¿Conduces un patinete eléctrico? El aviso de la DGT si superas la velocidad permitida en ciudad
El patinete eléctrico sigue ganando adeptos en las principales ciudades españolas. Es un medio de movilidad más económico que otro tipo de vehículos: es ágil, te mueves mejor en los atascos, no conlleva prácticamente esfuerzo físico, es fácil de llevar, transportar y guardar y, como es eléctrico, puedes acceder con él a zonas restringidas a la circulación. Pero también es verdad que, como cualquier otro vehículo, sus normas de velocidad son claras, y eso es lo que ha hecho la DGT.
El patinete eléctrico tiene su velocidad límite
Con la proliferación del uso de los patinetes eléctricos se hizo necesario regular su uso y circulación, y desde 2021 convive con nosotros la que es la normativa nacional de la Dirección General de Tráfico (DGT) que unifica algunos criterios y restricciones para los vehículos de movilidad personal.
Un marco legal, en todo caso, que a día de hoy sigue dando mucha manga ancha a los municipios para crear sus propias normas, por lo que se hace difícil conocer la ley. Las restricciones y las obligaciones cambian de ciudad una ciudad a otra, pero lo que no cambia es la legitimidad propia de la velocidad máxima permitida… y la DGT lo ha querido dejar bien claro.
Como tal, estos entran en el grupo de los VMP, los Vehículos de Movilidad Personal, en los que se definen hacia un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motor eléctrico que puede proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h.
No podemos superar los 25 km/h
Dentro de esta definición no están incluidos los vehículos sin sistema de autoequilibrado y con sillín, los vehículos concebidos para competición, los vehículos para personas con movilidad reducida y los vehículos con una tensión de trabajo mayor a 100 VCC o 240 VAC.
Como indica su nombre, y no por otra cosa que por diseño, los patinetes eléctricos tienen una velocidad entre 6 km/h y 25 km/h. Por lo tanto, su límite de velocidad máxima es de 25 km/h, independientemente de la velocidad máxima que esté permitida en esa vía y para otros vehículos.
Y es que, a pesar de las consideraciones, los conductores de patinetes eléctricos no respetan la velocidad de circulación máxima permitida por la DGT para estos VMP, y que es una regla que a menudo se suele pasar por alto, siendo una de las más repetidas por los usuarios de este tipo de vehículos. Es por esto que el organismo vial ha hecho porque este tipo de multes aumenten, y lleguen hoy, incluso, a tener un coste de 500 euros de sanción y la propia inmovilización del vehículo.
Si se hace bajo los efectos del alcohol o uso del móvil, puede quedar inmovilizado
Por su parte, Tráfico señala algunas infracciones que se cometen y que suponen una importante multa. «Conducir en patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol y otras drogas puede acarrear una multa entre 500 y 1.000 euros, en función de la tasa de alcohol, o de 1.000 euros si se trata de drogas», advierten.
En caso de dar positivo, además, el vehículo quedará inmovilizado, tal y como ocurre con el resto de vehículos. Otra importante sanción es en el caso de conducir usando el teléfono móvil o cualquier otro dispositivo de comunicación, siendo la multa de 200 euros.
De igual modo, quienes lleven auriculares, conduzcan durante la noche sin alumbrado o prendas reflectantes, o sin casco si la ordenanza municipal contempla la medida como obligatoria, deberán pagar 200 euros.