Sentencia judicial confirma que los webmasters no son culpables de alojar enlaces externos

Sentencia judicial confirma que los webmasters no son culpables de alojar enlaces externos

Redacción

Los webmasters no son responsables de los enlaces a páginas web externas que los usuarios incluyen en los mensajes abiertos en los foros. Así lo ha vuelto a confirmar un nuevo tribunal en el caso que enfrenta a la web Zackyfiles con Canal Satélite Digital con una sentencia que desestima el recurso interpuesto por la compañía de Sogecable.

Bufet Almeida recoge en su web la última sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza en la que se reafirma la absolución del administrador de la web Zackyfiles en el conflicto contra Canal Satélite Digital. En dicha web y su foro es posible el acceso a «códigos de configuración de un decodificador universal para acceder a los contenidos de Digital+ sin la autorización de Canal Satélite Digital«, lo cual impulsó a la empresa de Sogecable a emprender acciones legales contra la web.

Sin embargo, en el mes de octubre de 2010 el Juzgado de lo Penal Número 1 de Zaragoza sentenció en favor del administrador de la web asegurando que «los mensajes en los foros son puestos por los usuarios y que, si bien el acusado tiene un sistema de control de los mismos con moderadores y se hacen en la página advertencias previas sobre los contenidos no admisibles, el control no puede ser exhaustivo por el número de usuarios diarios que utilizan los foros».

Canal Satélite Digital, una vez conocida dicha sentencia volvió a recurrir ante la citada Audiencia Provincial, que ha vuelto a fallar de nuevo en favor del administrador de Zackyfiles. El acusado «hace constar la advertencia de que el uso de informaciones en sistemas de visionados o acceso condicional sin el correspondiente abono, está tipificado como delito en el código penal de algunos países» en los foros de la web y el juez estima que «por el solo hecho de colocar enlaces que puedan llevar a códigos o claves de configuración de un descodificador universal, no puede presumirse el ánimo exigido en el tipo».

«El acusado prestaba un servicio de intermediación en tanto proveía de instrumentos de búsqueda o de enlaces a otros sitios de Internet relacionados con receptores por satélites, sin que pueda determinarse que por tal condición tenga responsabilidad respecto del hecho de que, a través de alguno de estos enlaces, pudiera llegarse a alguna página en la que estaban publicadas claves para el acceso a los contenidos de Digital+», afirmaba la sentencia primera que ahora es nuevamente reafirmada. «No puede pretenderse que el tener publicidad de una empresa que se dedica a la venta de decodificadores universales implique, por sí mismo, que dicha venta sea para realizar un uso fraudulento de los mismos», sentenciaba.

En definitiva, un nuevo varapalo para la empresa de Sogecable y una sentencia que vuelve a confirmar que los contenidos de los enlaces externos no son responsabilidad de los administradores de sitios web.

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