

La Asociación de Internautas considera que el canon debe ser reintegrado, en primer lugar, a todas las personas jurídicas que lo pagaron y, en segundo, a las personas físicas que pagaron más de la cuenta. También en productos que no tienen canon. Si la Audiencia Nacional ha anulado una norma, eso implica que se debe poder recuperar todo lo cobrado indebidamente. Por ahora desconocemos hasta donde puede llegar esta decisión del Tribunal Supremo.

¿Qué opináis de la sentencia del Tribunal Supremo?

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