Como cada año, muchas familias tienen la tradición de dar un aguinaldo a los más pequeños de la casa. Es importante tener en cuenta que, en función de la cantidad, Hacienda podría pedirnos explicaciones al estar considerados como una donación.
Muchas familias acostumbran a dar un pequeño aguinaldo a los más pequeños de la casa con motivo de la llegada de la Navidad. Un gesto que aparentemente es inofensivo y que no compromete una gran cantidad de dinero, pero que no por ello está exento de que Hacienda nos pida explicaciones en el momento menos esperado.
Si nos ceñimos a la ley, cualquier dinero que recibimos está sujeto a tributar por un impuesto o por otro. Así ocurre con el salario, que tributa a través del IRPF, o las donaciones, que tributan por medio del impuesto de sucesiones.
Las entidades están obligadas a informar a Hacienda
Es importante recordar que las entidades bancarias tienen la obligación de informar a Hacienda sobre cualquier copago o cobro superior a los 3.000€. Así lo establece la Ley 7/2012, de 29 de octubre. Por lo tanto, en el caso de que proporcionemos una cantidad igual o superior a los 3.000€, correremos el riesgo de que Hacienda llame a nuestra puerta para pedirnos explicaciones de por qué hemos ingresado tal cantidad de dinero sin tributar por ningún impuesto.
El escenario, evidentemente, es bastante diferente en el caso de que no guardemos este dinero en el banco y optemos por tener el efectivo en casa. A efectos prácticos, Hacienda no puede realizar una trazabilidad del mismo, hasta que nos decidamos por acudir al banco. No obstante, no hablamos de una cantidad que suela ser habitual en este tipo de festividades, puesto que los importes que se donan como aguinaldo durante las Navidades, o en cualquier otra época del año, son bastante inferiores.
En caso de recibir una menor cantidad
En el caso de que hagamos referencia a un aguinaldo con un importe más normal, es más improbable que nos encontramos ante la situación de que Hacienda realice una trazabilidad de un importe más pequeño, dada la cantidad de movimientos que se producen en esta época del año. No obstante, también conviene recordar que la normativa no establece una cantidad mínima a partir de la cual se debe declarar cualquier movimiento económico. Por lo que no podríamos excusarnos en ello en caso de tener problemas.
Por último, también es importante recordar que pese a que los billetes de 500 euros ya llevan unos cuantos años fuera de producción, resulta mucho más sencillo controlar su trazabilidad. Las entidades bancarias notifican a Hacienda cada ingreso que se realiza con estos billetes para justificar su procedencia. Por lo que es posible que tengamos que dar algo de información a la entidad bancaria en cuestión en el momento de realizar el ingreso.
Como se puede comprobar, el aguinaldo de Navidad puede conllevar la necesidad de aportar algo de información a Hacienda en el caso de que hablemos de cantidades grandes. Es importante tenerlo en cuenta antes de mover nuestro dinero durante estas Navidades.