La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia en el caso de una ex colaboradora freelance que denunció a ADSLZone alegando ser “falsa autónoma”. El TSJ desmonta su pretensión y avala la tesis de la empresa: no existía una relación laboral encubierta, sino una colaboración mercantil propia del sector editorial y digital. Sin embargo, pese a este criterio judicial, la Inspección de Trabajo mantuvo de oficio un procedimiento sancionador que terminó con una multa de 600.000 euros, abriendo un escenario de choque frontal entre Justicia y Administración. A partir de este momento, comienza una batalla judicial contra la Administración Pública en el Tribunal Contencioso Administrativo.
Varapalo contra la ex colaboradora D. Rocío García Rubio, periodista que escribía en ADSLZone, LaLiga, Revista Panenka o la opinión de Málaga y que denunció en la justicia ordinaria y en la Inspección de Trabajo al Grupo ADSLZone alegando ser una falsa autónoma. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado el recurso de suplicación interpuesto y confirma la sentencia de instancia que acreditaba que no era una falsa autónoma «al igual que otros colaboradores de la empresa».
En su resolución, el tribunal no habla de “empleada” ni de “trabajadora despedida”, sino de colaboradora, en un contexto donde se reconoce que la empresa cuenta con plantilla propia pero también recurre a profesionales externos para temas específicos, un modelo habitual en medios digitales. El TSJ describe además una dinámica típica de cualquier redacción digital: la planificación de contenidos y la existencia de artículos preparados con antelación para cubrir necesidades editoriales, lo que en el argot interno se conoce como piezas “de nevera”. Lejos de considerarlo prueba de relación laboral, el tribunal lo integra dentro de la lógica normal de una colaboración editorial.
Lo que resulta difícil de explicar es que, con una sentencia que habla de colaboración mercantil y describe un funcionamiento editorial normal, la Inspección de Trabajo decidiera seguir adelante por su cuenta e imponer una sanción de 600.000 euros por otros colaboradores freelance, como si el criterio judicial y la realidad del sector fueran irrelevantes. El mensaje implícito es inquietante: que en España una empresa puede ganar en los tribunales… y aun así ser castigada administrativamente con cifras capaces de arruinarla.
Este caso no es solo un conflicto entre una colaboradora y un medio: es un síntoma de algo mucho más grave. Si la Justicia llama “colaboradores” a quienes trabajan como autónomos y la Inspección insiste en tratarlos como plantilla encubierta, el resultado no es protección del trabajador: es inseguridad jurídica. Y sin seguridad jurídica, lo que se destruye no es el fraude: se destruye el periodismo independiente y el tejido empresarial.
Después del resultado de dicha sentencia, la empresa ya prepara la vía judicial contra la Inspección de Trabajo. Tras la oposición de la Administración a los recursos de alzada presentados, ADSLZone iniciará un procedimiento contencioso-administrativo para impugnar las actas de inspección que dieron como resultado una sanción totalmente desproporcionada y carente de sustento como así ha considerado el Tribunal Superior de Justicia.
