La Ley Sinde-Wert podría sufrir un nuevo golple por parte de la Justicia española. Tras el recurso presentado por la web Quedelibros.com, la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional tendrá que decidir sobre la idoneidad del método introducido por la norma antidescargas para cerrar webs.
La ley antipiratería española va camino de ser uno de los mayores fracasos en la historia de la legislación en Internet en nuestro país. Desde su nacimiento le ha acompañado una fuerte polémica que ha continuado hasta el día de hoy. Superado ya su primer año en vigor, la conocida como Ley Sinde-Wert no solo ha tenido un nulo resultado a la hora de conseguir su objetivo (cerrar webs a través de una comisión administrativa dejando la figura judicial en un segundo plano), sino que se ha ganado incluso la antipatía de quienes la apoyaron en un primer momento como la industria cultural y las gestoras de derechos de autor.
Por si fuera poco, la norma podría encontrarse con nuevos problemas. Como leemos en elmundo.es, la web Quedelibros.com ha decidido impugnar ante la Audiencia Nacional una resolución de la Comisión de la Propiedad Intelectual enviada hace unos meses en la que se afirmaba que en ésta se vulneraba la propiedad intelectual de la gestora CEDRO. La Comisión hizo caso de la petición presentada por la entidad y ordenó a la responsable de la web la retirada de enlaces a varias obras por entender que «desarrolla una conducta de localización de contenidos, facilitando URLs específicas a contenidos específicos».
Sin embargo, el Bufet Almeida Abogados, que representa a la propietaria de la página denunciada ha impugnado la decisión. Asegura que «no hay actividad delictiva» y que «un órgano administrativo (en referencia a la Comisión) no puede actuar en contra de un pronunciamiento judicial unánime que sigue los dictados legales». En este punto recuerda que hay una gran cantidad de sentencias que afirman que el enlace no es comunicación pública, pero además subrayan que en la web ni siquiera se dan estos enlaces sino se informa de direcciones URL «sobre los lugares donde encontrar libros online», lo que consideran una actividad «meramente informativa».
En la impugnación se resalta que, por ejemplo, «en el caso concreto de la presunta obra literaria La sombra del viento, de Carlos Ruiz Zafón, en la dirección denunciada se informa que un usuario nos aconseja visitar una dirección específica de la web linksole.com que redirige a la web Labuenaletra.es, pero no se puede hacer clic sobre dicha dirección, ni acceder a la misma desde Quedelibros.com».
Lo más importante de este caso será la sentencia que dicten los jueces de la Sección 6 de la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Estos tendrán que pronunciarse de forma específica sobre la legitimidad de la comisión administrativa para decidir si un contenido vulnera la propiedad intelectual y para exigir su retirada, cierre o bloqueo. En caso de sentenciar que no es un organismo idóneo para este cometido podríamos estar ante el golpe de gracia a una norma tan controvertida como poco efectiva.