Nueva polémica en torno a la Ley Sinde a falta de horas para que comience el cierre de webs

Nueva polémica en torno a la Ley Sinde a falta de horas para que comience el cierre de webs

Redacción

En la cuenta atrás para que entre en vigor de forma efectiva la Ley Sinde-Wert sólo restan horas. La ley para cerrar webs añade en el último momento otra medida controvertida puesto que generará una situación de indefensión a los demandados que no posean un certificado digital, algo que no es obligatorio en España.

El momento ha llegado. Como anunció en su momento el ministro de Cultura, José Ignacio Wert, a partir del 1 de marzo comenzarán a recibirse las primeras denuncias de páginas web de enlaces que en opinión de los titulares de derechos de autor infringen su propiedad intelectual. Tan sólo restan horas para esta fecha y una nueva controversia vuelve a acompañar a una ya de por sí polémica norma que, para más inri, se encuentra impugnada ante el Tribunal Supremo por contravenir la legislación española.

Esta llega tras la publicación en el BOE de una Orden Ministerial que establece que las comunicaciones con la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual (organismo administrativo encargado de ejecutar la retirada de contenidos de Internet o incluso el cierre de sitios web que se consideren infractores) deberá establecerse por medios electrónicos. Así, aquellos que denuncien sitios web o contenidos que presuntamente vulneren sus derechos de autor tendrán que hacerlo por estos medios, mientras los denunciados estarán obligados, sean una empresa o sean un particular, a tener firma electrónica para recibir las denuncias y contestarlas.

Conviene recordar que los particulares no tienen la obligación de poseer un certificado digital. Sin embargo, aquellas que no lo tengan se arriesgan a sufrir una severa sanción al encontrarse en una situación de indefensión puesto que no pueden ejercer una posible defensa de la acusación que se cierne sobre ellos. Como recuerda el abogado Javier Maestre en un artículo publicado en elmundo.es, la ley «sólo establece la eventual obligatoriedad para las personas jurídicas, no para las físicas». Por tanto, en su opinión, esta Orden Ministerial iría «en contra de la tutela judicial efectiva consagrada constitucionalmente».

El letrado señala que lo que se busca con esta medida es «que los prestadores de servicios de la sociedad de la información tengan que estar inscritos en un registro«, una vieja aspiración del Partido Popular que ya intentó incluir en su anterior LSSI (Ley de Servicios de la Sociedad de Información).

En definitiva, un nuevo movimiento que sólo sirve para añadir más polémica a una ley hecha a medida desde Estados Unidos y por la industria cultural y del entretenimiento pero que todo apunta a que será incapaz de conseguir los objetivos que se propone.

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