Tras semanas de negociaciones tensas y negativas rotundas por parte de la patronal CEOE, el Ministerio de Trabajo ha decidido mover ficha junto a los sindicatos. Se ha cerrado un nuevo acuerdo de diálogo social que eleva la cuantía que perciben los trabajadores más precarios e introduce una modificación legal que prohíbe una de las prácticas más habituales de las empresas: la absorción y compensación de salarios.
El anuncio, comunicado oficialmente por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, a través de los canales del Ministerio, establece el nuevo Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 1.221 euros mensuales en 14 pagas.
Y no solo eso, sino que la ministra ha anunciado también que se blinda el cobro íntegro de los complementos salariales, impidiendo que estos sean utilizados por las empresas para neutralizar el aumento. Hasta ahora, muchas entidades compensaban la subida con los suplementos, por lo que para miles de empleados su nómina era exactamente la misma. El Gobierno asegura que esta práctica tiene los días contados.
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1.221 euros mensuales
Vayamos primero a la calculadora. El acuerdo sellado entre Trabajo, CCOO y UGT supone un incremento de 27 euros mensuales respecto a la cuantía anterior. Puede no parecer mucho, pero en el cómputo anual representa una inyección de 518 euros extra en el bolsillo de los trabajadores.
Yolanda Díaz ha hecho especial énfasis en que esta subida «será sin tributar». Esto implica que el Gobierno ajustará paralelamente el reglamento del IRPF para elevar el mínimo exento de tributación. El objetivo es que Hacienda no se quede con la mejora salarial, garantizando así que el aumento sea íntegro para el trabajador y no se pierda en retenciones.
El acuerdo llega a pesar de la ruptura total con la patronal, ya que los empresarios se han descolgado del acuerdo. Pese a la negativa empresarial, el Ejecutivo ha decidido legislar con el apoyo sindical, argumentando que la mejora del poder adquisitivo es la mejor herramienta para la estabilidad económica.
Pluses garantizados
Históricamente, en España existe un mecanismo legal conocido como «compensación y absorción» de salarios, según lo explica la propia ministra. Funciona de manera que, si el Gobierno sube el salario base mínimo, y el trabajador cobra un plus (por ejemplo, de productividad o nocturnidad), la empresa podía subir el base y bajar el plus en la misma proporción, compensando la subida. De esta manera, el trabajador cobraba exactamente lo mismo que antes, por lo que su salario no crecía.
Según ha explicado Díaz, en vídeo que el Ministerio adjunta al tuit en X, el nuevo Real Decreto pondrá fin a esta «mala praxis empresarial». La nueva normativa establecerá que el SMI debe garantizarse al margen de los complementos. Es decir, la cifra de 1.221 euros debe ser el suelo base, y sobre ese suelo se deben sumar los complementos que correspondan por convenio o contrato.
Ejemplo práctico
Para ilustrar este cambio técnico, Yolanda Díaz ha recurrido a un ejemplo muy visual durante su intervención: el plus de peligrosidad.
«Imaginemos un trabajador que tiene el salario base y un complemento por antigüedad, disponibilidad o peligrosidad», explicaba la ministra. Con la normativa anterior, al subir el SMI, algunas empresas usaban ese dinero del riesgo que corre el trabajador para pagar la subida obligatoria. «Pues eso lo vamos a evitar», sentenció.
Con la nueva redacción, estos complementos (como la peligrosidad, la nocturnidad, la toxicidad o la turnicidad) no podrán ser absorbidos. Se blinda así la naturaleza de estos pluses: se pagan porque el trabajo tiene unas condiciones delicadas o especiales, no para rellenar huecos hasta llegar al salario mínimo.
