Los operadores tendrán que indemnizar al usuario cuando las averías superen las seis horas
El ejecutivo ha aprobado hoy la nueva Carta de Derechos del Usuario de Telecomunicaciones con novedades importantes. Los operadores tendrán que indemnizar al usuario cuando se produzca un corte en el servicio superior a 6 horas entre las 8:00 y las 22:00 horas.
La nueva carta presenta mejoras importantes sin embargo no obligará a los operadores a ofrecer un porcentaje mínimo de velocidad tal como anunció Miguel Sebastián, Ministro de Industria.
Velocidad de acceso a Internet
Los operadores no podrán publicitar velocidades que excedan las posibilidades de la tecnología y además tendrán que informar al usuario en el caso del ADSL de la velocidad que recibirán. Lógicamente, estas medidas no cambiarán en absoluto las ofertas actuales ni la forma de actuar de los comerciales.
Indemnizaciones por corte en el servicio
El ejectuvi ha reforzado el derecho a una indemnización por el corte en el servicio de Internet. Todos los usuarios recibirán una compensación económica cuando estén seis horas sin conexión entre las 8:00 y las 22:00 horas. El abono será automático por parte del operador en el caso de la telefonía fija y móvil.
Altas y bajas
La Carta reduce de quince días a dos días el plazo que tiene el operador para dar de baja a un cliente. Por tanto, queda prohibida la facturación de los días posteriores. Asimismo está previso que el ejecutivo obligue a los operadores a realizar las portabilidades en un sólo día.
También estará prohibido el SPAM telefónico aunque hoy hemos comprobado que el propio Gobierno realiza llamadas publicitarias para invitar a sus mítines.