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Digi fija en su contrato un plazo máximo de 60 días naturales para el suministro de la conexión inicial de los servicios fijos. Si lo supera, la operadora aplica una compensación automática: exime al cliente del pago de las cuotas mensuales equivalentes al retraso, sin que tenga que reclamar nada. La regla figura en la cláusula 12.5 de las condiciones generales pospago y te lo vamos a contar a continuación.
Las altas de fibra no siempre se resuelven en la fecha prevista. Cuando hay alguna obra o permisos de por medio, el calendario se alarga y el cliente solo puede esperar, como ocurre con los retrasos en la instalación de fibra de O2, que también dan derecho a compensación. En Digi, en cambio, la regla cambia algo con respecto a la operadora del Grupo Telefónica: cada mes de retraso se traduce en una cuota menos que pagar. Una condición que se aplica automáticamente, sin que el cliente tenga que reclamar nada.
Sin embargo, la compensación tiene letra pequeña. La operadora puede descontar del cómputo los retrasos por permisos o autorizaciones, licencias o cualquier otra causa no imputable a Digi, siempre que lo comunique al cliente con la acreditación documental correspondiente.
Lo que dice la cláusula
Hemos consultado las condiciones y el texto que aparece es claro: “en caso de exceder el plazo máximo de 60 días naturales (…) Digi compensará automáticamente al Cliente eximiéndole del pago de un número de cuotas mensuales equivalentes al número de meses” que se ha retrasado la instalación. Es decir, no hay que abrir ninguna reclamación: la exención se aplica por sí sola.
Por lo tanto, cualquier cantidad de dias por encima del plazo mencionado computa como una cuota mensual completa, por lo que con diez días de exceso la compensación ya equivale a una mensualidad. Es decir, si se retrasan 70 días, tendrás un mes gratis de fibra. El plazo cuenta desde la firma del contrato, siempre que el cliente haya aportado la documentación del alta.
Cuándo no te compensará
En general, el cliente no tiene derecho a recibir ninguna compensación cuando se trate de una causa ajena al operador. Algo que ocurre, por ejemplo, en los trámites con administraciones y en las comunidades de propietarios que sean nuevas y todavía no tengan todos los suministros al día.
La acreditación documental es lo que distingue un retraso compensable de uno que no lo es, y el número de cuotas eximidas depende directamente de ese cómputo. Por eso es tan importante conservar todos los avisos y mensajes recibidos durante el proceso de instalación.
Qué hacer si la instalación se retrasa más de 60 días
Lo mejor que puedes hacer es tener siempre un registro sencillo a mano. En este registro tiene que quedar laente información como la fecha de solicitud, los avisos de la instalación y cualquier comunicación que llegue por parte del operador. Si llega el día 60 y todavía no tienes conexión, el siguiente paso es comprobar si Digi ha comunicado causas no imputables con su documentación. Una vez comprobado, Digi determinará si puedes recibir un mes gratis o no.
No obstante, conviene tener en cuenta que en la mayoría de casos el alta se completa sin llegar a estos extremos, puesto que la operadora es la principal interesada en gestionar este tipo de situaciones de la manera más rápida posible. Pese a ello, siempre está bien conocer este tipo de cláusulas para conocer a qué tenemos derecho cuando el servicio se retrasa más de la cuenta.
