Estos son los coches que ya no tendrán que pasar la ITV en España

Como sabes, todos los vehículos tienen la obligación de pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), pero dependiendo del tipo de vehículo, sus características o su antigüedad, unos deberán pasar la ITV con mayor regularidad o menos. De todas formas, y gracias a la actualización de la ley, hay un tipo de coche que están exentos de hacerlo.
Hay coches que están exentos de pasar la ITV
Porque sí; la Inspección Técnica de Vehículos es un examen técnico por el que deben pasar todos los vehículos de manera periódica para poder seguir circulando por las vías públicas de nuestro país. Un trámite que está regido por el Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones I.T.V., del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
Este es el que sirve para comprobar el estado general de cada tipo de vehículo del país. A través de él, los inspectores analizan si los automóviles, motocicletas, furgonetas, autocaravanas y camiones cumplen con las normas mínimas de seguridad vial y emisiones exigidas y determinan si el vehículo está capacitado para seguir circulando por carretera o si, por el contrario, necesita una revisión técnica.
En esta, la revisión descubre defectos que ni siquiera se sospechaban y que obligan al propietario a llevarlo al mecánico si quiere seguir circulando con él. Sin embargo, y desde este mes de enero, está en vigor una nueva reforma que exime a ciertos coches de acudir a la ITV. Como veremos en estas líneas, son los considerados como coches históricos.
De qué trata
Según la nueva ordenanza, los vehículos matriculados antes del 1 de enero de 1950 ya no estarán obligados a pasar la ITV, al tiempo que desde año nuevo también pueden circular libremente sin que estén obligados a tenerla en regla. Tanto los coches como las motos se aprovecharán de esta reforma, que se deriva de la consideración de vehículos históricos que tienen.
Tal y como explica la DGT, se han tomado como referencia las normativas de Francia, Suecia y Reino Unido, para establecer en este nuevo reglamento que los vehículos fabricados o matriculados por primera vez antes de esta fecha no estarán obligados de realizar la inspección técnica. Los propietarios podrán, si así lo desean, pasar las revisiones de forma voluntaria.
Por el momento, esta exención contempla los modelos de tipo turismo catalogados como históricos, aunque la DGT prevé que se incluyan también los ciclomotores clasificados como históricos y los vehículos agrícolas.
Requisitos que deben cumplir
De todas maneras, hay que saber, sobre todo, que para que este tipo de coche pueda adquirir el estatus de histórico, es verdad que debe cumplir una serie de requisitos. Entre ellos, y como algo fundamental, que hayan pasado al menos 30 años desde su primera matriculación o fabricación y que estén en su estado original. Pero hay más; esto dice el nuevo reglamento.
- Haber transcurrido al menos 30 años desde su primera matriculación o fabricación y que el vehículo se encuentre en su estado original, sin modificaciones.
- Que el vehículo esté inscrito en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o haya sido declarado como bien de interés cultural.
- Que el vehículo haya participado en sucesos históricos o pertenecido a personalidades.
- Que sea un vehículo de colección por su singularidad, exclusividad o escasez.
Según el Registro de Vehículos de la DGT, actualmente hay en España un total de 47.000 vehículos históricos, una cifra que podría aumentar considerablemente tras la entrada en vigor de la nueva normativa en 2023.