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La mayoría de las finalidades que se explican en este texto dependen del almacenamiento o del acceso a la información de tu dispositivo cuando utilizas una aplicación o visitas una página web. Por ejemplo, es posible que un proveedor o un editor/medio de comunicación necesiten almacenar una cookie en tu dispositivo la primera vez que visite una página web a fin de poder reconocer tu dispositivo las próximas veces que vuelva a visitarla (accediendo a esta cookie cada vez que lo haga).

La publicidad y el contenido pueden personalizarse basándose en tu perfil. Tu actividad en este servicio puede utilizarse para crear o mejorar un perfil sobre tu persona para recibir publicidad o contenido personalizados. El rendimiento de la publicidad y del contenido puede medirse. Los informes pueden generarse en función de tu actividad y la de otros usuarios. Tu actividad en este servicio puede ayudar a desarrollar y mejorar productos y servicios.

La publicidad que se presenta en este servicio puede basarse en datos limitados, tales como la página web o la aplicación que esté utilizando, tu ubicación no precisa, el tipo de dispositivo o el contenido con el que está interactuando (o con el que ha interactuado) (por ejemplo, para limitar el número de veces que se presenta un anuncio concreto).

  • Un fabricante de automóviles quiere promocionar sus vehículos eléctricos a los usuarios respetuosos con el medioambiente que viven en la ciudad fuera del horario laboral. La publicidad se presenta en una página con contenido relacionado (como un artículo sobre medidas contra el cambio climático) después de las 18:30 h a los usuarios cuya ubicación no precisa sugiera que se encuentran en una zona urbana.
  • Un importante fabricante de acuarelas quiere realizar una campaña publicitaria en Internet para dar a conocer su última gama de acuarelas con la finalidad de llegar tanto a artistas aficionados como a profesionales y, a su vez, se evite mostrar el anuncio junto a otro contenido no relacionado (por ejemplo, artículos sobre cómo pintar una casa). Se detectará y limitará el número de veces que se ha presentado el anuncio a fin de no mostrarlo demasiadas veces.

La información sobre tu actividad en este servicio (por ejemplo, los formularios que rellenes, el contenido que estás consumiendo) puede almacenarse y combinarse con otra información que se tenga sobre tu persona o sobre usuarios similares(por ejemplo, información sobre tu actividad previa en este servicio y en otras páginas web o aplicaciones). Posteriormente, esto se utilizará para crear o mejorar un perfil sobre tu persona (que podría incluir posibles intereses y aspectos personales). Tu perfil puede utilizarse (también en un momento posterior) para mostrarte publicidad que pueda parecerte más relevante en función de tus posibles intereses, ya sea por parte nuestra o de terceros.

  • En una plataforma de redes sociales has leído varios artículos sobre cómo construir una casa en un árbol Esta información podría añadirse a un perfil determinado para indicar tuinterés en el contenido relacionado con la naturaleza, así como en los tutoriales de bricolaje (con el objetivo de permitir la personalización del contenido, de modo que en el futuro, por ejemplo, se te muestren más publicaciones de blogs y artículos sobre casas en árboles y cabañas de madera).
  • Has visualizado tres vídeos sobre la exploración espacial en diferentes aplicaciones de televisión. Una plataforma de noticias sin relación con las anteriores y con la que no has tenido contacto en el pasado crea un perfil basado en esa conducta de visualización marcando la exploración del espacio como un tema de tu posible interés para para otros vídeos.

El contenido que se te presenta en este servicio puede basarse en un perfilde personalización de contenido que se haya realizado previamente sobre tu persona, lo que puede reflejar tu actividad en este u otros servicios (por ejemplo, los formularios con los que interactúas o el contenido que visualizas), tus posibles intereses y aspectos personales. Un ejemplo de lo anterior sería la adaptación del orden en el que se te presenta el contenido, para que así te resulte más sencillo encontrar el contenido (no publicitario) que coincida con tus intereses.

  • Has leído unos artículos sobre comida vegetariana en una plataforma de redes sociales. Posteriormente has usado una aplicación de cocina de una empresa sin relación con la anterior plataforma. El perfil que se ha creado sobre tu persona en la plataforma de redes sociales se utilizará para mostrarte recetas vegetarianas en la pantalla de bienvenida de la aplicación de cocina.
  • Has visualizado tres vídeos sobre remo en páginas web diferentes. Una plataforma de video, no relacionada con la página web en la que has visualizado los vídeos sobre remo, pero basandose en el perfil creado cuando visistaste dicha web, podrá recomendarte otros 5 vídeos sobre remo cuando utilices la plataforma de video a través de tu televisor .

La información sobre qué publicidad se te presenta y sobre la forma en que interactúas con ella puede utilizarse para determinar lo bien que ha funcionado un anuncio en tu caso o en el de otros usuarios y si se han alcanzado los objetivos publicitarios. Por ejemplo, si has visualizado un anuncio, si has hecho clic sobre el mismo, si eso te ha llevado posteriormente a comprar un producto o a visitar una página web, etc. Esto resulta muy útil para comprender la relevancia de las campañas publicitarias.

  • Has hecho clic en un anuncio en una página web/medio de comunicación sobre descuentos realizados por una tienda online con motivo del “Black Friday” online y posteriormente has comprado un producto. Ese clic que has hecho estará vinculado a esa compra. Tu interacción y la de otros usuarios se medirán para saber el número de clics en el anuncio que han terminado en compra.
  • Usted es una de las pocas personas que ha hecho clic en un anuncio que promociona un descuento por el “Día de la madre”de una tienda de regalos en Internet dentro de la aplicación de una web/medio de comunicación. El medio de comunicación quiere contar con informes para comprender con qué frecuencia usted y otros usuarios han visualizado o han hecho clic en un anuncio determinado dentro de la aplicación y, en particular, en el anuncio del “Día de la madre” para así ayudar al medio de comunicación y a sus socios (por ejemplo, las agencias de publicidad) a optimizar la ubicación de los anuncios.

La información sobre qué contenido se te presenta y sobre la forma en que interactúas con él puede utilizarse para determinar, por ejemplo, si el contenido (no publicitario) ha llegado a su público previsto y ha coincidido con sus intereses. Por ejemplo, si hasleído un artículo, si has visualizado un vídeo, si has escuchado un “pódcast” o si has consultado la descripción de un producto, cuánto tiempo has pasado en esos servicios y en las páginas web que has visitado, etc. Esto resulta muy útil para comprender la relevancia del contenido (no publicitario) que se te muestra.

  • Has leído una publicación en un blog sobre senderismo desde la aplicación móvil de un editor/medio de comunicación y has seguido un enlace a una publicación recomendada y relacionada con esa publicación. Tus interacciones se registrarán para indicar que la publicación inicial sobre senderismo te ha resultado útil y que la misma ha tenido éxito a la hora de ganarse tu interés en la publicación relacionada. Esto se medirá para saber si deben publicarse más contenidos sobre senderismo en el futuro y para saber dónde emplazarlos en la pantalla de inicio de la aplicación móvil.
  • Se te ha presentado un vídeo sobre tendencias de moda, pero tu y otros usuarios habéis dejado de visualizarlo transcurridos unos 30 segundos. Esta información se utilizará para valorar la duración óptima de los futuros vídeos sobre tendencias de moda.

Se pueden generar informes basados en la combinación de conjuntos de datos (como perfiles de usuario, estadísticas, estudios de mercado, datos analíticos) respecto a tus interacciones y las de otros usuarios con el contenido publicitario (o no publicitario) para identificar las características comunes (por ejemplo, para determinar qué público objetivo es más receptivo a una campaña publicitaria o a ciertos contenidos).

  • El propietario de una librería que opera en Internet quiere contar con informes comerciales que muestren la proporción de visitantes que han visitado su página y se han ido sin comprar nada o que han consultado y comprado la última autobiografía publicada, así como la edad media y la distribución de género para cada uno de los dos grupos de visitantes. Posteriormente, los datos relacionados con la navegación que realizas en su página y sobre tus características personales se utilizan y combinan con otros datos para crear estas estadísticas.
  • Un anunciante quiere tener una mayor comprensión del tipo de público que interactúa con sus anuncios. Por ello, acude a un instituto de investigación con el fin de comparar las características de los usuarios que han interactuado con el anuncio con los atributos típicos de usuarios de plataformas similares en diferentes dispositivos. Esta comparación revela al anunciante que su público publicitario está accediendo principalmente a los anuncios a través de dispositivos móviles y que es probable que su rango de edad se encuentre entre los 45 y los 60 años.

La información sobre tu actividad en este servicio, como tu interacción con los anuncios o con el contenido, puede resultar muy útil para mejorar productos y servicios, así como para crear otros nuevos en base a las interacciones de los usuarios, el tipo de audiencia, etc. Esta finalidad específica no incluye el desarrollo ni la mejora de los perfiles de usuario y de identificadores.

  • Una plataforma tecnológica que opera con un proveedor de redes sociales observa un crecimiento en los usuarios de aplicaciones móviles y se da cuenta de que, en funciónde sus perfiles, muchos de ellos se conectan a través de conexiones móviles. La plataforma utiliza una tecnología nueva para mostrar anuncios con un formato óptimo para los dispositivos móviles y con un ancho de banda bajo a fin de mejorar su rendimiento.
  • Un anunciante está buscando una forma de mostrar anuncios en un nuevo tipo de dispositivo. El anunciante recopila información sobre la forma en que los usuarios interactúan con este nuevo tipo de dispositivo con el fin de determinar si puede crear un nuevo mecanismo para mostrar la publicidad en ese tipo de dispositivo.

El contenido que se presenta en este servicio puede basarse en datos limitados, como por ejemplo la página web o la aplicación que esté utilizando, tu ubicación no precisa, el tipo de dispositivo o el contenido con el que estás interactuando (o con el que has interactuado) (por ejemplo, para limitar el número de veces que se te presenta un vídeo o un artículo en concreto).

  • Una revista de viajes, para mejorar las experiencias de viaje en el extranjero, ha publicado en su página web un artículo sobre nuevos cursos que ofrece una escuela de idiomas por Internet. Las publicaciones del blog de la escuela se insertan directamente en la parte inferior de la página y se seleccionan en función de la ubicación no precisa del usuario (por ejemplo, publicaciones del blog que explican el plan de estudios del curso para idiomas diferentes al del país en el que este te encuentras).
  • Una aplicación móvil de noticias deportivas ha iniciado una nueva sección de artículos sobre los últimos partidos de fútbol. Cada artículo incluye vídeos alojados por una plataforma de streaming independiente que muestra los aspectos destacados de cada partido. Si adelantas un vídeo, esta información puede utilizarse para determinar que el siguiente vídeo a reproducir sea de menor duración.

Se puede utilizar la localización geográfica precisa y la información sobre las características del dispositivo

Al contar con tu aprobación, tu ubicación exacta (dentro de un radio inferior a 500 metros) podrá utilizarse para apoyar las finalidades que se explican en este documento.

Con tu aceptación, se pueden solicitar y utilizar ciertas características específicas de tu dispositivo para distinguirlo de otros (por ejemplo, las fuentes o complementos instalados y la resolución de su pantalla) en apoyo de las finalidades que se explican en este documento.

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Una línea que nadie pidió y una factura enviada a otro: la sanción millonaria a Vodafone

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Una llamada al servicio de atención al cliente fue clave para explicar por qué las operadoras de telecomunicaciones necesitan controlar muy bien la identidad de los interlocutores. En este caso, un tercero consiguió modificar el correo electrónico asociado a una clienta y recibir un duplicado de su factura con datos personales.

El caso forma parte de una sanción de 1,05 millones de euros de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a Vodafone España. La cuantía de esta sanción fue publicada en el BOE. A ella hay que sumar otra multa de 750.000 euros relacionada con una brecha del antiguo servicio Super WiFi. Esto coloca las sanciones en 1,8 millones de euros.

No obstante, sabemos que Vodafone no está conforme con las sanciones. Pese a que las ha abonado ya, también ha presentado recursos ante la Audiencia Nacional, atribuyendo el origen de ambos incidentes a actuaciones de terceros y proveedores.

Un tercero consiguió que la factura de una clienta terminase en otro correo

El primer expediente parte de la denuncia de una clienta que detectó la activación de una segunda línea móvil a su nombre sin haberla autorizado. En Cinco Días han conseguido acceso a la resolución que mostraba inconsistencias durante el procedimiento en números de pedido, direcciones de correo electrónico y contratos. La AEPD confirmó que no podía acreditarse adecuadamente la identidad de quien había solicitado la contratación.

Vodafone defendió que se había empleado un código OTP enviado al terminal de la titular para validar la contratación. No obstante, la AEPD concluyó que la compañía no consiguió demostrar que se hubiesen superado correctamente sus controles internos de identificación.

Además, el expediente incluye otro episodio llamativo. Durante una llamada de atención al cliente se modificó la dirección de correo registrada y se envió un duplicado de una factura a una persona que no era su titular. Ese documento contenía datos como nombre, domicilio y número de identificación de la afectada.

Uno de los principales argumentos de defensa de las operadoras está en que tienen parte de la atención al cliente externalizada en otras empresas. Sin embargo, la AEPD considera que el hecho de que una operación la realice un trabajador de una empresa contratista no elimina la responsabilidad de Vodafone como responsable del tratamiento de los datos.

Otros 750.000 euros por la brecha del antiguo Super WiFi

El segundo procedimiento es diferente y está relacionado con una brecha sufrida en noviembre de 2023 por la infraestructura utilizada para el antiguo servicio Super WiFi 5 de Vodafone. La plataforma la prestaba un tercero, dando servicio a aproximadamente 60.000 usuarios en España.

Economía Digital explica que en más de 13.000 casos quedaron expuestos nombre, apellidos y correo electrónico, mientras que otros aproximadamente 46.200 usuarios tuvieron expuesta su dirección de email. La AEPD impuso por este segundo caso un total de 750.000 euros, repartidos en tres infracciones: 500.000 euros por el artículo 5.1.f del RGPD, 150.000 por el artículo 32 y otros 100.000 por el artículo 28.

Como ya hemos explicado, Vodafone ha abonado las multas, pero no ha aceptado el criterio de la AEPD y pretende recurrir. En el primer caso, ha presentado recursos contencioso-administrativos ante la Audiencia Nacional, alegando que el origen de los incidentes se encuentra en actuaciones de terceros y proveedores.

En el segundo caso, piensa que el acceso no autorizado se produjo mediante credenciales comprometidas del proveedor y asegura que no quedaron afectados datos financieros, contraseñas ni la conectividad del servicio. Por ello, todavía pueden ser revisadas judicialmente.

Postura de Vodafone

Desde la compañía se han puesto en contacto con nostros para hacernos llegar su posición sobre ambas sanciones:

PLUME

  • En noviembre de 2023, Vodafone España fue informada por Plume de un incidente de seguridad ocurrido en una herramienta de analítica de terceros utilizada por dicha compañía (Mixpanel), que forma parte de su ecosistema de gestión de datos y opera de manera independiente de los sistemas de conectividad y de las plataformas de Vodafone. El incidente tuvo su origen en un acceso no autorizado a la herramienta mediante credenciales de Plume comprometidas, lo que permitió la extracción de determinados datos de usuarios gestionados directamente por Plume durante el proceso de registro en su aplicación Super WiFi.
  • Es importante destacar que los datos afectados no procedían de sistemas de Vodafone ni fueron proporcionados por Vodafone a Plume. La información involucrada correspondía a datos recopilados y gestionados por Plume, incluyendo nombre, correo electrónico, ciudad e información técnica limitada. No se vieron afectados datos financieros, contraseñas ni sistemas de Vodafone, y en ningún momento existió compromiso de la conectividad del servicio ni de cuentas compartidas entre ambas compañías.
  • Tras la notificación, Vodafone activó de forma inmediata sus procesos internos de evaluación y escaló el caso a los equipos de Ciberseguridad para analizar el alcance del incidente, revisar las obligaciones contractuales y regulatorias aplicables y realizar el seguimiento de la información facilitada por Plume.
  • Por su parte, Plume adoptó medidas correctivas inmediatas, incluyendo la deshabilitación de la cuenta utilizada por los atacantes y la implantación de autenticación multifactor (2FA) para sus cuentas y de un sistema de sesión único (SSO). Además, los clientes afectados fueron marcados como víctimas de fraude para otorgar mayor protección a las operaciones que pudieran solicitarse en sus cuentas. Asimismo, Plume contrató a la empresa de ciberseguridad CROWDSTRIKE como equipo de respuesta ante incidentes Gracias a estas acciones y a que el incidente estaba aislado en el entorno del tercero, no se produjo impacto en la prestación del servicio Super WiFi ni en la operación de Vodafone, recuperándose y manteniéndose la estabilidad operativa con normalidad. El análisis realizado confirmó que el origen, la gestión y la mitigación del incidente correspondían exclusivamente a los sistemas y procesos de Plume, sin que Vodafone fuera responsable del evento que dio lugar a la exposición de los datos.
  • En cumplimiento de las políticas de Ciberseguridad de la compañía, Vodafone procedió a comunicar el incidente a los organismos relevantes (INCIBE, AEPD), así como a contactar directamente con los clientes cuya información había sido exfiltrada, para que pudieran adoptar medidas de precaución sobre posibles acciones de phishing dirigidas a ellos.
  • Vodafone está en desacuerdo con la sanción de la AEPD al considerar que la causa de no es imputable a Vodafone sino al proveedor.
  • En este sentido, aunque la sanción ya se ha pagado, Vodafone ha recurrido ante la Audiencia Nacional. Por otra parte, la operadora ha confirmado que repercutirá la sanción al proveedor.

CASO 2

  • Vodafone no está conforme con la sanción, ya que la AEPD no ha considerado las circunstancias del caso en las que se destaca una actuación fraudulenta por parte de un tercero y un incumplimiento de las políticas de seguridad de Vodafone por parte de un proveedor.
  • Según Vodafone, el alta de la línea se realizó previa firma de la clienta. Ella firmó el contrato a través de la activación de un código OTP enviado por SMS a la primera línea, titularidad de la reclamante, lo que impidió en un primer momento identificar la actividad fraudulenta. En relación con el envío de la factura, Vodafone dispone de una política de seguridad que incluye medidas dirigidas a asegurar que la factura se envía al titular de la línea.
  • Esta sentencia también se ha recurrido ante la Audiencia Nacional y Vodafone repercutirá la sanción al proveedor, al no haber seguido las instrucciones de Vodafone y no haber respetado los procesos y controles establecidos por la operadora para garantizar las medidas de seguridad.

Preguntas frecuentes sobre la sanción de la AEPD a Vodafone

¿Cuánto suman en total las sanciones de la AEPD a Vodafone?
Las dos sanciones impuestas por la Agencia Española de Protección de Datos suman 1,8 millones de euros. La primera asciende a 1,05 millones de euros y la segunda a 750.000 euros.
¿Qué motivó la sanción de 1,05 millones de euros?
Un tercero logró activar una segunda línea móvil sin autorización y modificar el correo electrónico de una clienta para recibir un duplicado de su factura con datos personales. La AEPD concluyó que Vodafone no pudo demostrar que sus controles de identificación se hubieran superado correctamente.
¿Qué información quedó expuesta en la factura duplicada?
El documento enviado por error contenía el nombre, el domicilio y el número de identificación de la clienta afectada. Fue remitido a una persona distinta de la titular tras modificarse el correo registrado durante una llamada de atención al cliente.
¿Qué fue la brecha del servicio Super WiFi 5?
Se trató de una brecha de seguridad sufrida en noviembre de 2023 en la infraestructura que daba soporte al antiguo servicio Super WiFi 5 de Vodafone, prestado por un tercero. Afectó a datos personales de decenas de miles de usuarios en España.
¿Cuántos usuarios se vieron afectados por la brecha del Super WiFi?
El servicio daba cobertura a aproximadamente 60.000 usuarios en España. De ellos, más de 13.000 tuvieron expuestos su nombre, apellidos y correo electrónico, mientras que otros 46.200 sufrieron la exposición de su dirección de email.
¿Cómo se reparten los 750.000 euros de la segunda sanción?
La AEPD dividió la multa en tres infracciones distintas: 500.000 euros por el artículo 5.1.f del RGPD, 150.000 euros por el artículo 32 y 100.000 euros por el artículo 28.
¿Ha aceptado Vodafone las sanciones impuestas?
Vodafone ha abonado ya el importe de ambas multas, pero no está conforme con el criterio de la AEPD. La compañía ha presentado recursos contencioso-administrativos ante la Audiencia Nacional, atribuyendo el origen de los incidentes a terceros y proveedores.