España aprueba una ley que regulará los puntos de carga para eléctricos

España aprueba una ley que regulará los puntos de carga para eléctricos

Jorge Majdalani

Después de muchas idas y venidas, y de diferentes trabas que perjudican a su regulación, España por fin contará con una ley que hará por regular los puntos de carga para vehículos eléctricos. Una nueva normativa que llega tras muchas discusiones al respecto. Con ella se pretende clarificar los papeles que juegan cada uno de los intermediarios, ahora con un marco propio tanto para los de uso público como privados.

Era necesaria. O más bien, en España era necesario. Nos referimos al despliegue de las infraestructuras de puntos de carga para coches eléctricos, de la que ahora se contará con una normativa propia para esta red, la cual ya estaba prevista en nuestro país desde diciembre de 2014, como se publicó en el BOE.

Un paso más en la liberación de la actividad

Esto viene de la mano de la escasa red de cargadores actual que tenemos en España, sumada a la limitada autonomía de buena parte de los modelos ofertados y su mayor precio, lo que hacer poner el freno a la expansión del coche eléctrico. Así, esta normativa llega ahora con el fin de atender mejor las necesidades de los conductores.

En este sentido, ha sido la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia, la CNMC, quien ha publicado la aprobación de los informes sobre el Proyecto de Real Decreto. Este es el que regula la actividad de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos y sobre Proyecto de Orden sobre la información a remitir por los prestadores de servicio de recarga energética.

¿Qué es este Real Decreto? Pues bien. Se trata de un paso adelante en la liberalización de este tipo de actividades, un proceso que comenzó ya en 2018 pero que hasta ahora no se consiguió sacar adelante. En el caso del Proyecto de Orden, este especifica los datos que los operadores de los puntos de carga deberán proporcionar a la Administración (podrán ser encontrados por los usuarios en un Punto de Acceso Nacional de información de tráfico en tiempo real).

Qué sentido tiene

A partir de esta ley enfocada explícitamente a los puntos de carga, podemos decir ahora que, tras años de especulaciones sobre el futuro del vehículo eléctrico, en España por fin se cuenta con un marco normativo propio que ayudará a regularizar un sector que está llamado a ser estratégico.

Lo que se pretende es que estas nuevas normas clarifiquen el papel que juega cada uno de los intermediarios que se encuentran presentes en la recarga de vehículos. Entre ellos encontramos el operador de punto de recarga (CPO) y la empresa proveedora de los servicios de movilidad eléctrica (EMSP).

Ley puntos de carga eléctricos

Al respecto, la nueva norma, básicamente, regula su uso en aparcamientos, ya sean de uso público o privado. Así pues, a partir de ahora, cuando se construya un edificio de viviendas el promotor de la misma deberá realizar toda la preinstalación necesaria. Esto para que los usuarios de los aparcamientos puedan instalar un punto de carga individual para vehículos eléctricos cuando lo vean necesario.

Esta legislación llega después de que las patronales de fabricantes y concesionarios, Anfac y Faconauto, lanzaran semanas atrás la hoja de ruta que han elaborado para cumplir los objetivos de que haya 3,5 millones de vehículos eléctricos circulando por nuestras calles y carreteras en 2030. Así, consideran imprescindible un impulso adicional de las infraestructuras públicas de recarga para fomentar la demanda, porque al ritmo actual «sería imposible alcanzar la meta perseguida».

La normativa busca mejorar la información de precios

Por tanto, esta nueva ley española que regulará los puntos de carga para coches eléctricos se une a la herramienta solicitada por las patronales para un desarrollo de la infraestructura de recarga, tanto de acceso público como privado. Al mismo tiempo, se buscará la transparencia a la hora de mejorar la información de precios de venta a través de las diferentes empresas proveedoras.

Esto al tiempo de mantener una obligación de informar, al menos, del precio de venta al público de la electricidad suministrada del servicio de recarga en unidades de €/kWh o cts €/kWh. También es muy destacable la regulación en cuanto a aparcamientos de vehículos. La normativa obliga a la instalación de puntos de carga para este tipo de coches, concretamente un punto de carga cada 40 vehículos.

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