Sancionan a Movistar con 20000 euros por rastrear el historial de navegación de sus clientes móviles
La privacidad y seguridad son dos términos que cada día son más importantes para los usuarios a la hora de navegador por Internet, ya sea desde sus ordenadores o desde sus dispositivos móviles. Y es que hoy en día cada vez son cada día más los que, por un lado, navegan desde el móvil con algún antivirus instalado y, por otro, los que se preocupan por configurar sus navegadores para proteger su privacidad, evitando que sus acciones en Internet sean rastreadas por determinados sitios para utilizar su información personal.
En este sentido, desde finales del pasado mes de agosto, se viene hablando en el foro de Movistar que la propia operadora podría haber estado utilizando el enriquecimiento de cabeceras en la navegación de todos sus clientes a través de los dispositivos móviles. Esto permitiría la identificación técnica del cliente durante la navegación tanto para Movistar como para la web de destino.
Es decir, cuando los clientes navegaban por Internet desde el móvil por diferentes páginas web, se realizan un gran número de comunicaciones entre el sitio que queremos visitar y nuestro dispositivo. Comunicaciones que pasan también por nuestro proveedor de Internet y que hacen uso de lo que se conoce con el nombre de cabeceras, que son necesarias para que las comunicaciones se establezcan de manera correcta, entre otras cosas.
Algo que es totalmente transparente para los usuarios y que en el caso de Movistar, parece que estas cabeceras habrían estado transmitiendo información extra que permitiría identificar al usuario. Bajo estas sospechas, un usuario en el hilo en el foro de la compañía preguntaba al soporte de Movistar si se estaba añadiendo en estas cabeceras de comunicación un identificador único que pudiera estar filtrando el número de su teléfono móvil a las webs que visitaba.
La AEPD sanciona con 20.000 al considerarlo infracción leve
Pasado un tiempo, el usuario recibió respuesta por parte de Movistar y la compañía le confirmó que se estaba utilizando el enriquecimiento de cabeceras para un número limitado de servicios con los que existían acuerdos comerciales y a los que el usuario estaba suscrito, como servicios de suscripción Premium o pagos Movistar, entre otros. Pero también quiso dejar claro que en ningún caso Movistar estaba proporcionando información personal ni era utilizado como técnica de rastreo.
Aun así, el tema ha llegado hasta la Agencia Española de Protección de Datos, que ha tomado cartas en el asunto y ha terminado sancionando a Movistar con la imposición de una multa de 20.000 euros. Una sanción que no ha sido impuesta por hacer uso de estas cabeceras, sino por hacerlo de forma generalizada en todas las comunicaciones, no sólo cuando el usuarios iba a iniciar la contratación de alguno de los servicios Premium y sin que se informase al usuario de ello.