El Ministerio de Industria bloquea el segundo canal de TVM a los madrileños
En opinión de la Dirección de TELEMADRID, el Ministerio trata de imponer razones jurídicas sin fundamento o, en cualquier caso, discutibles y recurribles porque aplica con retroactividad la ley e ignora los más elementales procedimientos administrativos.
El Gobierno de la Nación impide, arbitrariamente en nuestra opinión, que todos los madrileños puedan ver un segundo canal gratuito, de servicio público, dedicado especialmente a niños y jóvenes, al deporte madrileño, a la cultura, a las vanguardias y al fomento de la televisión interactiva.
TELEMADRID no puede aceptar este castigo a los madrileños que sólo beneficia a intereses partidistas o de otras empresas de comunicación, por lo que la Dirección de la televisión regional de Madrid seguirá haciendo todos los esfuerzos jurídicos y técnicos necesarios para que prevalezca el interés general que gestiona este Ente público.
El Consejo de Administración de TELEMADRID acordó, por unanimidad, el 4 de noviembre de 2004 que TELEMADRID solicitara al Ministerio correspondiente una frecuencia analógica para “La Otra”, que emite exclusivamente en digital desde 2001, porque dada la escasa implantación en los hogares de la TDT y la decisión del Gobierno de aplazar “el apagón” analógico hasta 2010, hacía aconsejable rentabilizar el segundo canal y que los madrileños tuvieran las mismas oportunidades de servicio público de televisión que tienen catalanes, vascos, andaluces y valencianos.
La Asamblea de la Comunidad de Madrid, mediante proposición no de ley, respaldó esta petición de TELEMADRID e instó al Gobierno de la CAM a que se llevara a cabo. El Ejecutivo regional lo ha reiterado ante el Gobierno de la Nación en repetidas ocasiones. Incluso fue planteado por la presidenta de la CAM al presidente Rodríguez Zapatero.
El 3 de Agosto TELEMADRID recibe comunicación del Ministerio de Industria, fechada el 29 de Julio donde se señala que, “con fecha 28 de Julio de 2005, la Abogacía del Estado ha manifestado la imposibilidad legal de obtener un segundo canal analógico por parte de las Comunidades Autónomas que no la tuvieran con anterioridad a la entrada en vigor de la citada ley”.
La citada ley es la reciente 10/2005 de 15 de Junio de Medidas Urgentes para el Impulso de la Televisión Digital Terrestre, Liberalización de la Televisión por Cable y de Fomento del Pluralismo que, mediante una enmienda de última hora en el Senado, ha modificado la ley de 1999 suprimiendo la referencia a un segundo canal analógico de ámbito autonómico. Al amparo de la ley vigente hasta ese 15 de Junio, TELEMADRID solicitó en noviembre de 2004 (siete meses antes) la correspondiente frecuencia analógica para que todos los madrileños pudieran sintonizar “La otra”.
El propio Ministerio reconoce la legitimidad jurídica de la petición de TELEMADRID antes de la entrada en vigor de la Ley de 15 de Junio de 2005. Y atribuye a la Abogacía del Estado que esta modificación normativa de 15 de Junio impide tener un segundo canal analógico a las Comunidades Autónomas que no lo tuvieran antes de esta modificación.
La retroactividad de esta ley solo podría aplicarse a TELEMADRID si le fuera favorable, pero nunca en su perjuicio, como pretende el Ministerio de Industria de forma impropia en un Estado de Derecho y en este caso, además, supone una grave agresión a la libertad de expresión y una arbitraria discriminación a los madrileños.
Es importante señalar que este cambio normativo al que ahora se alude para negar la emisión analógica de “La Otra” se ha efectuado sin que el Ministerio de Industria haya resuelto, a fecha de hoy, el recurso administrativo que TELEMADRID interpuso el 1 de Abril contra la primera denegación de la petición formulada.
Esta denegación de 25 de Febrero, se fundamentaba solo en potenciales y futuros problemas técnicos, que no existían en el momento de la solicitud de TELEMADRID. Por eso, postergaba un derecho de los ciudadanos de Madrid, recogido en la Ley en ese momento, a desarrollos normativos posteriores que han terminado autorizando a Canal + a emitir en abierto el 100% de su programación y convocando un concurso para otro Canal analógico privado.
Pero además, el Ministerio, al condicionar en Febrero la autorización al futuro Plan Técnico Nacional de Televisión Digital, estaba obligado a dar trámite de alegaciones a la Comunidad de Madrid como interesado directo ya que su derecho a un segundo canal solo se condicionaba al resultado del Plan. Sin embargo, la CAM no fue convocada a trámite de alegaciones, perjudicando así los legítimos derechos de todos los madrileños.
TELEMADRID ha realizado los correspondientes estudios que permiten la emisión, sin ningún problema técnico ni antes ni después del nuevo Plan Técnico de la TDT.
El 25 de Agosto Retevisión comunicó a TELEMADRID que no puede cumplir su compromiso contractual ya que ha recibido una comunicación del Ministerio de Industria que se lo impide. Se presiona así a una empresa privada (Retevisión), para que no cumpla su contrato con otra Entidad (TELEMADRID).
Esta es la secuencia de una decisión arbitraria que pretende impedir que la Comunidad de Madrid, asistiéndole el derecho y la viabilidad técnica, tenga un segundo Canal de televisión público, gratuito y accesible a todos los ciudadanos, cuando sí lo tienen Cataluña, País Vasco, andalucía y C. Valenciana.
CRONOLOGÍA
4 de noviembre de 2004. El Consejo de Administración del Ente Público Radio Televisión Madrid acuerda, por unanimidad, aprobar la propuesta del Director General en relación a la solicitud para disponer de un canal en tecnología analógica para las emisiones en digital del segundo canal “La Otra”.
Esta petición se fundamenta en el retraso en el “apagón” analógico entonces anunciado por el Gobierno (luego acordado por RD 3 de diciembre de 2004).
El 5 de diciembre de 2004, el Director General de RTVM envía al Ministro de Industria, Turismo y Comercio una solicitud en este sentido.
25 de febrero de 2005. El Director General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información dicta una Resolución por la que desestima el segundo canal autonómico con tecnología analógica, argumentando que hasta que no concluyan los trabajos de modificación del Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre, no se podrá determinar si un segundo programa analógico obstaculiza o no el desarrollo de la televisión digital.
[Esta resolución es notificada el 3 de marzo de 2005, mediante oficio del Subdirector General de Planificación y Gestión del Espacio Radioeléctrico].
17 de marzo de 2005. El Vicepresidente Primero y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid dirige una carta al Ministro de Industria, Turismo y Comercio, solicitando una reconsideración de la decisión anterior, sobre la base de evitar la discriminación de la Comunidad de Madrid respecto de otras comunidades autónomas, y los perjuicios que se generan a los ciudadanos.
1 de abril de 2005. Telemadrid interpone Recurso de Reposición contra la Resolución del Director General de Telecomunicaciones.
21 de abril de 2005. La Asamblea de Madrid aprueba una Proposición no de Ley por la que se suma al acuerdo tomado por Telemadrid en relación con un segundo canal analógico.
1 de junio de 2005. Una enmienda transacional al proyecto de Ley 10/2005 elimina la referencia a los dos canales analógicos de las CCAA que contemplaba la Ley de 1999.
29 de julio de 2005. El Director General de Telecomunicaciones remite un escrito a Telemadrid (recibido el 3 de agosto), en el que comunica la imposibilidad legal de disponer de un segundo canal analógico, como consecuencia de la reforma introducida por la Ley 10/2005, de 14 de junio, de Medidas Urgentes de Impulso de la Televisión Digital Terrestre.
Este mismo día, el Consejo de Ministros aprobaba el Plan Técnico Nacional de Televisión Digital (RD 944 /2005), y la incorporación de un nuevo canal analógico en el Plan Técnico Nacional de la televisión privada (RD 946/2005).
22 de agosto de 2005. El Director General de Telecomunicaciones rechaza la solicitud de autorización de Retevisión, de 12 de agosto, para la emisión del segundo canal analógico. Retevisión comunica esta Resolución a Telemadrid con fecha de 25 de agosto.
COMUNIDADES AUTÓNOMAS QUE DISPONEN DE MÁS DE UN CANAL DE TELEVISIÓN PÚBLICO
1. PAÍS VASCO
Programas ETB1
Programas ETB2
2. CATALUÑA
TV3
Canal 33
3/24 (Todo noticias)
En Barcelona emiten los tres programas desde Torre Collserolla (Aportada por Retevisión al grupo Abertis).
3. COMUNIDAD VALENCIANA
Canal 9
Punto 2
4.
Canal Sur
Canal 2 Andalucía
Extraído de telemadrid
Enlaces relacionados:
Imagenio: Oferta de partidos de fútbol a 1 euro ¿Sólo nuevas Altas?
Sogecable lanzará en otoño el nuevo Canal + en abierto



No se a que viene tanta historia.
Tienen licencia para emitir en digital, y no la tienen para emitir en analógico. Punto.
En los sitios donde hay más canales analógicos es porque cuando los pidieron la ley era distinta, pero de la misma forma ahora tampoco les autorizarían a nuevas emisones nalógicas.
Y me parecxe perfecto, de lo que se trata es de impulsar la TDT. Si por mi fuera pondría el apagón analógico en el 2006.