La Renta 2024 / 2025 está cada vez más cerca y es el momento de informarnos sobre los diferentes cambios que van a llegar y que pueden cambiar el resultado final. Te contamos algunas de las novedades que se han dado a conocer hasta ahora.
La llegada de un nuevo año es sinónimo de una nueva Declaración de la Renta. Una obligación que tenemos la inmensa mayoría de los contribuyentes, pero que este 2025 llega cargada de novedades que afectan tanto a los límites mínimos como a los métodos de pago, entre otros aspectos. A continuación te contamos algunas de las principales novedades que debes tener en cuenta antes de enfrentarte al Modelo 100.
Los empleados, obligados a declarar
El Real Decreto-ley 2/2024 introdujo una serie de novedades en las prestaciones por desempleo. Además del aumento de las cuantías y del complemento de apoyo al empleo, una nueva condición entró en vigor: los beneficiarios del desempleo deberán presentar la declaración de la renta para continuar cobrándolo.
Así queda establecido en el Artículo 299, cuando explica que son obligaciones de los beneficiarios de prestaciones por desempleo “presentar anualmente la declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”. En dicho artículo, no señala ninguna cantidad que exima de esta obligación.
Los límites del segundo pagador
Junto con el cambio anterior, también llega una de las modificaciones que ha causado una mayor expectación desde que se dio a conocer: los límites que obligan a declarar cuando tenemos más de un pagador. Hasta ahora, este límite estaba fijado en 1.500€, para la Renta 2025, se aumenta el umbral hasta alcanzar los 2.500€. Si el conjunto de los segundos pagadores no llegan a esa cantidad, no tendremos la obligación de presentar el Modelo 100.
Con este ajuste, se busca beneficiar a todos aquellos que han tenido un trabajo temporal o cuentan con contratos de muy pocas horas para complementar sus ingresos, adaptándose a las condiciones actuales del mercado laboral.
El Bizum aterriza como método de pago
El pasado 24 de octubre, la directora general de la Agencia Tributaria, Soledad Fernández Doctor, intervino en la inauguración del XXXIV Congreso de Inspectores de Hacienda del Estado y, entre los diferentes anuncios que realizó, confirmó que los contribuyentes podrán pagar la próxima Renta 2025 a través de Bizum o mediante tarjeta de crédito.
Una novedad que se anunció con el objetivo de facilitar el pago de las declaraciones a todos aquellos que están acostumbrados a utilizar alguno de los dos métodos de pago en su día a día. Según Fernández, el 36% de la población utiliza Bizum para sus pagos electrónicos, mientras que el 32% utiliza la tarjeta de crédito. Ahora, ambas plataformas estarán disponibles para regularizar nuestro IRPF con la AEAT.
Fechas a tener en cuenta
Además de todo lo que ya hemos mencionado, no podemos olvidar algunas de las fechas clave que deberemos tener en cuenta para realizar la Declaración de la Renta durante los próximos meses:
- El 2 de abril comienza la campaña a través de la web oficial de la Agencia Tributaria y por medio de la aplicación oficial.
- El 6 de abril comienzan las declaraciones por teléfono. Previamente, debemos haber solicitado cita previa desde el 29 de abril hasta el 27 de junio.
- El 2 de junio la Agencia Tributaria abre el plazo para realizar las declaraciones presenciales en las oficinas. La solicitud de citas será desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio.
- El 30 de junio finaliza la campaña de la Renta 2025, correspondiente al ejercicio fiscal de 2024.