La Seguridad Social le había denegado a un trabajador de 60 años la posibilidad de jubilarse con una pensión de 3.126,83 euros, pero, al final, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco le ha dado la razón. Su caso marca un punto de inflexión y le proporciona a este ciudadano el 100% de la base reguladora en su jubilación anticipada.
La sentencia emitida por el TSJPV (Tribunal Superior de Justicia del País Vasco), la cual se puede consultar en el archivo .PDF que dejamos enlazado al final de la noticia, es clara. El enfrentamiento entre este ciudadano y la Seguridad Social ha terminado con final feliz para el demandante a la vista de que el Tribunal ha desestimado el recurso que presentó el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social). Gracias a ello, obtiene el 100% de la base reguladora con una prestación anticipada.
Ha sido un caso complejo
Este no es, ni mucho menos, un caso sencillo. El ciudadano en cuestión había cotizado un total de 33 años incluso teniendo en cuenta que, desde niño, había estado afectado por poliomelitis. Tal y como está verificado, en la actualidad tiene un grado de discapacidad del 46%. Debido a estas circunstancias, cuando alcanzó la edad de 60 años tomó la decisión de presentar la solicitud para recibir la prestación de jubilación por anticipado.
Desde la Seguridad Social fueron contundentes y le explicaron que rechazaban su petición debido a que no había alcanzado los años mínimos de cotización que son necesarios. Sobre el papel, la Seguridad Social se escudó al indicar que el trabajador no había llegado a los 12.775 días que se exigen por normativa para poder realizar la jubilación. Pero la cifra se quedaba cerca, puesto que el demandante había trabajado 12.112 días. La diferencia de 663 días fue crítica para que la Seguridad Social rechazara su petición.
En la misma, el ciudadano había solicitado la jubilación amparándose en el Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre (publicado en el BOE-A-2009-20110), que desarrolla el artículo 161 bis.2 de la Ley General de la Seguridad Social para la jubilación anticipada de trabajadores con un grado de discapacidad igual o superior al 45%. Hay que tener en cuenta, que su grado de discapacidad estuvo registrado del 33% en 1986, pero en el año 2013 aumentó hasta el 46%.
Este cambio en el porcentaje de discapacidad fue tenido en cuenta por la Seguridad Social como forma de justificar el rechazo a su petición. Cuestionaron que el aumento de discapacidad pudiera llegar a tener una aplicación retroactiva e indicaron que no solo se habían registrado secuelas aumentadas de su enfermedad, sino la aparición de otras patologías.
Un camino largo
Para el trabajador no ha sido un proceso sencillo. Tras ver rechazada su petición de la mano de la Seguridad Social, tuvo que hacer varias reclamaciones hasta que vio luz al final del túnel. Primero, le reconocieron el derecho que tenía a recibir al 100% de la pensión, pero la Seguridad Social, no contenta con lo que había ocurrido, elevó el caso al Tribunal Supremo. En primera instancia, se reconfirmó el derecho del ciudadano, así que la Seguridad Social presentó un nuevo recurso. Al final, la historia ha terminado con el Tribunal Supremo dándole la razón y dejando el caso cerrado.
El veredicto final del TSJPV se ha apoyado en indicar que las secuelas de su enfermedad original encajan con los requisitos del Real Decreto antes indicado y que, además, su grado de discapacidad es del 46%, por lo que está por encima del mínimo exigido del 45%.
Para que la victoria del trabajador sea todavía mayor, el TSJPV ha determinado que la Seguridad Social tendrá que pagarle la pensión de manera retroactiva. Eso significa que, con tres años de espera desde el momento en el que se iniciaron los enfrentamientos legales, tendrán que pagarle una cifra de alrededor 113.000 euros. Y, a partir de ahí, cobrará mensualmente su pensión de 3.126,83 euros. Su caso, aunque es muy concreto, también puede servir de inspiración para otras personas que se encuentren o se hayan visto en una situación similar lidiando con la Seguridad Social.
| Indicador | Valor | Fuente/Nota |
|---|---|---|
| Edad de jubilación | 60 años | Jubilación anticipada por discapacidad |
| Pensión mensual reconocida | 3.126,83 € | 100% de la base reguladora |
| Grado de discapacidad | 46% | Certificado desde 2013 |
| Pago retroactivo | 112.565,88 € | Correspondiente a 3 años de pensión |
| Años cotizados | 33 años | Déficit de 663 días según el INSS |
Esta no es la primera vez que se produce un enfrentamiento de este tipo entre un ciudadano español y la Seguridad Social, siendo un proceso que, como se puede ver, se ha dilatado en el tiempo de manera extendida. Otras personas han cedido en las demandas del organismo o han continuado trabajando hasta poder alcanzar sus exigencias, pero, este caso, servirá de precedente para otras situaciones futuras.
