Si estás pensando presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo porque tu empresa te está haciendo trabajar horas de más, no te ha dado de alta en la Seguridad Social, conoces una empresa que está abusando de sus trabajadores o comete algunas irregularidades en materia laboral o cualquier otra razón, una de las cosas que debes saber es que puedes hacerlo tanto de manera presencial como por correo y a través de Internet. Por eso, te comentamos cómo puedes hacerlo cómodamente desde tu casa de manera online.
Una cuestión muy a destacar es que no puedes presentar una denuncia formal online anónima, pero sí puedes comunicar hechos irregulares que está cometiendo una empresa de manera anónima, por si no quieres que nadie sepa que eres tú quien lo ha dicho o porque tienes miedo, aunque al no tratarse de una denuncia no se tratará de la misma manera. Te comentamos en qué casos debes denunciar y cómo hacerlo en cada una de las situaciones mencionadas.
En qué casos denunciar
Todas las personas que tengan conocimiento de hechos que puedan constituir una infracción en las materias que son competencia de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, pueden reclamar esta inspección o los servicios de ella. Los temas pueden ser referentes al terreno laboral, de seguridad y salud laboral, empleo, seguridad social y otros.
Si tu empresa está cometiendo infracciones que son competencia de la Inspección de Trabajo, puedes denunciar la situación. También puedes hacerlo si le sucede a alguien que conoces o eres conocedor de este hecho, aunque no te afecte directamente a ti. Puedes denunciar que tú u otras personas estáis trabajando más horas de las que aparecen en el contrato u os corresponden, horas extras impagadas, que los trabajadores no están dados de alta en la Seguridad Social o hay trabajadores que trabajan en negro y a su vez están cobrando una prestación, que no hay medidas de prevención de riesgos laborales, salarios impagados y muchas otras situaciones.
Se denunciar a una empresa si creemos que están violando las leyes laborales o incumpliendo sus obligaciones como empleadores. Algunas de las situaciones en las que puede ser apropiado presentar una denuncia son:
- Incumplimiento de las normas de seguridad e higiene
Si la empresa no está proporcionando un ambiente de trabajo seguro o no está cumpliendo con las normas de seguridad establecidas, se puede presentar una denuncia. Todos los empleadores tienen la obligación de proporcionar un ambiente de trabajo seguro y saludable para sus empleados. Esta denuncia podría incluir situaciones en las que los empleadores no proporcionan equipo de protección personal, no realizan evaluaciones de riesgos o no adoptan medidas para prevenir accidentes laborales.
- Trabajo no declarado
Si la empresa no ha declarado a los trabajadores a la Seguridad Social, no les ha dado de alta en la nómina o está pagando en efectivo sin declarar, podemos denunciar la situación. La declaración de los trabajadores a la Seguridad Social y la inclusión de estos en la nómina son obligatorias por ley. Esta situación puede afectar negativamente a los trabajadores, ya que no tendrán acceso a la seguridad social ni a prestaciones como el desempleo.
- Discriminación laboral
En el caso de que nos sintamos discriminados por la edad, género, orientación sexual, discapacidad, origen étnico o cualquier otra razón, podemos denunciarlo. Todos los trabajadores tienen derecho a un trato justo y equitativo en el lugar de trabajo, independientemente de su edad, género, orientación sexual, discapacidad, origen étnico o cualquier otra razón. Las situaciones de discriminación laboral podrían incluir la falta de promoción por razones injustificadas, la asignación de tareas menos importantes o una menor remuneración a los trabajadores de ciertas características, entre otros.
Un ejemplo de ello es el despido nulo, que se caracteriza por vulnerar y despotricar los ideales del trabajador, ya sean políticos o religiosos, por criticar a personas que asisten a una huelga legal, por cuestionar la raza del individuo afectado, sexo o cualquier otro aspecto estético que sea objeto de burla, razones naturales como el embarazo, etc. En ese supuesto, la denuncia podría suponer la vuelta y readmisión inmediata a su anterior puesto de trabajo en un plazo máximo de tres días, a no ser que la víctima afectada opte por desvincularse por completo de su empresa recibiendo una indemnización o la propia corporación haya tenido que cerrar por quiebra. Al tratarse de un despido nulo, en teoría, no hay posibilidad de volver a ser despedido, aunque en muchas situaciones se produce este altercado, por lo que siempre se puede presentar otra demanda.
- Acoso laboral
Si estamos siendo objeto de acoso en el lugar de trabajo, podemos presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo. El acoso laboral es cualquier comportamiento ofensivo, humillante o intimidatorio que tenga lugar en el lugar de trabajo. Puede incluir comentarios sexistas, racistas o homófobos, burlas, amenazas o cualquier otro tipo de comportamiento que haga que el empleado se sienta acosado. La empresa debe cumplir con las leyes laborales que protegen a los trabajadores de la discriminación.
- Horas extraordinarias no pagadas
Cuando la empresa no está pagando las horas extra trabajadas, se puede presentar una denuncia. Si la empresa no está pagando las horas extra trabajadas, está violando la ley laboral. La empresa debe pagar las horas extra a un precio mayor que las horas normales de trabajo y debe limitar la cantidad de horas extra que un trabajador puede trabajar en una semana.
- Salarios impagos
En el caso de que la empresa no esté pagando el salario acordado o si hay salarios impagados, se puede hacer una denuncia. Si la empresa no está pagando el salario acordado, es una situación ilegal y viola los derechos laborales de los trabajadores. La empresa está obligada a pagar el salario completo y a tiempo, de acuerdo con el contrato de trabajo firmado.
- Pagos por debajo del SMI
En ocasiones, el Gobierno pacta los Presupuestos Generales del Estado con el objetivo de subir el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) un tanto por ciento por encima del año anterior. Esta condición se anota en el Boletín Oficial del Estado (BOE), de manera que todas las empresas del país deben regirse a la norma estipulada, dependiendo evidentemente del convenio al que esté ligado el trabajador. Por ello, es muy importante leer cada uno de los apartados del contrato de trabajo para que no haya indicio a error y se sepa perfectamente a qué tipo de convenio pertenece el empleado.
En el caso de que la compañía esté pagando varios meses por debajo del SMI, deberá de aplicar los correspondientes requisitos y abonar el dinero que no ha estado pagando a sus trabajadores desde el día en que se puso en vigor dicho aumento. Si la empresa se niega a subir los sueldos, es motivo de denuncia colectiva.
- Incumplimiento de prevención de riesgos laborales
Todas las empresas tienen obligación de crear un plan de prevención de riesgos laborales en función de la actividad que desarrollan. Aunque algunos sectores, como trabajos de oficina, no requieren de un seguimiento tan exaustivo, hay otros, como instalaciones, mantenimiento y trabajos en altura que, sí deben tener un buen plan de prevención y seguirlo al pie de la letra para proteger la integridad física de sus trabajadores. Hay empresas que no prestan atención a este aspecto y priman la producción ante la seguridad del personal y esto es una infracción con motivo de denuncia. Si detectas que no se cumplen los requisitos mínimos de seguridad en tu trabajo o que obligan a los trabajadores a realizar tareas peligrosas sin seguridad, puedes denunciar ante Inspección de Trabajo.
Tendrás que presentar denuncia por escrito en las Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social por correo, presentándote allí o de manera telemática. Las infracciones pueden ser leves, graves o muy graves, o puede que no se demuestre ninguna infracción. Se sancionarán a propuesta de la Inspección de Trabajo tras instrucción del expediente y de acuerdo al procedimiento administrativo especial que establece en Real Decreto 928/1998.
Todas ellas son válidas siempre que no se trate de una denuncia anónima, ya que estas no se tramitarán. Es necesario además que la denuncia tenga fundamento, sea fácil de comprender y coincida con asuntos que corresponden a la Inspección.
- Registro de jornada obligatorio
Según dicta el Artículo 10 del Real Decreto-ley 8/2019 reflejado en el BOE, «La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo». Por lo tanto, esta ley declara que las empresas están obligadas a registrar la jornada laboral de cada uno de sus trabajadores para mantener el control de la plantilla y se aprecie quién acude al trabajo y quién no, además de anotar la hora a la que inicia sus responsabilidades y la hora a la que las acaba.
Esto es más bien conocido como el fichaje de empleados, que puede llevarse a cabo de forma digital, con huella dactilar, aunque siempre ha habido discrepancias con este método por la posibilidad de compartir información personal que puede ser utilizada posteriormente para otros ámbitos sin el consentimiento del poseedor de dichos datos. También se considera que si una empresa no cuenta con registro horario, se considera que una jornada parcial cuente como una completa y, por lo tanto, estarán obligadas a pagar al trabajador como si fuese una jornada completa.
Por otra parte, es importante tener en cuenta que las pausas para ir a comer o tomar un descanso deben quedan registradas, por lo que el Tribunal Supremo determinó que se deben fichar para que no genere un descontrol en la suma de horas del cómputo global de la jornada completa.
En definitiva, el registro de la jornada es uno de los aspectos más cruciales para una entidad que tiene a su cargo decenas de clientes, ya que mantener el control de sus horarios es básico. Si se incumple cualquiera de estos condicionantes, podrías poner en marcha un expediente regulatorio de inspección contra la empresa.
Cuándo es recomendable no denunciar
Lo primero que debes saber es que denunciar de forma anónima no tiene consecuencias para el trabajador. La inspección anónima no nos va a acarrear ningún coste, ni la empresa puede tomar medidas contra nosotros. Tampoco van a sospechar de nosotros, ya que no tiene porque haber sido un trabajador de la empresa si no alguien que sepa de los hechos, por ejemplo un familiar o amigo al que le hayamos contado la situación. A parte, la Seguridad Social no nos va a obligar a demandar. No obstante, hay algunos casos en los que es mejor no mandar una inspección anónima (todavía).
Pero si comentamos esta denuncia con varios compañeros, aumentamos el riesgo de que llegue a oídas de los superiores de la empresa. Y si la empresa descubre que el trabajador ha presentado una denuncia, puede tomar represalias, como despedir al trabajador o hacer que su ambiente laboral sea difícil. Si creemos que puede haber consecuencias negativas, es importante considerar si el riesgo de comentar con otros compañeros vale la pena.
Si nos deben dinero, si estamos reclamando una categoría profesional por la que no nos han contratado, por ejemplo si somos economistas y nos tienen contratados como administrativos, si hay una modificación notable de condiciones de trabajo, problemas con altas médicas, etc, lo primordial es que hables con tu abogado y presentes directamente una demanda al Juzgado de lo Social. Así, será el propio Juzgado el que mandará una inspección para tratar de ver cuáles son los hechos y emitir un informe.
Es importante que sepas que el proceso de inspección es incompatible con la demanda. Por lo que si durante el periodo que dura la inspección, un trabajador presenta una demanda, la inspección se suspende hasta que se resuelva la demanda. Una vez finalizada esta, se retomará. Pero, lo mejor es que primero demandes, y una vez se solucione, ya puedes mandar una inspección de trabajo anónima, que ya dispondrá de un precedente (la sentencia de tu demanda), con la que «atacar» a la empresa denunciada. Es decir, ya tiene una prueba.
Cómo hacerlo
Si quieres presentar tu denuncia online, podrás hacerlo por medio de la Sede electrónica del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Una vez en la web, darás a acceso a la Sede electrónica o directo a trámites. Puedes ir directamente a los trámites que es lo que te interesa. Debes acceder a la opción que se corresponde con lo que necesitas, identificarte adecuadamente y seguir las instrucciones que te indican.
Según la web oficial del Ministerio de Trabajo y Economía Social, existen tres formas de presentar denuncia: De forma presencial, yendo a las oficinas de las Inspecciones Provinciales de Trabajo y S.S., o cualquier otro órgano de la Administración del Estado, o locales, y de las Comunidades Autónomas. De forma telemática, si disponemos de DNIe (Documento Nacional de Identidad electrónico), o de firma electrónica con certificado electrónico reconocido por la plataforma @firma. Y por último vía postal, enviando una carta a la oficina correspondiente de Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social. En este último caso, el denunciante tendrá que adjuntar una copia compulsada de su DNI (Documento Nacional de Identidad).
A este respecto, es importante saber también que según artículo 20.4 de la Ley 23/2015 de 21 de julio, “el denunciante no podrá alegar la consideración de interesado a ningún efecto en la fase de investigación, y sólo tendrá derecho a recibir información sobre el estado de tramitación de su denuncia, así como de los hechos que se hayan constatado y de las medidas adoptadas al respecto cuando el resultado de la investigación afecte a sus derechos individuales o colectivos reconocidos por la normativa correspondiente al ámbito de la función inspectora”.
Si lo que hemos denunciado da inicio a un procedimiento sancionador, pasamos a ser interesados, por lo que dicha denuncia deberá presentarse formalmente.
Así mismo, en la propia web se nos recuerda que el Ministerio de Trabajo y Economía Social, a través del Organismo Estatal de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, ha puesto a disposición de todos los ciudadanos el Buzón de las ITSS donde podremos comuncar (no es una denuncia-formal) irregularidades laborales que sean de nuestro conocimiento. En este caso no es necesario aportar ningún dato personal.
Qué debe contener el escrito de denuncia
Sea cual sea su forma de presentación, hay unos datos que deben tener todos los escritos de denuncia dirigidos a la Inspección del trabajo, así que te comentamos cuáles son estos para que puedas presentarla correctamente:
- Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social a la qua va dirigido el escrito, que deberá coincidir con la
- Fecha y lugar de los hechos, con localización exacta
- Provincia en que se encuentra el centro de trabajo donde se presentaría esta
- Tus datos de identificación personal con teléfono de contacto y firma
- Hechos presuntamente constitutivos de infracción indicando la materia concreta de denuncia y especificando lo que se denuncia
- Identificación de los que podrían ser los responsables, indicando el empresario o empleador al que se quiere denunciar
- Otras circunstancias relevantes junto con la documentación justificativa
Acceder y presentar la denuncia
Es importante que sepas que solo podrás acceder a este servicio teniendo un DNIe e identificándote con una firma electrónica avanzada basada en un certificado electrónico reconocido por @firma. Esto supone que debes tener un certificado electrónico que puedes obtener en la FNMT o sistema Cl@ve para poder presentar una denuncia por medio de Internet. Te comentamos cómo hacerlo paso a paso.
En trámites, debes bajar en la página hasta que te encuentres con los procedimientos de Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a no ser que te interese otro por alguna razón. Hecho esto, te encontrarás con las opciones de procedimientos de acción inspectora, recurso de alzada y sancionador o liquidatarios.
Una vez que le das a Acción Inspectora, puedes elegir entre diferentes trámites. Una vez que le das a Alta Solicitud es cuando debes identificarte.
Te encontrarás con la opción de hacerlo con DNIe o certificado electrónico o sistema Cl@ve. Elige la opción correspondiente. Si vas a clave podrás usar el certificado electrónico, PIN 24 horas, clave permanente y ciudadanos de la Unión Europea. Si le das a tu certificado digital, se abrirá autofirma y seleccionas tu identidad. Le das a ok.
Hecho esto, accedes a un formulario online en que indicará la persona que presenta la solicitud (es tu nombre y DNI, un dato que no podrás cambiar). Debes indicar tu dirección a efectos de notificación, aceptar las condiciones marcando que estás de acuerdo, enviar los documentos que corresponda o quieras adjuntar y las observaciones que consideres pertinentes. Para adjuntar un documento, debes indicar su nombre, subirlo desde tu dispositivo y darle al más que hay justo al lado de seleccionar el fichero. Una vez que lo hayas hecho das a guardar y sigue el procedimiento.
Hecho esto, te aparecerá la información y debes dar a confirmar la conformidad para el tratamiento informático de tus datos y firmar nuevamente con el sistema de identificación que utilices.
Desde la misma página de Acción inspectora, podrás obtener más información o consultar el estado de tu solicitud y acuses de recibo. También podrás ver tus notificaciones sobre el trámite y proceder a la subsanación si es necesario. Para interponer un recurso de alzada, deberás hacerlo desde trámites en su opción correspondiente.
Buzón de Inspección de trabajo
Otro servicio con el que cuentas a tu disposición es el buzón, con el que podrás informar sobre presuntas irregularidades sobre las que tengas conocimiento sin tener que dar ningún dato personal. No se trata de una denuncia anónima porque no es una denuncia, pero sí un procedimiento por medio del cual podrás comunicarte anónimamente con la Inspección de Trabajo sin que se recoja ningún dato personal tuyo.
Esta puede, si lo considera, abrir un período de información previa para conocer las circunstancias de cierto caso y si es conveniente o no iniciar en él una acción inspectora. Como no es una denuncia formal, solo estarás informando y ellos deciden lo que hacer. Si no te atreves a denunciar formalmente o no quieres desvelar tu identidad, la solución que te queda es hacerlo por medio de este buzón.
Puedes acceder a este servicio desde aquí. Indicarás información sobre la empresa, el centro o lugar de trabajo, marcar las irregularidades observadas y escribir en un máximo de 600 caracteres lo que consideres sobre el posible fraude laboral que se está produciendo. Continuarás dando a ver datos para enviar y siguiendo los pasos indicados. Si quieres que la denuncia sea oficial, tendrás que hacerlo como indicamos anteriormente.
Descargar formularios para denuncia presencial
Si estás pensando presentar una denuncia en la propia sede o por correo, debes saber que puedes descargar los formularios online para poder presentarlos fácilmente y ahorrar tiempo. Puedes hacerlo desde esta página.
En ella, te aparecerá el nombre de formulario en función de lo que quieras hacer, tanto escritos de alegación o denuncia como otros trámites, recursos, subsanación y mejora de denuncia, solicitud de retirada y desistimiento de la denuncia y más. Podrás descargarlo en Word o PDF según te resulte más cómodo. También te encontrarás con formularios de escrito de denuncia en otros idiomas, como es el caso del inglés, francés, búlgaro, rumano y castellano.
Hacer denuncia presencial o por correo
Para presentar tu denuncia ante inspección de trabajo, podrás hacerlo en una de las oficinas correspondientes presentándote en ella o por correo, mucho mejor certificado o por burofax para asegurarte de que se recibe correctamente y se puede demostrar su contenido. Una vez que lo hayas descargado, podrás cubrirlo y entregarlo cuando quieras. Si vas a hacerlo presencialmente, deberás ir a una de las oficinas la Inspecciones Provinciales de Trabajo y S.S., a los registros de los demás órganos de la Administración del Estado y comunidades autónomas o administraciones locales si hay algún convenio.
En caso de que lo hagas por correo, debes adjuntar copia compulsada de tu DNI y autorización expresa para que se puedan verificar tus datos de identidad en el registro. Si quieres saber cuáles son los centros de trabajo de la ITSS, puedes verlos aquí. No podrás hacer denuncia por email.
Comités y sindicatos
En muchos casos, las empresas cuentan con un comité o un delegado sindical. Estos representantes de los trabajadores tienen inmunidad ante represalias que la empresa pueda tomar contra ellos. Si en tu empresa hay representantes de los trabajadores, ponte en contacto con ellos para que tomen las medidas oportunas y denuncien a Inspección de Trabajo si fuera necesario.
Además, los sindicatos también están para ayudar al trabajador. Si en tu empresa no hay comité ni representantes de los trabajadores, puedes ponerte en contacto con algún sindicato para que te asesoren y te ayuden a crear uno, evitando el riesgo de que la empresa pueda despedirte. Afíliate o ponte en contacto con ellos para que te expliquen el procedimiento y los pasos para crear un comité.