En abril de 2015 se aprobaba la operación de compra de DTS (Canal+) por parte de Telefónica para integrar sus contenidos como canales de Movistar+. Ese acuerdo fijaba algunos puntos clave de obligado cumplimiento que se mantendrían vigentes 5 años, aunque podrían prorrogarse por 3 años más. Estamos en 2020 y esos acuerdos debían expirar, salvo que se acordara ampliar su efecto hasta 2023. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) así lo ha decidido. Aunque con algunos cambios, Movistar tendrá que compartir sus canales durante 3 años más.
Algunos de los puntos que más han dado que hablar en los últimos años son los siguientes:
- Telefónica pondrá a disposición de otros operadores de televisión de pago una oferta mayorista de canales Premium (aquellos que cuenten con contenido de estreno en exclusiva de las llamadas Majors (Sony, FOX, Warner, Paramount Picture, etc) o eventos deportivos en directo de la Liga de Primera División de fútbol, Copa de S.M. el Rey de fútbol, Champions League, Europa League, Campeonato del Mundo de Fútbol, Campeonato Mundial de Baloncesto, Fórmula 1, Moto GP y los Juegos Olímpicos).
- Cada operador de televisión de pago podrá acceder a un máximo del 50% de los canales que integran la oferta mayorista y tienen libertad de elegir cómo componen su elección dentro de esta oferta mayorista.
- Los precios de esta oferta asegurarán la replicabilidad de la oferta minorista de Telefónica y prevendrán situaciones de estrechamiento de márgenes.
- Adicionalmente, Telefónica se compromete a emitir en su plataforma de televisión de pago, bajo determinadas condiciones, los canales editados por terceros operadores. La entidad resultante no podrá adquirir derechos de emisión exclusiva de estos canales editados por terceros.
Prórroga de las condiciones, pero con matices
La Comisión confirma que se mantienen todos los compromisos por el plazo máximo de tres años, salvo el relativo a la adquisición en exclusiva de derechos de emisión en España de contenidos audiovisuales no deportivos de estreno de terceros para su emisión en SVOD (Subscription Video On Demand), que se suprime. Por ello, Movistar pueda en los próximos años ejercer un poder de compra que tenga un efecto exclusionario en relación con los derechos para contenidos no deportivos bajo demanda.
También se adecúa el compromiso relativo al mantenimiento de las condiciones aplicadas en 2015 a los titulares de los canales de televisión de terceros y desaparecen aquellos compromisos relacionados con el mercado de televisión de pago en España expresamente sometidos a un plazo que ya ha finalizado. Movistar no podrá resolver anticipadamente los contratos actualmente vigentes cuyo plazo de vigencia finalice dentro del periodo de prórroga.