Una vez la campaña de la Renta 2023 ha tocado a su fin, los contribuyentes cuyo resultado era a ingresar, tenían el pasado 1 de julio la fecha del primer pago, en caso de haber fraccionado el mismo. Pero, ¿qué ocurre si Hacienda todavía no te lo ha pasado?
La Renta 2023 llegó a su fin, y a partir de ahora, todos aquellos contribuyentes cuyo resultado ha sido a ingresar y que han escogido como forma de pago la domiciliación, tienen que asegurarse de tener el suficiente saldo en su cuenta bancaria para atender a los recibos del organismo tributario.
El primer pago estaba planificado para el pasado 1 de julio. Mientras que el segundo, correspondiente al restante 40%, está previsto para el mes de noviembre. Pero, ¿qué ocurre si todavía no te han hecho el cargo? Evidentemente, Hacienda tiene todo automatizado y no es posible que se hayan olvidado de realizar el pertinente cargo. Por lo que lo más natural es que se deba a cualquier otro problema. Así puedes comprobarlo.
El número de cuenta
En la mayoría de las ocasiones, el problema se debe a un fallo a la hora de introducir nuestro IBAN. Por suerte, comprobar si hemos introducido bien nuestros datos es muy sencillo y desde la Agencia Tributaria nos lo ponen muy fácil. Lo único que tenemos que hacer es acceder a nuestro expediente desde el enlace «Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB)» al que podemos acceder desde la web de la AEAT.
Una vez hayamos confirmado los datos fiscales, que es un paso obligatorio, debemos encontrar la opción de “Consulta de la domiciliación”. En este apartado, vamos a poder conocer toda la información relativa al IBAN que hemos introducido. Si detectamos que existe cualquier error con respecto al IBAN del que somos titulares, Hacienda permite que rectifiquemos el mismo y actualicemos la numeración para que el correspondiente pago se pueda realizar de manera correcta, evitando posibles sanciones o recargos a los que estemos expuestos.
En el caso de que tengamos algún problema a la hora de modificar el IBAN y estemos pendientes de pagar todavía el primer plazo, es recomendable que contactemos de manera urgente con la Agencia Tributaria para resolver el problema de manera proactiva cuanto antes. Probablemente, si esperamos a que Hacienda se ponga en contacto con nosotros para informarnos del problema, podríamos estar expuestos a una sanción o recargo.
Solo entidades adheridas
Recuerda que la Agencia Tributaria no trabaja con todas las entidades para llevar a cabo el pago de los impuestos. Únicamente se puede hacer el mismo desde las entidades bancarias que son consideradas como colaboradoras o adheridas. Pese a que, durante los últimos años, el número de las mismas ha ido creciendo considerablemente, si estamos acostumbrados a trabajar con neobancos es posible que nos encontremos ante la situación de que no podamos domiciliar el pago con ellos.
Para evitar cualquier problema mayor, te aconsejamos que acudas a esta página web en la que Hacienda informa del listado de entidades bancarias adheridas para el pago de las diferentes operaciones que podamos llevar a cabo. De este modo, evitaremos cualquier problema a futuro que pueda traducirse en tener que abonar una cantidad mayor a la esperada.
Pagar desde un neobanco
Los bancos digitales N26 y Revolut permiten el pago de impuestos con la AEAT, por lo que no deberías tener problemas usando ninguna de estas dos entidades. Si vas a usarlas, te recomendamos consultar las guías disponibles en la web de cada entidad.
En el caso de la alemana N26, tal y como indican desde la entidad, de los más de 700 tributos de la AEAT, puedes pagar todos excepto algunos modelos como: 576, 602, 696, 770, 771, 003, 060, 061, 069, 790, 990, 791 y 991. Con Revolut, el neobanco inglés, ocurre algo parecido: podemos pagar desde la app multitud de autoliquidaciones y las liquidaciones (así como para consultar dichos pagos) mediante transferencia de tipo SEPA (las habituales). Revolut te permite realizar pagos para todos los modelos excepto los siguientes: 003, 060, 061, 069, 576, 602, 696, 770, 771, 790, 791, 990 o 991.
Bizum desde 2025
Para evitar posibles complicaciones en futuras ocasiones, recuerda que, a partir del año 2025 para la campaña de la Renta 2024, la Agencia Tributaria introduce como novedad la posibilidad de pagar el monto mediante Bizum. Si utilizas un neobanco u otra entidad poco habitual, es posible que pagar mediante Bizum sea una opción más simple, aunque también hay que tener en cuenta que hay que tener un enorme cuidado de introducir correctamente los datos para evitar problemas. Conserva todos los resguardos, recibos y documentación que la AEAT te proporciona durante el pago, para que siempre puedas consultar o corroborar posteriormente que has realizado o dado autorización a la transacción.