Decretazo del Gobierno: ya puede cerrar webs por motivos de orden público
Finalmente ha ocurrido. El pasado 5 de noviembre, el Gobierno en funciones publicó en el BOE el Real Decreto-ley 14/2019 del 31 de octubre que establecía que «el Gobierno, con carácter excepcional y transitorio, podrá acordar la asunción por la Administración General del Estado de la gestión directa o la intervención de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas en determinados supuestos excepcionales que puedan afectar al orden público, la seguridad pública y la seguridad nacional». Finalmente, la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados ha refrendado esta medida.
El 155 digital o Decretazo Digital ha sido aprobado: el gobierno podrá cerrar webs
Esta nueva ley, aprobada poco antes de las 15:00 del 27 de noviembre, ha sido bautizada como «Decretazo Digital» o «155 digital«, y permite al gobierno cerrar una web o intervenir una red cuando ellos crean que puede estar en peligro el orden público. El principal objetivo es poder cerrar páginas webs o bloquear aplicaciones como las utilizadas en las revueltas de Cataluña, así como evitar también la creación de la República Digital Catalana.
Esta medida tenía un fuerte carácter electoral, donde el PSOE no quería demostrar impasividad con lo que estaba ocurriendo en Cataluña. El problema es que en ese proceso se están limitando las libertades y los derechos de los ciudadanos. Antes de su aprobación era posible ordenar el cese de una web o servicio sin audiencia previa por razones de seguridad pública, protección civil, emergencias, defensa de la vida humana o interferencia con otras redes, pero ahora se añade también el supuesto del «orden público o a la seguridad pública o nacional».
Para poder intervenir redes ha sido necesario introducir la Modificación de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, donde se establece que se podrá intervenir «cualquier infraestructura, recurso asociado o elemento o nivel de la red o del servicio que resulte necesario». Sin embargo, una de las modificaciones más peligrosas que encontramos en el BOE es el último supuesto de la modificación de esta ley, que establece que se podrá cerrar una web o servicio «cuando cree graves problemas económicos u operativos a otros proveedores o usuarios de redes o servicios de comunicaciones electrónicas o demás usuarios del espectro radioeléctrico». En este lenguaje tan vago se podrían encontrar también páginas web de descargas.
Con ello, se puede intervenir un dominio, una web, un servidor, o cualquier elemento asociado a cualquier tipo de web que se ajuste a estos criterios que, en principio, afirman que sólo aplicarán «de manera excepcional», aunque claramente se esté yendo en contra de la separación de poderes por llevar a cabo algo que requiere una orden judicial, en unas medidas que sólo deberían ser posibles durante un estado de excepción, lo cual es altamente difícil que se dé en España. Además, la han aprobado por la medida de urgencia, donde, según el artículo 86 de la Constitución, no se dan las condiciones necesarias para hacerlo.
Congreso@Congreso_Es✅ La #DiputaciónPermanente convalida el Real Decreto-Ley 14/2019, por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones.📝 NdP: https://t.co/ZKLuudgaeP https://t.co/GKxetZJzRY
27 de noviembre, 2019 • 14:58
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PP y Ciudadanos votan a favor de esta medida del PSOE
La medida ha salido adelante no sólo con el apoyo del propio PSOE, sino que el PP y Ciudadanos también han votado a favor. El resto de formaciones han criticado el contenido del decreto y las formas en las que se ha hecho, donde se ha aprobado por vía de urgencia y evitando su debate en el Congreso.