Madrid permitirá circular a los patinetes eléctricos con una normativa que deberían copiar todas las ciudades

Madrid permitirá circular a los patinetes eléctricos con una normativa que deberían copiar todas las ciudades

Alberto García

Como suele ocurrir con las innovaciones tecnológicas, la ley no suele estar preparada para muchas de ellas. La de los patinetes eléctricos ha sido una que ha tardado mucho en empezar a regularse, pero sobre la que ya se han pronunciado muchas ciudades. Hoy ha sido el Ayuntamiento de Madrid el que ha dispuesto una normativa ejemplar que deberían copiar otras ciudades en lo que se refiere a los patinetes eléctricos.

Los patinetes eléctricos podrán circular por el 85% de las calles de Madrid

Así, en cuanto entre en vigor la nueva ordenanza (debería hacerse en este mismo mes de octubre), será legal circular con patinetes eléctricos por Madrid, ya sean propios o alquilados. Eso sí, habrá que seguir una serie de normas. Una de ellas es que sólo podrán circular por ciclocalles, carriles bici, pistas bici, calzadas de calles integradas en las zonas 30 con respeto a la prioridad del peatón, y el resto de calles donde la velocidad máxima sea de 30 km/h; y siempre por el centro del carril.

Esto implica que podrán circular por el 85% de las calles de Madrid, ya que el Ayuntamiento ha aprobado hoy una polémica medida donde reduce la velocidad del 85% de las calles de la ciudad a 30 km/h. El motivo de esta reducción es la seguridad, ya que el Ayuntamiento afirma que un atropello a 50 km/h tiene ocho veces más riesgo de causar una muerte que uno a 30 km/h.

La circulación por carril bus y otros tramos sin semáforo de la M-30 estará prohibida. Todos los vehículos con motor no podrán circular por aceras ni por zonas de “tránsito, estancia y esparcimiento de peatones”. Los patinetes eléctricos sí que podrán circular por estas zonas, pero a una velocidad máxima de 5 km/h; similar a la de un peatón andando, donde también se deberá respetar su prioridad. En los parques se podrá circular por las zonas donde lo tengan permitido las bicicletas, no pudiendo hacerlo por las zonas ajardinadas.

Su velocidad máxima podrá ser de hasta 30 km/h

En total se distingue entre tres tipos de Vehículos de Movilidad Urbana (VMU):

  • Tipo A: plataformas de una o dos ruedas y patinetes con motor (limitados a 20 km/h)
  • Tipo B: vehículos tipo segway y patinetes eléctricos (limitados a 30 km/h)
  • Tipo C: bicicletas con cesta grande, bici con pasajeros, trixie y bici con pasajero mirando hacia atrás (limitados a 45 km/h)

clasificacion vmu dgt

Los VMU de Tipo A y Tipo B que vayan por la calzada deberán llevar timbre, sistema de frenado, luces y elementos reflectantes. También se recomienda utilizar casco, aunque no será obligatorio excepto si tienes menos de 16 años. La edad mínima para poder usarlos es de 15 años, mientras que los menores estarán supeditados a la responsabilidad de sus padres. Tampoco se podrán conducir con auriculares (a no ser que los lleve el propio casco) ni bajo los efectos del alcohol o drogas.

Madrid aplica así una normativa diferente a otras muchas ciudades, las cuales o han prohibido los patinetes, o los han limitado a velocidades absurdas incluso en carriles bici o calzada. La propuesta ha sido aprobada con los votos a favor de Ahora Madrid y el PSOE, mientras que el Partido Popular y Ciudadanos han votado en contra.

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