¿Puede alguien aprovechar que habitualmente no votas para enviar una papeleta en tu nombre por Correos? Esa es la sospecha que plantea un hilo publicado en X por un supuesto trabajador de Correos con 25 años de experiencia. El problema es que su explicación omite comprobaciones de identidad y documentación necesarias para tramitar el voto.
De hecho, el propio autor del hilo reconoce que “No tengo pruebas de que se esté intentando un fraude electoral por este sistema”. Esto es clave para entender el hilo al completo: se plantea una hipótesis, pero no se aportan documentos que ayuden a entender que es posible lo que plantea.
Ilde Ruiz Padilla@ilderuizpadilla🚨 VOTO POR CORREO 🧵
Como trabajador de @correos con 25 años de experiencia gestionando voto por correo os explico que hay de cierto y de mito sobre la seguridad del sistema del voto por correo. Por favor lee y retuitea 👇🏻06 de octubre, 2026 • 08:44
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Qué afirma el hilo y dónde está el salto
La publicación sostiene que sería posible identificar a personas que habitualmente se abstienen y generar votos por correo a su nombre. No duda en atribuir al PSOE capacidad para hacerlo, pero sin pruebas claras al respecto.
Su argumento se basa en que un escaño puede cambiar de manos por una cantidad muy pequeña de votos. No obstante, esto no es suficiente para afirmar que sea posible amañar la votación por Correos tal y como explica en el hilo.
De hecho, el punto que queda sin resolver de todo lo que dice es el relativo a cómo se obtendría y tramitaría la documentación electoral de esas personas sin su participación y superando las comprobaciones previstas.
Correos exige identificarse para solicitar el voto
La información publicada hoy por Correos confirma que es necesario un documento original de identidad. En el caso de la vía online, será necesaria firma electrónica mediante un certificado admitido o DNI electrónico.
Existe una excepción que señala que los que no puedan solicitarlo personalmente por enfermedad o discapacidad, deberán acreditar esa situación mediante certificación médica oficial y recurrir a una persona autorizada notarial o consularmente. Es decir, con saber el nombre y la dirección de alguien no es suficiente.
Después de ese proceso, interviene la Oficina del Censo Electoral. Esta comprueba la inscripción, expide el certificado y envía la documentación según el artículo 73 de la ley electoral. También exige acreditar la identidad.
También hay controles al entregar el sobre
Pero es que la identificación no termina al solicitar las papeletas. La Instrucción 5/2023 de la Junta Electoral Central exige comprobar la identidad cuando el elector deposita su voto en Correos.
En caso de no poder acudir personalmente, otra persona puede entregarlo siempre que tenga autorización firmada y la documentación identificativa correspondiente. Correos debe conservar esos documentos para remitirlos a la Junta Electoral de Zona
Avanzamos un paso más y llegamos a cuando los sobres llegan a la mesa. Aquí es el presidente el que comprueba la documentación exigida y la inscripción del elector antes de introducir el voto en la urna. Finalmente, se realiza el escrutinio general y las actas.
Por ello, hablar de Correos, del INE o de una empresa tecnológica no parece suficiente para explicar cómo se manipularía todo ese recorrido. Para darle más valor a la acusación sería necesario demostrar, al menos, qué control se habría vulnerado, quién lo habría hecho y qué votos resultarían afectados.
