La DGT te exigirá este certificado para circular con tu patinete eléctrico
El patinete eléctrico también tendrá que llevar un certificado para circular. Eso es lo que se desprende de la nueva actualización de ley sobre estos vehículos que, por norma general, no tienen las mismas medias que el resto de coches o motos. Es por esto que, adaptándose a sus normas más concretas hacia un mejor control, la Dirección General de Tráfico ha ideado esta solución.
Los vehículos de movilidad personal campan a sus anchas por las grandes ciudades españolas. Y, si bien son una modalidad de vivir el tráfico de manera más pacífica y más sostenible, es cierto que también tienen papeletas para convertirse en el terror de las aceras. Son muchos los que ven en ellos un verdadero problema para los peatones y resto de circulantes, por lo que la DGT pondrá sobre la mesa un certificado para el patinete eléctrico y su circulación.
El organismo quiere tener más control sobre los VPN
La normativa y legislación actual de los patinetes eléctricos en España está siendo revisada y actualizada constantemente debido al Boom que han tenido este tipo de vehículos eléctricos. Por regla general, deberemos circular por los carriles bici, con una velocidad moderada, para no perjudicar a los demás patinadores o ciclistas.
Sí, es cierto que con él tendremos una movilidad más ligera que con las motos, por ejemplo, pero lo cierto es que seguimos teniendo que guardar nuevas formas que se van sucediendo cada cierto tiempo. La más novedosa tiene que ver, expresamente, con un certificado que tendrá que tener el usuario del patinete eléctrico.
O lo que es lo mismo: si no se tiene este documento que pedirá obligatoriamente la DGT, no podremos transitar por las calles bajo riesgo de amonestación o multa más grave. Y es que el problema de este tipo de vehículos VPN es que juegan en una fina línea entre lo legal y lo ilegal.
Para qué es este documento
Basándose en la reglamentación vigente, la Dirección General de Tráfico y el Real Decreto nos dicen que estos Vehículos de Movilidad Personal son aquellos que tienen una o más ruedas, están dotados con una sola plaza y son impulsados, exclusivamente, por motores eléctricos.
Estos, en su caso, pueden proporcionar una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h. A esto hay que añadir que, si cuentan con un sistema de autoequilibrado, sólo podrán dispone de un asiento o sillín. Ahora bien, ¿qué hay de nuevo con lo anunciado en la última reforma de principios de año? La circulación expresa.
Exigiendo un mínimo de control sobre el usuario del patinete eléctrico, el organismo vial habilitará este certificado para su circulación y facilitará su identificación. La pretensión es que exista una verificación y comprobación de este tipo de patinetes, sobre todo para evitar el uso de aquellos que puedan exceder las características técnicas reguladas.
Al igual que puede asemejarse al carnet de conducir de coche o moto, este documento únicamente tendrá la función de permitir su circulación y facilitar la identificación del propietario.
Su aplicación no llegará, como mínimo, hasta 2022
Como tal, este certificado del patinete eléctrico será expedido bien por el propio fabricante o por el importador. De esta manera, será algo que afectará, al mismo tiempo, a los propios fabricantes que comercializan en nuestro país (se entiende que tendrán que acompañarlo a la hora de la venta del vehículo).
En el caso de los usuarios que ya hayan efectuado la compra con anterioridad, tendrán que dirigirse de la misma forma al elaborador para exigir el escrito. Sin embargo, y aunque se prevé su aprobación en las próximas semanas, todavía no hay una fecha ajustada hacia el mismo. Por el momento se conoce que saldrá adelante un manual en el que se recogerán las propiedades técnicas y mecánicas del patinete, no obstante su aplicación parece que no llegará, como mínimo, hasta 2022.
Actualmente se sigue trabajando en este y en el cómputo de leyes que se aplicarán sobre los patinetes y futuros vehículos de movilidad personal de similares características. Dentro de estas se recogerá la velocidad máxima permitida a la que pueden circular y los lugares definidos para su uso.