Multas de 300.000 euros y cuatro años de cárcel para delitos graves de piratería
La directiva ha sido acogida positivamente ya que no prevee sanciones contra los particulares por descargarse archivos de Internet en redes de intercambio, como pueden ser canciones o películas.
Criminalizar o no al consumidor
José Manuel Tourné, director general de la Federación Antipiratería (FAP), aplaude que la Unión Europea adopte medidas comunes contra la piratería, ya que los países recién incorporados son los que menos la persiguen; "y no todos los estados aplican todas las medidas a su alcance para evitarla". Sin embargo, rechaza que el P2P entre particulares no sea considerado piratería. "Creemos que quienes se descargan canciones obtienen un beneficio, una ventaja en perjuicio de los creadores, que debería ser sancionada penalmente". Pero, tal y como está ahora redactada la directiva, dice Tourné, "el P2P seguirá siendo un ilícito civil y en España ya se ha demostrado que por esta vía judicial no se resuelven los conflictos".
El artículo 270 del Código Penal español ya contempla la piratería como un delito, siempre que haya ánimo de lucro, explica Óscar Morales, profesor de derecho de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC). Sin embargo, como el texto no aclara qué significaba "ánimo de lucro", los jueces no se ponen de acuerdo en si "lucro" significa ganar dinero o ahorrárselo (por ejemplo descargar una película y no tener que pagar por ella)
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Como al final todo depende de la administración de cada país, me temoq ue en España hasta que no cambiemos de gobierno el tema de los derechos de autor y propiedad intelectual va a estar en el aire siempre.