Al contratar una tarifa de luz o al renovarla, es posible que hayas visto un concepto nuevo que anteriormente no aparecía. Se trata de la ‘Financiación de Bono social‘. Y aunque creas que se trata de un error en tu factura, lo cierto es que no lo es. Más que nada, porque todas las comercializadoras eléctricas han incluido este gasto con un objetivo: ayudar a los usuarios con menos recursos.
Puede que hayas oído hablar del bono social, ya que se trata de un descuento en la tarifa eléctrica que tiene como fin ayudar a las personas que cumplan una serie de requisitos, como es el caso de tener unos ingresos bajos, entre otros. Pues bien, de ahí viene este concepto que tantas dudas ha generado entre los consumidores que no reciben dicha ayuda. Pero ¿por qué hay que pagarlo?
Un cargo extra en tu factura
Para empezar, hay que tener claro que el bono social es un descuento en la factura de la luz del que se puede beneficiar todo aquel consumidor que cumpla unos requisitos y tenga contratado una tarifa PVPC, es decir, el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor. Y esto se puede contratar con un comercializador de referencia (COR):
- Energía XXI Comercializadora de Referencia, S.L.
- Curenergía Comercializador de Último Recurso S.A.U.
- Comercializadora regulada, GAS & POWER, S.A.
- Baser Comercializadora de Referencia, S.A.
- Régsiti Comercializadora Regulada, S.L.U.
- Comercializador de Referencia Energético, S.L.U.
- Teramelcor, S.L. (Ámbito territorial Melilla).
- Energía Ceuta XXI Comercializadora de Referencia S.A. (Ámbito territorial Ceuta).
Ahora bien, para llegar a conseguir recaudar dinero con tal de destinarlo a esta ayuda social, se fijó que dicho importe se tenía que repartir entre todos los que intervienen en el mercado eléctrico, tanto los productos, como las distribuidoras y las comercializadoras. No obstante, estos costes recaen sobre los propios consumidores. Por esto mismo, aparece un cargo adicional en tu factura.
A partir de abril de 2022, todas las empresas del sector (distribuidoras, comercializadoras, empresas generadoras…) contribuyen a su financiación. Este cargo es obligatorio, por lo que no puedes llamar a tu compañía y renunciar a pagarlo, además de que se aplica por normativa. Para que te hagas una idea, el Real Decreto Ley 06/2022 estipula lo siguiente: ‘El bono social será asumido por los sujetos del sector eléctrico que participan en las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica, incluyendo la producción, transporte, distribución y comercialización de energía eléctrica, así como por los consumidores directos en mercado‘.
A lo que añade: ‘Asimismo, y con el límite máximo que se establezca por orden de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, previo Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, los citados sujetos asumirán la cuantía que deban aportar para cofinanciar con las Administraciones Públicas competentes el coste del suministro de los consumidores a que hacen referencia los párrafos j) y k) del artículo 52.4.
Reglamentariamente se establecerán los mecanismos, reglas y criterios que permitan determinar la asignación de las aportaciones por parte de los sujetos obligados a la financiación del bono social’.
Además, es la propia Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) la que se encarga de calcular cuánto tienes que pagar. Un coste que publica de manera anual en el BOE. Y en el caso de 2023, la cantidad se fijó en 14,035934 €/año, es decir, alrededor de 1,16 € al mes (0,038455 €/día). Por lo que este es el coste que tiene que asumir cada cliente de manera adicional.
El coste del bono social, aunque ahora se reparte entre más agentes, ha sufrido además un fuerte incremento por las medidas especiales para paliar la crisis energética: el descuento del bono social ha aumentado del 25% y 40% al 60 y 70% respectivamente, además de que se han modificado los requisitos de acceso para que más hogares se puedan beneficiar de él. Todos los indicadores hacen presagiar que al mantenerse el bono, se mantendrá la financiación por parte del resto.
Ya estaba en el mercado libre
Este coste extra mensual ya aparecía desde hace mucho en las facturas de luz en el mercado libre, pero desde este verano es cuando también ha llegado a las comercializadoras del PVPC. Por esto mismo, muchos usuarios se han extrañado de este cargo adicional en sus facturas.
¿Por qué ha cambiado? Básicamente, porque las comercializadoras del mercado regulado no tenían autorización de aplicar esta tarifa adicional a sus clientes hasta ahora. Por tanto, para meter este cargo extra han tenido que esperar a la aprobación del nuevo reglamento del PVPC en marzo de 2023.
Además, las comercializadoras solicitaron en su día sufragar el retraso de este pago con respecto a las del mercado libre. Por ello, los usuarios con PVPC tienen que asumir un pago de casi un 80% más que los consumidores del mercado libre por la financiación del bono social. Y todo con el fin de que la comercializadora pueda recuperar esos costes que tuvieron desde un primer momento al no poder repercutir ese gasto a los clientes. Esto ha llevado a que los usuarios puedan ver como en sus facturas aparece lo siguiente: «x días x 0,038455 €/día x 1,791619«. Por lo que supera los 1,16 euros mensuales. Pero este recargo no estará para siempre, se quitará una vez que se ajuste por completo.
¿Deben avisarme las comercializadoras de este pago?
Este pago se encuentra actualmente regulado bajo norma estricta por el Ministerio de Gobierno, así que se trata de un cobro totalmente legal. Según la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios), las empresas eléctricas no están obligadas a avisar al consumidor de que este pago se esté cobrando de la factura de la luz, ya que no supone un cambio en sus condiciones de contratación para su factura de electricidad.
Sin embargo, el organismo público no está a favor de que esto sea así, pues cada empresa de electricidad debería mandar una notificación a sus clientes para saber que su factura aumentará en mayor o menor medida, sea cual sea la aplicación que se haya realizado, pues modifica y altera el precio del consumidor. Sobre todo, se pide transparencia y que los usuarios estén informados en todo momento, pues son ellos los que tienen que lidiar cada mes con el pago de sus facturas.
Cambios normativos para 2024
En 2024, se han producido algunos cambios respecto a la factura de la luz tras la aprobación de un decreto regulatorio y fiscal para el sector eléctrico, de tal forma que ha aumentado el precio respecto al año anterior. Por ejemplo, la factura del IVA de la luz subirá de un 5% al 10% para potencias de menos del 10kW y las que lo superen, se mantendrán en el 21%.
Sin embargo, se ha producido un descuento para la financiación del bono social de 2024, disminuyendo un 82,8% respecto al coste actual por punto de suministro. Es decir, según los datos distribuidos por compañías como Naturgy, a partir del 1 de enero de 2024 verás reflejado en tu factura que este coste es de 0,00628155 €/día, que equivale a 2,299047 €/año. Este importe aparecerá en la misma línea que los demás impuestos eléctricos que se deben pagar según las leyes de obligación de pagos fijados para la tarifa eléctrica.