A estas alturas, todos debemos tener cristalino que hablar con el móvil con el coche, además de enfrentarnos a una importante sanción, resulta muy peligroso para nuestra integridad y la de los demás conductores al volante. Pero con la llegada de nuevos actores al mundo de las telecomunicaciones, como los relojes inteligentes, nos preguntamos ¿Es legal hablar a través de un reloj inteligente en el coche?
Antes de nada, es necesario que repasemos lo que dice el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Concretamente, en el artículo 18 Otras obligaciones del conductor, del Capítulo III Normas generales de los conductores, se indica lo siguiente:
- El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, …, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada …
Se considera incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción el uso por el conductor con el vehículo en movimiento de dispositivos tales como pantallas con acceso a internet, monitores de televisión y reproductores de vídeo o DVD. …
- Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido….
Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares …
Una legislación “muy genérica”
Partiendo de la base de que la legislación actual no habla concretamente de relojes inteligente y deja abierta su catalogación dentro de “otro medio o sistema de comunicación”, vamos a analizar los diferentes aspecto de este artículo para intentar comprender si es legal o no su uso durante la conducción.
En un primer momento nos dicen que el conductor “está obligado a mantener su propia libertad de movimientos”. En este punto alguien puede llegar a entender que llevar un reloj inteligente y utilizarlo para hablar por teléfono puede llegar a comprometer la libertad de movimiento, siempre cuando el conductor esté más pendiente de mantener el reloj en buena posición para asegurar una buena calidad de sonido. Eso mismo indica otra frase del primer apartado del artículo 18, donde literalmente indica que deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada.
La atención constante a la carretera se considera incompatible con el uso de dispositivos tales como “pantallas con acceso a internet”. Aquí nos surgen bastantes dudas, en primer lugar, si en calificación entran los relojes inteligentes. Recordemos que estos dispositivos acceden a Internet a través de la conexión con un smartphone, salvo excepciones como el Samsung Gear S. Precisamente, como este último reloj funciona de forma independiente y tiene acceso a la red, podría ser considerado como un elemento incompatible.
Prohibido cualquier otro medio o sistema de comunicación
Con esto llegamos al segundo apartado del artículo 18 donde se prohíbe el uso de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación. Lo de los teléfonos móviles lo tenemos claro, pero ¿otro medio o sistema de comunicación? El reloj inteligente utilizado para realizar y contestar llamadas estaría directamente prohibido si lo consideramos dentro de esta categoría.
Aunque bien es cierto que existe una excepción que podía permitir su uso y es la que dice “excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos”. La realidad es que para comunicarnos a través del reloj inteligente no tenemos que utilizar las manos, aunque existan algunas contradicciones con otros puntos de este artículo.
Debido a estas dificultades para aplicar la legislación actual de manera clara sobre los relojes inteligentes y su más que esperado auge a partir del año 2015, creemos que es necesario una aclaración por parte de los organismos competentes en materia de seguridad vial.
¿Vosotros que pensáis? ¿Es legal hablar a través de un reloj inteligente en el coche?