El nuevo canon digital entra en vigor el 1 de agosto: así suben los precios de la tecnología

El nuevo canon digital entra en vigor el 1 de agosto: así suben los precios de la tecnología

Claudio Valero

El pasado 3 de julio se aprobó el nuevo canon digital ya que el anterior había sido declarado nulo por la normativa europea. Después de unos meses de incertidumbre e informaciones, el nuevo canon es oficial y entrará en vigor a partir de mañana 1 de agosto. Por eso, vamos a repasar cómo subirán los precios de la tecnología con su llegada.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Supremo terminaron confirmando que cargar la compensación por copia privada en los Presupuestos generales del Estado no era correcto y se debía volver a una fórmula más parecida a la anterior. Este fue publicado oficialmente en el Real Decreto-ley 12/2017, de 3 de julio, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, en cuanto al sistema de compensación equitativa por copia privada.

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Entra en vigor el nuevo canon digital

No obstante, ahora se deberá aprobar un real decreto que desarrolle reglamentariamente las disposiciones incluidas en este en un plazo máximo de un año. Hasta entonces, estarán vigentes las modificaciones publicadas en el BOE, Boletín oficial del estado, el pasado martes 4 de julio.

Hasta ese momento, la cantidad a pagar por copia privada según el soporte será la siguiente:

a) Para equipos o aparatos digitales de reproducción de libros y publicaciones asimiladas reglamentariamente a libros:

  • Equipos multifuncionales de inyección de tinta o láser y con capacidad de copia, impresión o escaneado: 5,25 euros por unidad.
  • Equipos monofuncionales con capacidad de copia, impresión o escaneado de hasta 39 copias por minuto: 4,50 euros por unidad.

b) Para grabadoras de discos:

  • De discos compactos específicos: 0,33 euros por unidad.
  • De discos compactos mixtos: 0,33 euros por unidad.
  • De discos versátiles específicos: 1,86 euros por unidad.
  • De discos versátiles mixtos o de discos compactos y versátiles: 1,86 euros por unidad.

c) Para soportes materiales de reproducción mixta, texto, sonora y visual o audiovisual:

  • Discos compactos no regrabables: 0,08 euros por unidad.
  • Discos compactos regrabables: 0,10 euros por unidad.
  • Discos versátiles no regrabables: 0,21 euros por unidad.
  • Discos versátiles regrabables: 0,28 euros por unidad.

d) Memorias USB y otras tarjetas de memoria no integradas en otros dispositivos: 0,24 euros por unidad.

e) Para discos no integrados idóneos para la reproducción de videogramas, textos y fonogramas o de otros contenidos sonoros, visuales o audiovisuales: 6,45 euros por unidad.

f) Para discos integrados en un equipo, idóneos para la reproducción de videogramas, textos y fonogramas o de otros contenidos sonoros, visuales o audiovisuales: 5,45 euros por unidad. Quedan exceptuados los discos integrados en videoconsolas que no permitan realizar reproducciones amparadas por el límite de copia privada y en decodificadores de señales de televisión digital.

g) Para dispositivos portátiles reproductores de fonogramas, videogramas, textos o de otros contenidos sonoros, visuales o audiovisuales en formato comprimido, y dispositivos electrónicos portátiles con pantalla táctil: 3,15 euros por unidad.

h) Para teléfonos móviles con funcionalidad de reproducción de fonogramas, videogramas y textos o de otros contenidos sonoros, visuales o audiovisuales: 1,10 euros por unidad. Nuestros compañeros de MovilZona te cuentan más detalles sobre el canon digital en teléfonos móviles.

¿Quién pagará el nuevo canon digital?

Recuperando el formato del canon de la pasada década, este buscará que sean los fabricantes quienes corran a cargo del importe. No obstante, “ya sabemos cómo funciona esto” como diría uno bastante conocido y es muy probable que poco a poco se vayan “ajustando” los precios para incluir este coste en el mismo. Eso sí, el canon se factura por separado.

dinero tasas

Así reza el Real Decreto: “En términos generales, se sustituye el actual modelo de compensación equitativa financiado con cargo a los Presupuestos Generales del Estado por un modelo basado en el pago de un importe a satisfacer por los fabricantes y distribuidores de equipos, aparatos y soportes de reproducción”.

Pero, ¿este no es el canon definitivo?

Como hemos comentado, no lo es. En un plazo máximo de un año se deberá realizar el desarrollo normativo que contemple todos los aspectos y regule el marco general del nuevo canon digital. El Real Decreto actual nos dice:

“Hasta la aprobación de la primera normativa, tras la entrada en vigor de este real decreto-ley, que determine los equipos, aparatos y soportes de reproducción sujetos al pago de la compensación equitativa, así como la cuantía de la misma, se regula una solución transitoria que resultará de aplicación a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley”.

¿Podrán cobrar en canon digital en otros productos?

Rotundamente, sí. El Real Decreto deja claro el carácter transitorio de lo aprobado e indica expresamente: “Esta determinación temporal de equipos, aparatos, soportes de reproducción y cuantías, dado su carácter transitorio, en ningún caso vinculará como precedente de aplicación de los criterios previstos en la ley para la elaboración de la normativa definitiva reguladora de tales extremos”.

¿Qué os parece el nuevo canon digital que entra en vigor mañana 1 de agosto?

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