La primera sentencia en España del escándalo Volkswagen es a favor del fabricante

La primera sentencia en España del escándalo Volkswagen es a favor del fabricante

Roberto Adeva

Hace ya unos cuantos meses que salió a la luz el famoso escándalo del trucaje de emisiones por parte del fabricante Volkswagen en algunos de sus coches y es ahora cuando en nuestro país hemos podido conocer la primera sentencia en lo que se refiere al caso. En esta ocasión, se trata de la demanda puesta por parte de un cliente que compró un Volkswagen Tiguan en mayo de 2012 y que solicitaba la devolución del precio pagado por el vehículo.

En dicha denuncia el propietario del vehículo solicitaba que se le devolviese la cantidad de 34.541,9 euros, que es lo que había pagado por su Volkswagen Tiguan hace ya cuatro años, momento en el que habrían salido de fábrica los motores trucados para disimular las emisiones de óxido de nitrógeno.

Volkswagen Tiguan

La demanda era puesta tan sólo unas semanas después de que estallase el escándalo e iba dirigida contra Vokswagen Audi España y contra el concesionario de Torrelavega donde había sido adquirido el vehículo. En el primer caso el juez afirma que no hay ningún tipo de contrato que vincule al demandante con Volkswagen Audi España y en el caso del concesionario, ha desestimado la posibilidad de anular el contrato entre ellos puesto que no hay prueba alguna de que el concesionario tuviese conocimiento de que el modelo vendido contase con un software encargado de trucar las emisiones.

Por lo tanto, la primera sentencia emitida en un juzgado de primera instancia en Torrelavega, ha desestimado la demanda interpuesta por el propietario del Volkswagen Tiguan por la que solicitaba la anulación de la operación realizada en mayo de 2012 y la devolución del importe integro pagado por el vehículo en el momento de la compra.

escape emisiones

Según el juez, no puede aseverarse que se haya producido un error relevante, ya que el vehículo es apto para la circulación, más aún, teniendo en cuenta que tanto en España como en la Unión Europea no hay ninguna orden que obligue a retirar o paralizar los vehículos afectados. El letrado añade además que ha descartado la opción de anular el contrato teniendo en cuenta que el comprador tampoco ha demostrado tener una especial conciencia medioambiental, puesto que no pertenece a ninguna asociación ecologista y de ahí que los intereses por la devolución puedan ser otros. De esta manera, el demandante ha sido condenado a pagar las costas del juicio aunque ahora puede recurrir si lo cree oportuno.