Sanción de 600.000 euros contra Vodafone por impedir portabilidades móviles

Sanción de 600.000 euros contra Vodafone por impedir portabilidades móviles

Redacción

Vodafone será sancionada con 600.000 euros de multa por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). El organismo ha desestimado el recurso del operador a la sanción impuesta por «cancelar reiteradamente» portabilidades de sus clientes a Movistar.

El nuevo organismo encargado de regular las telecomunicaciones y la competencia ha confirmado la multa al segundo operador del mercado móvil por sus prácticas en materia de portabilidades. El caso se inició en febrero de 2012, cuando Movistar remitió una denuncia a la anteriormente conocida como Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) y ahora integrada en la CNMC.

Denuncia de Movistar por prácticas irregulares desde 2008

En su denuncia, el operador histórico acusaba a su competidor de cometer infracciones al impedir sin el consentimiento de sus clientes las portabilidades a sus servicios entre los años 2008 y 2012. Tras estudiar el caso el regulador acabó multando a Vodafone hace unos meses por estas prácticas contrarias a la competencia, imponiéndole la citada cuantía como sanción.

El operador recurrió la multa pero ahora la CNMC ha desestimado de forma íntegra su recurso de reposición. Vodafone aseguró que la «supuesta conducta infractora» se limitó a casos muy puntuales en el tratamiento de algunas portabilidades, por lo que cree que no hay lugar para calificar la infracción como «muy grave». En cambio, desde el regulador se señala lo contrario, puesto que los distribuidores y comercializadores de sus servicios habrían contado con el consentimiento del operador para poner en marcha estas prácticas desde 2008.

«No es admisible que Vodafone pretenda ignorar el tipo de conducta infractora que ha estado desarrollando durante más de tres años, sin ninguna voluntad de cesar en ella», afirma la CNMC. A su vez le recuerda que esta multa, contra la que Vodafone puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional, es «sensiblemente inferior al límite máximo legal» para esta conducta, situado en los 2 millones de euros.

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