Quieren ilegalizar las multas por no devolver el router al operador

Quieren ilegalizar las multas por no devolver el router al operador

Alberto García

Con el ADSL, devolver el router era algo que no era obligatorio debido, sobre todo, al bajo coste que tenían estos dispositivos. Sin embargo, con la llegada de la fibra óptica, y sobre todo de los routers que integran la ONT, devolver el router se ha vuelto obligatorio en todos los operadores por su elevado precio. Esto podría no ser del todo legal.

Así lo afirma FACUA, que ha denunciado a Movistar, Orange, Vodafone, Jazztel, MásMóvil, Yoigo y Pepephone por incluir cláusulas en sus contratos que imponen penalizaciones si no se devuelven los routers y equipos instalados en sus hogares una vez han dado de baja el servicio o han cambiado de operador.

La denuncia de FACUA ha sido interpuesta ante las autoridades de protección al consumidor de las 17 comunidades autónomas, así como también al Ministerio de Consumo. Estas condiciones contractuales que obligan a devolver los equipos podrían ser abusivas.

Plazos y multas abusivas por no devolver el router

Entre las condiciones abusivas se encuentra un reducido margen de tiempo para devolver el router, no especificando en muchos casos por qué vía hacerlo. La más común suele ser ir a una tienda cercana o hacerlo por correo, pero en este segundo caso hay que contactar con el operador para que envíe el envoltorio y un número que identifique la devolución del router. En ocasiones, el usuario es redirigido a otros canales como apartados en webs o a atención al cliente.

router vulnerabilidad

A su vez, FACUA afirma que en los contratos falta información clara a la hora de devolver los equipos, por lo que los usuarios no saben cómo proceder correctamente para devolver el router cuando firman los contratos. Tampoco se especifica claramente en ocasiones la penalización por no devolver el router.

Todo esto, según FACUA, introduce cargos desproporcionados que los usuarios tienen que pagar si se dan de baja del servicio, y en unos plazos demasiado ajustados. Según el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, se establece que «antes de que el consumidor y usuario quede vinculado por un contrato y oferta correspondiente, el empresario deberá facilitarle de forma clara y comprensible, salvo que resulte manifiesta por el contexto, la información relevante, veraz y suficiente sobre las características principales del contrato, en particular sobre sus condiciones jurídicas y económicas».

Los operadores tendrían que recogerlo en casa

A su vez, también se establece que «el consumidor y usuario podrá ejercer su derecho a poner fin al contrato en la misma forma en que lo celebró, sin ningún tipo de sanción o de cargas onerosas o desproporcionadas, tales como la pérdida de las cantidades abonadas por adelantado, el abono de cantidades por servicios no prestados efectivamente, la ejecución unilateral de las cláusulas penales que se hubieran fijado contractualmente o la fijación de indemnizaciones que no se correspondan con los daños efectivamente causados».

Así, con la ley en la mano, el cobro de dinero por no devolver el router sería ilegal en España. Desde FACUA proponen que, de cara a que los usuarios puedan realizar la devolución del router de manera más sencilla, que sean los operadores lo que manden a un mensajero a recoger los equipos en los domicilios de los usuarios, y que no tenga que ser el cliente el que lo manda o que éste tenga que desplazarse a una tienda para devolverlo.

La lógica que aplican para obligar a esto es que, cuando instalan la fibra en casa, es un técnico el que lleva e instala el equipo, y para la devolución deben ofrecerse las mismas condiciones. Mientras que la eliminación de las sanciones es algo más complicado, no sería nada raro que se obligase a los operadores a recoger los equipos.

Fuente > FACUA

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