Condenado a pagar una multa de 32.000 euros por piratear una serie y una película en Finlandia

Condenado a pagar una multa de 32.000 euros por piratear una serie y una película en Finlandia

Alberto García

En gran parte de Europa se aplica la política de los tres strikes. En esos países, si compartes contenido con copyright en una red P2P, la compañía proveedora de Internet puede pasar esa información a las distribuidoras de contenido multimedia, que, mediante abogados, te avisan hasta un total de tres veces de que dejes de compartir su contenido con derechos de autor.

Si el usuario hace caso omiso de las dos primeras advertencias, a partir de la tercera ya inician los trámites legales para multarte. Esa multa puede ser acordada por unos 600 o 3.000 euros por parte del usuario, pero si este no los paga, se acaba yendo a juicio.

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En España, por suerte, esta política no se aplica. El caso que nos ocupa tiene que ver con un usuario finlandés, que ha sido multado con 32.000 dólares por compartir una serie y una película. En concreto, compartió diez episodios de la serie Black Sails, y la película Caminando entre las tumbas.

El usuario utilizó en su defensa el argumento de que la red Wi-Fi que utilizaba en su hogar estaba abierta y sin contraseña, por lo que cualquier persona podría haber tenido acceso a su red y haber realizado las descargas, argumentando que la IP no una condición suficiente para imputarle el delito. El usuario cometió el error también de publicar en un foro el asunto, y en ese foro admitía la culpabilidad de haber descargado ese contenido, y que le estaban enviando cartas con la multa.

Las dos empresas que le denunciaron, llamadas Crystalis Entertainment y Scanbox Entertainment, utilizaron los servicios de una empresa alemana llamada Excipio, la cual descubrió gracias a la IP que el usuario había distribuido este contenido en la red, y que la fecha en la que esto empezó fue la misma en la que el usuario dio el alta de Internet.

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Finalmente, el usuario fue declarado culpable. La compañía inicialmente pedía 8.500 euros por daños y perjuicios, pero el tribunal dictaminó que debía pagar 50 euros por cada episodio, y 100 euros por la película, lo que hacía un total de 600 euros que podría haber pagado inicialmente. Haberlos pagado habría sido la opción más sensata, porque ahora encima tiene que hacerse cargo de los 31.762 euros del coste del juicio. El condenado ha dicho que va a apelar la decisión, pero es probable que tenga que pagar toda la cuantía.

Los juzgados han comentado que sería muy problemático si todos los casos de denuncias de copyright acabaran en los juzgados, pues podrían colapsar la justicia. Probablemente, las compañías dueñas de los derechos de autor quieran sentar una jurisprudencia con este caso para asustar a futuros piratas.

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