Hacerse pasar por otra persona puede llegar a resultar bastante caro y más aún cuando se utilizan estrategias fraudulentas para realizar actos delictivos con el principal objetivo de hacerse con un buen botín. Así lo ha decretado la justicia de Galicia durante una sesión en los tribunales que deja mal parado a un matrimonio imputado por estafa. ¿Qué es lo que ha llevado a esta pareja poner en marcha semejante acción para violar el derecho de privacidad?
La suplantación de identidad es uno de los métodos más utilizados por los ciberdelincuentes para fines lucrativos, de manera que se hacen pasar por personas que realmente no son y esto puede llegar a acarrear consecuencias catastróficas para los titulares. Con un DNI se pueden llegar a realizar todo tipo de trámites por Internet, pero, ¿cómo emplean este tipo de mecánicas para conseguir carnés legítimos sin el consentimiento de las identidades reales y engañar a los bancos y otras entidades?
A prisión por usar DNI de terceros
Un matrimonio de Galicia ha sido condenado por el Tribunal Superior de Justicia a un año y medio de cárcel y a una indemnización de 30.000 euros a las empresas afectadas por falsedad de documento, apropiación de datos personales a través de DNI originales y empleo de estafa para solicitar préstamos online, mientras la mujer ejercía su cargo como administrativa entre noviembre de 2014 y octubre de 2016.
Para conseguir estas ayudas, los maleantes abrían cuentas bancarias con una buena cantidad de dinero para que se reflejara que eran lo suficientemente pudientes como para recibir esos préstamos, y facilitaban información mediante fotografías que hacían al DNI que la empleada conseguía en su puesto de trabajo, concretamente en la oficina del Servicio Público de Empleo en Melide. Por consiguiente, para tapar cualquier evidencia, hacían creer a las empresas que no sabían cómo había sucedido y que eran ellos mismos las víctimas de todos esos casos.
A su vez, si necesitaban más documentación para conseguir beneficios, falsificaban nóminas con el nombre auténtico del agredido y rellenaban los formularios con todos la información confidencial. De esta manera, los autores de estas fechorías recibían el dinero de los préstamos que solicitaban a una de las cuentas que anotaban en los informes.
¿Cómo conseguían salirse con la suya?
Para no levantar sospechas, en algunas ocasiones, devolvían el dinero del crédito que pedían o realizaban un aplazamiento para pagar todos esos anticipos, de manera que evitaban que ninguna de las personas que suplantaban se enteraran de lo sucedido y tuvieran que hacerse cargo de estas fechorías.
De esta manera, utilizar un DNI ajeno para este tipo de situaciones es como si lo estuviera ejerciendo el propio poseedor de dicho documento, lo que constituye una suplantación de identidad y la violación del derecho al honor y a la intimidad.
Finalmente, la Audiencia Provincial de A Coruña consideró estos hechos como actos fraudulentos y vandálicos, haciéndose eco de todos y cada uno de los incidentes y considerando a los DNI como documentos mercantiles, debido en gran medida a la forma en que se obtenía ese dinero. Así es como terminó sentenciando al matrimonio a la pena de prisión estipulada.