La Agencia Española de Protección de Datos ha terminado con una de las grandes polémicas que ha vivido el sector turístico durante los últimos meses: los alojamientos no podrán solicitar una copia del DNI o pasaporte del cliente. Te contamos todos los motivos.
La entrada en vigor del nuevo registro de viajeros el pasado 2 de diciembre llegó con una importante polémica en torno al tratamiento de nuestros datos personales. Hace unos pocos minutos, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha confirmado que los alojamientos no podrán seguir pidiendo fotocopias del DNI o de los pasaportes a los viajeros, según recoge EuropaPress.
La razón que se esconde detrás de esta decisión es que esta práctica vulnera el principio de minimización de datos y supone un tratamiento que tilda de «excesivo». Conviene tener en cuenta que nuestro DNI no solo recoge nuestro nombre y nuestros apellidos. Además, también aparecen dantos sensibles como la fotografía, el nombre de nuestros padres o, incluso, la fecha de caducidad del documento. Una serie de elementos que la AEPD no considera necesarios para realizar ningún registro.
Un riesgo innecesario para nuestra identidad
Un segundo motivo tiene que ver con el riesgo al que nos exponemos tanto las propias personas como los profesionales que se encargan del tratamiento de nuestros datos. La AEPD entiende que entregar una copia de nuestra documentación implica que estemos más expuestos a que se pueda duplicar nuestra identidad en el momento en el que se extravíe dicha documentación.
Otro de los argumentos que expone el organismo encargado de proteger nuestros datos es que el DNI no recoge toda la información que exige el registro de viajeros en el Real Decreto 933/2021. Por lo que no hay razón para pedir un duplicado de nuestro DNI, pero no de otros muchos documentos hasta completar toda la información que es necesaria, por lo que la medida carece de sentido.
La solución: los formularios específicos
La AEPD considera que toda la información que recoge la normativa legal se puede ceder a través de los formularios dedicados para la recogida de información, sin que sea necesario tener que fotocopiar ningún otro documento. De este modo, los establecimientos podrán tener toda la información relativa al nombre, apellidos, seco, número de DNI, fecha de nacimiento o teléfono móvil, por ejemplo.
Una de las dudas que quedan si se prohíbe la fotocopia del DNI es cómo se puede validar que la información que se ha recogido a través del formulario es real. No obstante, afirma que si la recogida de datos es presencial, basta con comprobar visualmente que los datos recogidos aparecen también en el DNI que el viajero mostrará. En el caso de que la recogida de datos sea digital, la verificación se podrá realizar a través de mecanismos como certificados digitales.
La AEPD, por tanto, sienta un importante precedente en una época tan importante como en la que nos encontramos, en el que los hoteles y alojamientos turísticos van a notar un importante incremento en su actividad. Ahora, sabemos que esta práctica tan extendida es ilegal y, como consumidores, podremos negarnos a la misma.
Como hemos podido comprobar, a partir de ahora en los viajes que tengamos planificados no podrán pedirnos la documentación para fotocopiarla. Un buen paso hacia delante si tenemos en cuenta que en nuestro DNI y en nuestro pasaporte albergamos una gran cantidad de información que no debería caer en manos de cualquier empresa que no estuviera autorizada para ello.
