easo nos cuenta: los perjudicados por un delito de propiedad intelectual podrán, con la nueva legislación, acceder a los documentos bancarios, financieros o comerciales del presunto «pirata». ¿Quien formará esta Comisión? : Carmen Calvo (Ministra de Cultura)
Su función será acabar con la piratería y la coordinación y elaboración de propuestas de actuación y medidas de ejecución del Plan Antipiratería. Por otro lado leo en elotrolado que la FAP (Federación Antipiratería) anuncia movilizaciones de protesta. Según esta organización la copia privada debería limitarse a la copia de emisiones de televisión, o a los productos libres de protecciones anti-copia, ya que de lo contrario arruinaría definitivamente al mercado del vídeo doméstico.
El artículo de la discordia es el 161.4 (página 13 del pdf), cuya interpretación parece ser finalmente que las obras protegidas deberán permitir realizar un mínimo de 3 copias privadas. Aclarar que desde algunos medios y sectores están empeñados en afirmar que la ley restringirá el número de copias privadas a 3, pero ésto no es así, 3 es el mínimo que los sistemas de protección deberán permitir hacer.
Vea el anuncio (vídeo – 3,6 MB) (Anuncio contra la pirtatería en Telecinco)
Comisión Antipiratería
En el campo de la lucha contra la piratería, el Gobierno ha acordado la integración de diversos reglamentos comunitarios a la legislación española, para lo que se llevarían a cabo diversas modificaciones.
Además, el Consejo también ha aprobado la creación de la Comisión Intersectorial para actuar contra las actividades que vulneran los derechos de la propiedad industrial, que quedará adscrita al Ministerio de Industria.
La Comisión Intersectorial para actuar contra las actividades vulneradoras de los derechos de propiedad intelectual era una de las medidas incluidas en el llamado Plan Antipiratería aprobado el pasado mes de abril, al igual que la reformas legales y la Comisión Intersectorial dedicada a proteger la propiedad industrial.
¿Quien formará esta Comisión?
- Presidente: la ministra de Cultura, Carmen Calvo.
- Vicepresidente: el subsecretario del ministerio de Cultura.
- Vocales:
- Representantes de los once ministerios que participan en el Plan.
- Tres representantes de las Comunidades Autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla.
- Un representante del Ayuntamiento de Madrid, otro del de Barcelona.
- Un representante del Consejo de Consumidores y Usuarios.
- Un representante por cada una de las Entidades de Gestión de derechos de propiedad intelectual.
- Tres representantes de la industria de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
- Un representante de las empresas de comercio electrónico.
- Otro de asociaciones de defensa de la propiedad intelectual en el software.
- Otro de entidades privadas de protección de los derechos de propiedad intelectual.
- Cuatro profesionales de reconocido prestigio en este campo.
- Un representante de la asociación empresarial de ámbito estatal más representativa.
¿Cuál será su función?
La Comisión, que se reunirá al menos tres veces al año y que funcionará en Pleno y en Comisión Permanente, tendrá entre sus cometidos:
- Coordinación, la elaboración de propuestas de actuación y medidas de ejecución del Plan Antipiratería.
- La elaboración de estudios y programas de formación, así como de campañas de difusión y de estadísticas.
Modificaciones en la legislación
Se modificarán algunos aspectos de las siguientes leyes:
- Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Ley de Propiedad Intelectual.
- Ley de Patentes.
- Ley de Marcas.
- Ley de Protección Jurídica del Diseño Industrial.
Los perjudicados por un delito de propiedad intelectual tedrán derecho a saber el origen de la infracción
Entre las novedades que se introducen está la regulación de un «derecho de información» de los perjudicados de un delito de propiedad intelectual, que ahora podrán obtener datos sobre el origen y las redes de distribución de las mercancías que hayan dado lugar a la infracción de forma preliminar, durante la preparación de un juicio por una de estos delitos.
Los perjudicados también podrán, con esta nueva legislación, acceder a los documentos bancarios, financieros o comerciales del presunto infractor, lo que podrá ser utilizado como prueba en el proceso judicial.
La posibilidad de acordar medidas para asegurar pruebas sin que sea necesario oír previamente al infractor es otra de las novedades del proyecto, que también determina que las indemnizaciones a las que sean sancionados no sólo tendrán en cuenta los perjuicios económicos ocasionados, sino también el daño moral.
La indemnización podrá consistir en una cantidad basada en la remuneración que el perjudicado habría obtenido si el infractor hubiera pedido la pertinente autorización para utilizar el derecho vulnerado y tendrá también en cuenta los gastos que haya tenido que realizar el titular del derecho en la investigación del delito y la la obtención de pruebas.
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