Se acerca la Navidad, uno de los periodos, junto con el verano, en el que muchos de nosotros aprovechamos para tomarnos unos días de descanso. Sin embargo, es importante saber bien cuándo podemos comenzarlas o, de lo contrario, estaremos perdiendo días de forma innecesaria.
Todos los trabajadores por cuenta ajena tenemos derecho a disponer de, como mínimo, 30 días naturales de vacaciones retribuidas. Una medida que está contemplada en el Estatuto de los Trabajadores en el artículo 38. El número de días puede variar en función de las condiciones del convenio colectivo o individual que hayamos firmado en el momento de la contratación.
Cada empresa tiene su propia normativa relativa a los días de vacaciones. Normalmente, se trata de un código interno que ayuda a tener un cierto orden para que las empresas puedan seguir funcionando con normalidad cuando sus trabajadores están fuera. Como trabajadores, además de conocer nuestros derechos relativos a los periodos de descanso, también debemos tener en cuenta cuándo es el mejor momento de comenzar las vacaciones. De lo contrario, podremos perder días sin saberlo.
No puedes empezarlas un viernes
Juanma Lorente, abogado experto en materia laboralista, explica que si comenzamos las vacaciones un viernes, y teniendo en cuenta de que estamos hablando de un convenio que recoja 30 días naturales, estaríamos perdiendo dos días de descanso. Esta misma norma se aplica a aquellos trabajadores que tengan jornadas que vayan de martes a sábado, como ocurre en muchos casos en sectores como la restauración o el comercio.
En estos casos, no se podrán comenzar un sábado, sino que tendrán que empezar “el martes porque es el primer día hábil de tu semana”. De lo contrario, podríamos encontrarnos con que en vez de disfrutar de 30 días naturales, terminaríamos por disfrutar 28 de ellos.
@juanmalorentelaboralista ¿Empiezas vacaciones en viernes? Probablemente estés perdiendo 2 días 😑 Si tus vacaciones se cuentan en días naturales… empezar en viernes casi nunca te compensa. 📅 En muchos convenios y contratos las vacaciones son de 30 días naturales (art. 38 ET). ¿El problema? Que si empiezas un viernes, el cómputo corre así: • Viernes ✅ • Sábado ✅ • Domingo ✅ Es decir: sábado y domingo cuentan como vacaciones, aunque ya los tengas libres habitualmente. Resultado: disfrutas menos días “reales” de descanso entre semana. 👉 En cambio, si empiezas el lunes, esos sábado y domingo anteriores no se comen días de vacaciones. Por eso muchas empresas recomiendan (o imponen por organización interna) no arrancar vacaciones en viernes. ✅ Claves rápidas: • Mira si tus vacaciones son en días naturales o laborables. • Revisa tu convenio colectivo y tu contrato. • Haz números antes de elegir fecha de inicio. 💬 ¿No sabes cómo se te computan las vacaciones? Te lo reviso. ⸻ 👉 Guarda este post para cuando vayas a pedir vacaciones. 👉 Compártelo con quien siempre pide las vacaciones “a lo loco”. #vacacionestrabajador #vacaciones #derecholaboral #abogadolaboral
El primer día hábil
El testimonio de Lorente puede tener muchas interpretaciones, ya que existen muchos tipos de jornada laboral y cada una de ellas tiene su propia casuística. Sin embargo, como norma general, lo más importante es que las vacaciones siempre deben comenzar “el primer día hábil”. Si escogemos el último, estaríamos regalando el último fin de semana.
No obstante, para ello deberemos calcular bien los días que vamos a disfrutar en qué periodos. De lo contrario, es bastante probable que, antes o después, el último fin de semana pueda estar incluido si no hacemos una buena gestión de los días libres.
| Paso | Acción Clave | Detalles Importantes |
|---|---|---|
| 1 | Revisa tu Convenio Colectivo | Busca la sección 'Vacaciones' o 'Jornada'. Confirma si tus días son 'naturales' o 'laborables'. Es el dato más importante. |
| 2 | Identifica tu primer día hábil | Si trabajas de L-V, es el lunes. Si trabajas de M-S, es el martes. Es el primer día de tu semana laboral. |
| 3 | Calcula el impacto del inicio | Si son días naturales, solicita siempre empezar en tu primer día hábil (ej. lunes) para no 'gastar' vacaciones en tu fin de semana. |
| 4 | Comunica tu solicitud con antelación | La ley exige conocer las fechas con al menos dos meses de antelación. Planifica y comunica por escrito. |
| 5 | Confirma el cómputo con RRHH | Antes de confirmar, envía un email a RRHH preguntando: 'Si empiezo el día X y termino el día Y, ¿cuántos días de vacaciones se me computan?'. |
La empresa debe respetarlo
Si te preguntas si esta decisión está condicionada a la aceptación de la misma por parte de la empresa, todo dependerá de lo que indique el convenio. Sin embargo, el abogado al que estamos haciendo mención explica que “le da igual lo que diga tu empresa”, debiendo aceptar nuestros periodos de vacaciones siempre y cuando cumplan con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y en la normativa interna de la compañía. Sin embargo, lo que no pueden hacer es obligarnos a coger las vacaciones el último día hábil de la semana.
En cualquier caso, y como siempre recomendamos cuando se debe de llegar a un acuerdo entre el trabajador y la empresa, lo mejor que puedes hacer es hablar con tu responsable o con el departamento de recursos humanos para tomar este tipo de decisiones. El objetivo no es enfrentarse a la empresa, sino llegar a un acuerdo en la que todas las partes salgan beneficiadas a la hora de poder tomarnos unos días de descanso sin que la operativa de nuestra compañía se vea afectada, especialmente en sus momentos de mayor actividad.
Con las vacaciones de Navidad llamando a nuestra puerta, recordar este tipo de información será fundamental a la hora de garantizar que aprovecharemos nuestros días festivos de la mejor manera posible. Aprovechando que hoy es festivo en España, seguro que son muchas personas las que están preparando y organizando sus vacaciones de Navidad, así que será algo que te vendrá muy bien tener en mente.
