Sostenibilidad en carretera
Se mantienen las deducciones por la compra de vehículos eléctricos enchufables y por instalar puntos de recarga en casa.
Hasta cuándo puedes presentar la Renta de 2025
El plazo para presentar la Declaración de la Renta 2025 finalizará el 30 de junio. Es importante no dejarlo para el último momento, ya que cualquier error o incidencia podría retrasar el proceso y generar posibles recargos.
Aviso a los clientes de Trade Republic
El conocido neobanco cuenta con IBAN español desde junio de 2025, pero los intereses generados en los meses previos a esa fecha deberán quedar reflejados en la declaración del IRPF. Concretamente, en la casilla 27.

Cita previa telefónica
Si necesitas que alguien de la Agencia Tributaria te ayude con la gestión del borrador por teléfono, podrás coger cita previa desde el 29 de abril, aunque no será hasta el 6 de mayo cuando comiencen las gestiones, con el servicio «Le llemamos».
Consulta de los datos fiscales del ejercicio 2025
Está disponible toda la información previa a la declaración en la web y la app de la Agencia Tributaria desde ya mismo. Podrás revisarla antes de que comience el periodo oficial de presentación.
Faltan dos semanas para el inicio de la Campaña de la Renta 2025
El miércoles 8 de abril estará disponible el borrador del IRPF de este año. Desde ese mismo día, podremos presentar la Declaración de la Renta del último periodo Fiscal.
El 8 de abril de 2026 comienza la campaña de declaración del IRPF de 2025. Mantente al tanto EN DIRECTO. Dispones hasta el 30 de junio para saldar cuentas con Hacienda.
Algunos datos importantes
No confirmes el borrador de la renta si previamente no te has cerciorado de que el domicilio fiscal es el correcto. Pese a que es la primera página que nos aparece cuando queremos acceder a nuestro borrador, es habitual que no le prestemos atención por pensar que no tiene importancia. Sin embargo, todo lo contrario: si aparece el domicilio antiguo y no lo actualizamos, podríamos enfrentarnos, en último término, a una sanción económica, puesto que estamos obligados a informar al organismo tributario de cualquier cambio realizado al respecto.
La situación familiar es otro de los aspectos a considerar. En este caso, disponer de toda la información bien actualizada no solo es obligatorio, sino que además es posible que disfrutemos de ciertos beneficios y desgravaciones que pueden cambiar por completo el resultado de nuestra declaración. Es importante recordar que Hacienda tiene en cuenta la situación a 31 de diciembre.
En el caso de que reúnas las condiciones para poder presentar la declaración de manera conjunta, es recomendable que compruebes el resultado tanto de manera individual como de forma conjunta. Podremos optar por ambas vías, pero los resultados pueden ser bastante diferentes. De este modo, nos aseguraremos de conseguir el mejor resultado posible.
Más comprobaciones a realizar
Además de todo lo anterior, también debemos prestar atención a las desgravaciones autonómicas de las que nos podemos beneficiar por residir en algunas comunidades autónomas. En la Comunidad Valenciana, por ejemplo, es posible desgravar la cuota del gimnasio. Un gasto que no se puede desgravar en otras regiones. Este es solo un ejemplo, pero existen muchos más y es importante que nos informemos sobre las opciones que existen en nuestra comunidad.
Recuerda que los ingresos vinculados a las prestaciones por maternidad y paternidad que se recibieron durante el año 2023 están exentos de tributación. Sin embargo, es posible que en el borrador no aparezcan bien reflejados, por lo que deberemos revisarlo para evitar tener que pagar de más.
Por último, la Agencia Tributaria tiene una página web habilitada en la que nos ofrece un repaso, paso a paso, sobre cómo presentar la declaración de la renta en el caso de que tengamos algún tipo de duda. Con ella, vamos a poder ir recorriendo todos los pasos que son necesarios hasta confirmar el borrador. Es importante que te pongas a ello cuánto antes para evitar que, al final del plazo, por problemas técnicos o de cualquier otro tipo, no puedas entregar la declaración.
