La Jornada de reflexión, en realidad, está contemplada por la legislación española en el Régimen Electoral General en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, planteada para controlar la propaganda de los partidos políticos. Sin embargo, afecta también a los usuarios de Internet, y no sólo a los medios de comunicación online, sino también a los ciudadanos.
En la Jornada de reflexión están prohibidos los actos electorales y, en definitiva, todo lo que encaje dentro del concepto propaganda electoral. Además de esto anterior, que debería afectar únicamente a los propios partidos políticos y militantes de los mismos, también está prohibido pedir el voto. Respecto a esto último, es algo que también puede afectar a los internautas, en tanto que estando en conocimiento de la Junta Electoral, casos concretos como publicaciones en Twitter podrían ser constituyentes de una infracción de este tipo, contra la Ley electoral.

Los posibles problemas para usuarios de a pie en Internet pueden venir por manifestaciones públicas en redes sociales como Instagram, Twitter, Facebook y similares, pero en ningún caso para aplicaciones de mensajería instantánea con carácter privado. Según el artículo 144 de la Ley electoral realizar actos de propaganda, infringir las normas legales respecto a carteles electorales o respecto a reuniones y actos públicos de propaganda electoral pueden conllevar la pena de prisión de entre tres meses y un año, o multa de seis a venticuatro meses.
Jornada de reflexión e Internet
De lo anterior podemos extraer que sí, podrían denunciarnos a la Junta electoral y un caso de posible propaganda en redes sociales sería revisado por la misma. Ahora bien, en estos puntos están también contemplados los sondeos. Es algo muy frecuente, especialmente en Twitter, ver cómo algunos medios de comunicación hacen públicos precios de frutas en Andorra, con evidente vinculación a la intención de voto. También es cierto que algunos medios han encontrado el agujero legal en este mismo país, Andorra, y aprovechan su legislación para hacer públicos datos de sondeos sin miramientos, y sin tener ningún tipo de problema con la Ley electoral de nuestro país. A ti, usuario de Internet ¿puede pasarte algo de esto en la Jornada de reflexión? En realidad, sí, según lo que dice nuestra Ley, pero hasta la fecha no se han dado casos así.
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