El cálculo del IRPF no se realiza de forma aleatoria, sino que depende de una gran cantidad de factores que permiten a la empresa estimar lo que cada trabajador debe abonar. Pero, ¿qué ocurre si la empresa, teniendo toda la información, se equivoca a la hora de aplicar la retención?
Cualquier trabajador, con independencia de que trabaje por cuenta ajena o propia, debe aportar al Estado un porcentaje de su salario en concepto de IRPF. Una vez al año, los contribuyentes rendimos cuentas a Hacienda a través de la Declaración de la Renta y se calcula qué diferencia existe entre nuestros ingresos y el IRPF que hemos pagado. En el caso de que hayamos aportado de más, Hacienda devuelve esta diferencia. Y lo mismo ocurre a la inversa si hemos pagado menos de lo que nos correspondía.
Durante el día de ayer, en un conocido programa de radio, se abordó esta cuestión. Concretamente, se explicaba que si la empresa había hecho mal el cálculo del IRPF teniendo toda la información necesaria para realizar este cálculo, estaba obligada a tener que asumir la diferencia con Hacienda. Una situación que ha generado una cierta polémica en redes sociales y que no es falsa, pero sí que es inexacta. Algo normal si tenemos en cuenta que es un clip de unos pocos segundos y que la casuística en torno a esta cuestión es tan grande que merece un análisis más en detalle.
Qué pasa si pagas menos IRPF a Hacienda
Lo primero que debemos tener en cuenta es que todo lo que tiene que ver con las retenciones del IRPF que se aplican en nuestra nómina está contemplado en la Ley 25/2006 del IRPF. Es el pagador el que debe considerar qué porcentaje de IRPF debe extraer de nuestra nómina, por lo tanto, es su obligación. Para ello, cada vez que comienza un nuevo año, deberíamos rellenar el modelo 145, que es el formulario oficial mediante el que comunicamos a nuestra empresa todos los datos que pueden intervenir en el cálculo del IRPF: datos personales, estado civil, hijos, posibles discapacidades, etc.
Si no rellenas con exactitud estos datos, o cambian a mitad del año, debes comunicarlo a la empresa para que realice la regulación. Si, pese a ello, la empresa aplica mal el IRPF, pero tú has dado los datos correctos, no cambia tu responsabilidad con Hacienda. Es decir, cuando llegue el momento de presentar la Renta, deberás abonar la regulación correspondiente.
En este punto, sí que puedes exigir a la empresa que asuma la diferencia, puesto que ha hecho mal el cálculo y te ha afectado a ti después de haber proporcionado todos los datos. Sin embargo, esto no quiere decir que estén obligados a hacerlo, sino que se iniciará un proceso en el que todas las partes implicadas (trabajador y empresa) deberán llegar a un acuerdo.
| Paso | Acción Clave | Plazo Recomendado/Legal |
|---|---|---|
| 1 | Pagar la diferencia a la Agencia Tributaria para evitar recargos. | Inmediato (dentro del plazo de la Renta) |
| 2 | Recopilar documentación: nóminas, Modelo 145, declaración y justificante de pago. | 1-2 semanas |
| 3 | Enviar burofax a la empresa con la reclamación formal de la cantidad. | Otorgar 15 días hábiles para respuesta |
| 4 | Presentar papeleta de conciliación en el SMAC si no hay acuerdo. | Si no hay respuesta en el plazo |
| 5 | Interponer demanda en el Juzgado de lo Social. | Plazo general de 1 año desde el perjuicio |
Existe jurisprudencia al respecto
Como ya hemos mencionado, no existe un marco legal en el que apoyarse para eximir al trabajador del pago a Hacienda. Es decir, el empleado siempre va a tener que ajustar las cuentas con el fisco y, a posteriori, ponerse de acuerdo con la empresa para depurar responsabilidades.
La Audiencia Territorial de Sevilla de 7 de mayo de 2019 tuvo que intervenir en un caso similar. Una empresa no practicó la retención del IRPF sobre una indemnización por despido improcedente a un trabajador. Cuando Hacienda se dio cuenta, exigió a dicha empresa que regularizase la situación y esta se puso en contacto con el trabajador despedido para que realizase el pago, algo que no ocurrió.
La Justicia explicó que este tipo de casos se deben resolver en la sede laboral, no en la fiscal, por lo que ambas partes deben ponerse de acuerdo para resolver la situación. Sin embargo, Hacienda continúa exigiendo, con independencia de quién haya provocado el error, la regularización de la situación.
Por lo tanto, si te encuentras ante esta situación o una similar, lo primero que tendrás que hacer será pagar a la Agencia Tributaria la cantidad que te reclama. Una vez hecho, podrás buscar un acuerdo con tu empresa para que respondan ante dicha situación.
