Un juez ordena a Telefónica devolver a un cliente las subidas de precio en Movistar Fusión
El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pamplona ha resuelto que Telefónica deberá devolver a un usuarios de sus tarifas Movistar Fusión el importe de la subida de precios llevada a cabo en mayo del pasado año más los intereses desde dicha fecha. Se estima por tanto la demanda interpuesta contra la operadora en la que se denunciaba un quebrantamiento de las condiciones del contrato que prometían ser “para siempre”.
Aunque el fallo del juez de Pamplona puede ser recurrido por Telefónica, lo cierto es que Álvarez-Pallete estrenará el cargo de presidente ejecutivo con una patata caliente en manos de la operadora ya que ha prosperado la demanda interpuesta por un usuario de Navarra contra la subida de precios en las ofertas de Movistar Fusión y que generaron tanta polémica al respecto. A raíz de los cambios unilaterales en las condiciones de la oferta, diversas asociaciones que velan por los derechos de los usuarios y consumidores cargaron sus armas contra Movistar por entender que esta subida se producía de manera irregular.
En el comunicado lanzado hoy por el Consejo General del Poder Judicial, se recoge la resolución del juez en la que se argumenta que no existe ningún indicio de que el cliente hubiera autorizado el cambio en las condiciones contractuales que se aplicaron a partir del verano pasado en los precios de las ofertas de Fusión, a pesar de que al pagar un nuevo precio desde ese momento en factura.
En la sentencia, el magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pamplona, especifica que el cliente cumplía con la obligación del pago del nuevo precio para evitar “una eventual causa de resolución del contrato” pero que esto no presupone por su parte un consentimiento al respecto.
El juez entiende que Telefónica incumplió el contrato inicial
La demanda de este usuario se basaba en las condiciones que en el año 2009 se habían fijado por Telefónica de manera indefinida al anunciarlas con la cláusula “para siempre”, y por ello se había solicitado la nulidad de la subida de precios. En un primer momento Movistar se opuso a esta demanda debido a que el demandante se dedica a la abogacía y conocía expresamente una cláusula del contrato en la que se hacía referencia a la modificación de las condiciones.
Al entender el juez que Telefónica habría quebrantado un contrato indefinido con un precio inamovible fijado de antemano, el demandante tiene derecho a percibir estas cantidades. Habrá que ver cómo gestiona Movistar la apelación a la sentencia debido al impacto que puede tener sobre otros afectados en la misma situación.