La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, más conocida por todos por las siglas CNMC, acaba de publicar una sanción a cinco operadores por el uso indebido de los números 902. Estos operadores sancionados promovían un beneficio económico a las empresas que contrataban estas líneas, siendo este número un “número inteligente” en el que el consumidor paga la totalidad de la llamada. De hecho, se considera infracción grave debido a que la regulación no permite que las empresas reciban parte del importe de la llamada que paga el consumidor. Os damos todos los detalles tras el salto.
Los números 902 siempre generan controversia. Las llamadas a estos teléfonos no suelen estar incluidas en las tarifas planas de minutos o llamadas ilimitadas. Esto hace que su coste sea similar al de una llamada interprovincial si llamamos desde el fijo, pero que se dispare el precio de la llamada desde las redes móviles. Para que nos hagamos un ejemplo, una llamada de 5 minutos desde un fijo de Movistar es de 0,56 euros, pero desde un móvil salta a 2,82 euros. Estos números no se diseñaron para que las empresas sacasen beneficio, lo que ha desencadenado en la siguiente sanción.
Uso indebido de los números 902
La CNMC ha sancionado a cinco operadores por ofrecer a las empresas la contratación de líneas 902 a cambio de un beneficio económico. En este caso, las sancionadas han sido Vodafone España, Orange Espagne, BT España (en la actualidad “Evolutio Cloud Enabler”), Xtra Telecom (Grupo MásMóvil) y Alai Operador de Telecomunicaciones. Todas ellas lo han sido por no respetar la normativa que prohíbe expresamente la retribución a las compañías que contratan este “número inteligente” en el que el consumidor paga la totalidad de la llamada.
Los hechos se remontan entre diciembre de 2016 y mayo de 2019, aunque varían en el tiempo en función del operador. En todos los casos, suponen una infracción grave de la Ley General de Telecomunicaciones, puesto que implica el incumplimiento de las condiciones determinantes de las atribuciones y el otorgamiento de los derechos de uso de los recursos incluidos en los planes de numeración.
Las sanciones son las siguientes:
- Vodafone España, S.A.U.: 37.000 euros
- Orange Espagne, S.A.: 39.000 euros (ya abonados)
- Xtra Telecom, S.A. Unipersonal: 5.400 euros (ya abonados)
- BT España, Compañía de Servicios Globales de Telecomunicaciones (en la actualidad “Evolutio Cloud Enabler, S.A.): 72.000 euros (ya abonados)
- Alai Operador de Telecomunicaciones, S.L.: 13.800 euros (ya abonados)
En resumen, nos debemos quedar con que se prohíbe expresamente la retribución al abonado (o empresa) que contrata la numeración 902. Por ello, las asociaciones de consumidores llevan años librando una batalla contra el uso del 902 en los servicios de atención al cliente.